Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 13 de Octubre de 2014 (6ª Sección)

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PERIÓDICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLX Morelia, Mich., Lunes 13 de Octubre de 2014 NUM. 53
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Substituto
del Estado de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Mtro. Jaime Darío Oseguera Méndez
Directora del Periódico Oficial
Lic. María Salud Sesento García
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 8 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: Lic. María Salud Sesento García
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Convenio de Colaboración para Bibliotecas Públicas, que celebran por una parte el
Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, a través de la
Secretaria de Educación, representada en este Acto, por su titular el M.D J. Jesús Sierra
Arias, Secretario de Educación, a quien en lo sucesivo se le denominara "LA SECRETARÍA"
y por la otra parte los H. Ayuntamiento de los Municipios del Estado de Michoacán, a
quienes en lo sucesivo se denominará "LOS AYUNTAMIENTOS", representado por su
respectivo Presidente Municipal, y a todos ellos cuando actúen de manera conjunta se les
denominará "LAS PARTES" instrumento que suscriben en tenor de los siguientes
antecedentes, declaraciones y cláusulas.
A N T E C E D E N T E S
1. En 1979 fue aprobado el proyecto para el establecimiento de la Red Estatal de Bibliotecas
Públicas de Michoacán, por la Secretaría de Educación Pública a nivel Nacional.
Comprendía la creación de una Biblioteca Pública Central de la que derivarían apoyos
técnicos y administrativos de por lo menos una biblioteca pública por municipio.
Proyecto por el cual el Instituto Nacional de Bellas Artes, otorgó un premio a Raúl
Silva Zaragoza por el mejor trabajo en materia de bibliotecas.
2. Que en México, a lo largo de los años se han emprendido importantes esfuerzos desde
distintos ámbitos para promover el libro, la lectura y las bibliotecas en nuestro país.
Una de las acciones más relevantes se puso en marcha con el Plan Nacional de Desarrollo
1983 – 1988, cuyo objetivo fundamental fue impulsar entre la sociedad mexicana un
acceso igualitario a la educación y la cultura, y particularmente a la lectura formativa,
informativa y recreativa.
3. Que en 1987 el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Bibliotecas, con el fin
de institucionalizar la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y establecer su marco
normativo para la distribución de funciones en la operación, mantenimiento y desarrollo
de las bibliotecas públicas.
4. Que se crea la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, que permitiría contar con un
sistema bibliotecario normalizado, interconectado y descentralizado, que hiciera
posible establecer servicios bibliotecarios coordinados en todo el país para garantizar
a todos los mexicanos el acceso libre y gratuito a las fuentes básicas del conocimiento
escrito.

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