Dictamen

22 de octubre de 2014
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Página 1 1
HONORABLE ASAMBLEA
Por acuerdo de la Presidencia de la "LVIII" Legislatura, fue remitida, a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos
Constitucionales, y de Asuntos Electorales, para su estudio y formulación del dictamen correspondiente, Iniciativa de
Decreto por la que se reforma el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de
México.
En atención al estudio realizado y con fundamento en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 13, 70, 73,
75, 78, 79 y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se somete a la aprobación de
la Legislatura en Pleno, el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
La iniciativa fue sometida al conocimiento y resolución de la "LVIII" Legislatura por el Diputado Enrique Mendoza Velázquez,
en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos
51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 28 fracción I de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Del estudio de la iniciativa desprendemos que tiene como propósito reformar el segundo párrafo del artículo 69 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, para cambiar la denominación de la Comisión
Legislativa de Asuntos Electorales por la de Comisión Legislativa de Desarrollo Electoral y Fortalecimiento Ciudadano.
CONSIDERACIONES
Es competencia de la Legislatura el conocimiento y resolución de la iniciativa de decreto de acuerdo con lo establecido en el
artículo 61 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, pues la faculta para expedir su Ley
Orgánica y todas las normas necesarias para el debido cumplimiento de sus órganos y dependencias.
Entendemos que la democracia como aspiración social, método perfectible, significa evolución y mentalidad de las
relaciones humanas en una sociedad en constante movimiento.
En este contexto, la palabra electoral puede referirse a lo relativo a la
democracia,
entendiendo a esta última como una
forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la sociedad.
Es así que la democracia se puede entender como una forma de organización del Estado en la cual las decisiones
colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a
sus representantes.
Ahora bien, el desarrollo humano, social y político, se componen por el conjunto de capacidades que permiten a las
personas ser protagonistas de su bienestar, mejorar la calidad de vida y bienestar en la población a través de los procesos
constituidos conforme a derecho y realizados con la participación de los sujetos facultados para ello.
En lo que respecta a la participación ciudadana, esta hace referencia al conjunto de acciones o iniciativas que pretenden
impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a través de la integración de la comunidad al ejercicio de la política.
Está basada en varios mecanismos para que la población tenga acceso a las decisiones del gobierno de manera
independiente sin necesidad de formar parte de la administración pública o de un partido político.
Observamos que, durante los últimos años se viene potenciando la necesidad de un proceso de participación pública, de un
proceso de identificación e incorporación de las preocupaciones, necesidades y valores de los distintos agentes en la toma
de decisiones. Una correcta participación pública consiste en un proceso de comunicación bidireccional que proporciona un
mecanismo para intercambiar información y fomentar la interacción de los agentes con el equipo gestor del proyecto.
Coincidimos con el autor de la iniciativa, en el sentido de que la participación ciudadana es un concepto determinado
históricamente, pero también se ve afectado por diferentes corrientes de pensamiento.
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establecen que el pueblo ejerce su soberanía por medio
de los poderes públicos, los cuales se renovarán mediante elecciones libres auténticas y periódicas, a través del ejercicio
del voto ciudadano (sufragio universal, libre, secreto y directo).
En eso orden de ideas, es que el desarrollo democrático de todo Estado, se realiza mediante la participación de los
ciudadanos, las instituciones creadas con fines políticos y sociales, los órganos jurisdiccionales, así como con la
participación de los tres niveles de poder.

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