Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 05 de Noviembre de 2014 (5ª Sección)

COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta , carece de valor le gal (artículo 8 de la Ley d el Periód ico Oficial )"
PE R I Ó D I C O O F I C I A L
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 2 8 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLX Morelia, Mich., Miércoles 5 de Noviembre de 2014 NUM. 70
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador del Estado
de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Mtro. Jaime Darío Oseguera Méndez
Directora del Periódico Oficial
Lic. María Salud Sesento García
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 6 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: Lic. María Salud Sesento García
Pino Suá rez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 QUINTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
INSTITUTO ELECTORAL DE MICHOAN
ACUERDO IEM-CG-30/2014
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE
MICHOACÁN, POR EL QUE SE INTEGRA LA COMISIÓN TEMPORAL DE
FISCALIZACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS
ARCULOS 34 FRACCIÓN X Y 35 DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO.
ANTECEDENTES
PRIMERO. Que con fecha veintitrés de mayo de dos mil catorce, fue publicada en
el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, misma que en su artículo transitorio décimo estableció que para los
procesos electorales locales cuya jornada electoral se realice en 2015, el Consejo
General del Institut o debería desarrollar el proceso de desi gnación de los
integrantes de los Consejos Generales de los órganos locales, en los términos de
los párrafos 1, 2 y 3 del inciso c) de la fracción IV, del artículo 116, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, a más tardar el 30 de septiembre de
2014.
SEGUNDO. Que de igual forma, el pasado veintinueve de junio de dos mil catorce,
en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de
Ocampo, publicado mediante Decreto Legislativo número 323 trescientos veintitrés,
se expidió el Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, el cual en su
artículo transit orio décimo, especifica que «se abroga el Código Electoral del
Estado de Michoacán, publicado con fecha 30 de noviembre del 2012, en el
Periódico Ocampo».
TERCERO. Que el pasado treinta de septiembre del dos mil catorce, el Consejo
Genera l del Institut o Nacional Elector al, en Sesión Extr aordinar ia aprobó la
design ación del Presiden te y Consejeros El ectorales del Consejo Gen eral del
Insti tuto Electora l de Mich oacán, queda ndo conformado de la sigui ente
manera:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR