Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 16 de Septiembre de 2015

EL
ESTADO DE SINALOA
ORGANO
OFICIAL
DEL
GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo
CVI
3ra.
Epoca
Culiacán, Sin., Miércoles
16
de Septiembre de 2015. No.
111
ÍNDICE
GOBIERNO
FEDERAL
SECRETARÍA
DE
DESARROLLO
AGRARIO,
TERRITORIAL
Y URBANO
Aviso de deslinde del predio
«Las
Iguanas», del Municipio de Concordia.
TRIBUNAL UNITARIO
AGRARIO
Edicto de Sentencia Definitiva del Juicio Agrario número 357/2012 y Acumulado 391/2012, del Ejid0 General
Francisco Villa, Municipio de Sinaloa, Sinaloa.
2 - 3
PODER
EJECUTIVO
ESTATAL
Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial.
4 - 84
AYUNTAMIENTOS
Decreto Municipal No. 9 de El Fuerte.- Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de El Fuerte, Sinaloa.
Decreto Municipal No.
17
de Salvador Alvarado.- Reglamento Interior del Instituto Municipal de las Mujeres
de Salvador Alvarado.
Decreto Municipal No. 18 de
Salvador
Alvarado.- Instituto Municipal de la Juventud Alvaradense.
CONSEJO
MUNICIPAL
DE SEGURIDAD
PÚBLICA
DE
CULIACÁN
Municipio de Culiacán.-Avance Financiero, relativo
al
Segundo Trimestre de 2015.
85 -153
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
154 -160
AVISOS NOTARIALES
160
RESPONSABLE: Secretarla General de Gobierno. DIRECTOR: Lic. Jesús Humberto Cosslo Ramlrez
2 «EL ESTADO
DE
SINALOA» Miércoles
16
de Septiembre de 2015
GOBIERNO FEDERAL
SECRETARÍA DE
DESARROLLO
AGRARIO,
TERRITORIAL
Y URBANO
Aviso de Deslinde: del
Predio
Presunto
Nacional
«LAS
IGUANAS»,
ubicado
en
el
Municipio de Concordia, Estado de Sinaloa.
La Dirección General de la Propiedad Rural
de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y
Urbano, mediante Oficio
Número
REF. 11.210-
DGPR-DGARPR-DIA 02289 de Fecha
19
de Junio
de 2015, autorizó a esta Delegación Estatal en
Sinaloa, para que comisionara Perito Deslindador,
la cual en Oficio Número
Vl/l
0505 de Fecha
03
de
Julio de 2015, me ha
autorizado
para
que con
fundamento en
lo
dispuesto en
Jos
Artículos 160
de
la
1O1,
104
al
106 del Reglamento de
la
misma en materia de ordenamiento de la Propiedad
Rural, proceda al Deslinde y Medición del Predio
Presunto Nacional «Las Iguanas» con Superficie
Aproximada de 00-16-05.172 Has, ubicadas en
el
Municipio de Concordia, Estado de Sinaloa, el cual
cuenta con las siguientes colindancias. AL NORTE
Mide 40.1 O Mts, colinda con Óscar Patrón Román.
AL SUR: Mide 40. l O Mts, colinda con Calle Sin
Nombre. AL ESTE: Mide 40. l O Mts, colinda con
Francisco Alapisco Osuna. AL OESTE Mide 40.00
Mts, colinda con Calle Sin Nombre.
Por
lo
que en cumplimiento a
lo
establecido
por los Artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del
Reglamento
de
la
misma
Ley
en
materia
de
ordenamiento
de la
Propiedad
Rural,
deberá
publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de
La Federación, en
el
Periódico Oficial de Gobierno
del
Estado
de
Sinaloa,
en
el
Periódico
de
Información Local, así como colocarse en
Jos
parajes
más cercanos
al
terreno, con el objeto de comunicar
a las personas que se sientan afectadas en sus
derechos
por
la
realización
de los
trabajos
de
Deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 DÍAS
HÁBILES, a partir de
Ja
publicación del presente
Aviso, en
el
Diario Oficial de
La
Federación, ocurran
ante el Suscrito para exponer
Jo
que a su derecho
convengan,
así
como
para
presentar
la
documentación que fundamente su dicho, para tal
fin se encuentra a la vista de cualquier interesado
el croquis
correspondiente
en las oficinas
que
ocupa la Delegación Estatal, con domicilio en Paseo
Niños Héroes Número 344 Ote. Colonia Centro, en
Ja
Ciudad de Culiacán, Sinaloa.
A
las
personas
que
no
presenten
sus
documentos
dentro
del
plazo
señalado,
o
que
habiendo sido notificadas a presenciar el Deslinde
no acudan al mismo, se les tendrá como conformes
con sus resultados, emitiéndose el presente en
Culiacán, Sinaloa, el día 08 de Julio de 2015.
ATENTAMENTE
LA PERITO DESLINDADOR
lng. María Eugenia Cruz Pasos
SEPT.
16
R No.
1O182546
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
EXPEDIENTE357/2012YACUMULAD0391/2012.
A:
EJIDATARIOS Y AVECINDADOS DEL EJIDO
GENERAL FRANCISCO VILLA, MUNICIPIO DE
SINALOA, SINALOA.
EDICTO
En el Juicio Agrario número 357/2012 y su
acumulado 39112012, en Veinte de Mayo de Dos
Mil Trece, se dictó Sentencia Definitiva, en la que
se
ordenó
proveer
la
venta
de
Jos
Derechos
Agrarios que en vida pertenecieron a la extinta
ejidataria JULIA RUELAS
Y/O
JULIA RUELAS
RUBIO,
en
el
Ejido GENERAL FRANCISCO VILLA,
municipio de Sinaloa, Sinaloa, en subasta pública,
en el caso de que
Jos
sucesores reconocidos de
Ja
extinta ejidataria en mención MARÍA ROSARIO,
ALBA
GUADALUPE,
MARÍA
NATIVIDAD,
TEODORO,
FLORINA
y
SANDRA
todos
de
apellidos
CASTRO
RUELAS, no se pusieran de
acuerdo quien de entre ellos habría de conservar
Jos
derechos sobre las parcelas ejidales números 6
Miércoles
16
de Septiembre de 2015
Zl
Pl/l
y
11
Zl
Pl/l,
con superficies de 1-63-66.85
y 7-39-93.86 hectáreas, respectivamente, lo cual
aconteció en la especie, por lo que por auto de
Veintiséis de Agosto de Dos Mil Quince, se fijaron
las
TRECE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE
DE
SEPTIEMBRE DELAÑO DOS MIL QUINCE,
para
que tenga verificativo la audiencia en la que se
recibirán
las
propuestas
económicas
de los
postores, en
la
inteligencia de que éstos deberán
acreditar a más tardar en la hora y fecha antes
seftalada, el carácter de ejidatarios o avecindados
del
Ejido
que
nos
ocupa,
a
quienes
se
les
CONVOCA mediante EDICTOS que se publicarán
por dos veces con intervalo de cinco días, tanto en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Sinaloa y en un periódico de mayor circulación en
la zona en la que se encuentran los referidos bienes
ejidales; fijándose dicha publicación también en
los estrados de este Tribunal; en la Presidencia
Municipal de Sinaloa de Leyva, Sinaloa; y en
la
Casa Ejidal del Poblado en cita, para el efecto de
que comparezcan ante este Tribunal Agrario, sito
en Avenida
Dr.
Luis
G.
de la Torre número 113,
Centro, de esta ciudad de Guasave, Sinaloa, en la
fecha indicada, para la venta en subasta pública de
las citadas parcelas ejidales, sin perjuicio de que
en caso de igualdad de posturas en la subasta,
tendrán preferencia cualquiera de los herederos,
fijándose como postura legal quien cubra las dos
terceras partes de la cantidad de $851, 100.00
(OCHOCIENTOS CINCUENTA
YUN
MIL CIEN
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), en que
fue
valuada la superficie que
conforman
las dos
parcelas antes descritas; en la inteligencia que el
producto que se obtenga se repartirá en partes
iguales entre los referidos herederos, indicándole
a los convocados o postores, que a quien se
le
adjudiquen
los
bienes
ejidales
de referencia,
independientemente de que adquiere el derecho
de ejidatario de ese Poblado, por disposición de
la
resolución misma, esta autoridad lo pondrá en
posesión material de las parcelas en comento;
lo
«EL ESTADO DE SIN ALOA» 3
anterior en términos de lo dispuesto por
el
numeral
4 74, y demás relativos del supletorio Código Federal
de Procedimientos Civiles, y su correlativo el antes
citado
191
de
la
Guasave, Sinaloa, a 27 de Agosto de 2015
EL
SECRETARIO
DE
ACUERDOS
«B»
DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRIT027
Lic. Mario Osuna Román
SEPT.11-16
R.
No.
124418

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