Avisos Judiciales

JU' GADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
GERARDO i AZ DE LEON POSADA:
Por edio del presente se le hace saber que la señora
MA. DEL RE UGIO GARCIA RODRIGUEZ, le demanda bajo el
expediente n mero 707/2012, de este Juzgado, Juicio Ordinario
Civil sobre ulidad de usucapión del predio denominado. "Ex-
Hacienda de San Antonio Xala", ubicado en el poblado de Xala,
perteneciente al Municipio de Axapusco, Estado de México; A)
La
nulidad del ci ntrato de compraventa de fecha diecinueve de junio
de mil nove ientos noventa y seis celebrado entre TIBURCIO
VAZQUEZ UCIO y FELIPE VALDESPINO RIVERA. B)
La
nulidad del J icio Ordinario Civil de usucapión que tramitó el C.
TIBURCIO VAZQUEZ LUCIO, en contra de FELIPE
VALDESPINO RIVERA y GERARDO DIAZ DE LEON POSADA.
C) La cance :clon de la inscripción que realizara el Registrador
del Instituto e la Función Registral de Otumba y; D) El pago
de
gastos y cos as. Fundándose para ello en los siguientes hechos:
1. Que en fecha ocho de septiembre del dos mil seis el C.
TIBURCIO AZQUEZ LUCIO, promovió Juicio Ordinario Civil,
usucapión o contra de FELIPE VALDESPINO RIVERA
y
GERARDO AZ DE LEON POSADA, celebran contrato
de
compraventa de fecha diecinueve de junio de mil novecientos
noventa y s s respecto del bien inmueble identificado como lote
treinta y seis de la manzana trece, del predio "EXHACIENDA
DE
SAN ANTO 10 XALA", ubicado en Xala, Municipio de Axapusco,
Estado de éxico. Por lo que ha de declararse nula dicha
compraventa y la nulidad de: Juicio Ordinario Civil sobre nulidad
de usucapió , el Juez Civil de P'imera Instancia del Distrito
Judicial de •tumba, Estado de México, mediante auto de fecha
veinte de a osto del año dos mil catorce, ordenó emplazar al
demandado ERARDO DIAZ DE LEON POSADA, por edictos
que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en
el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México, y en otro periódico de mayor circulación que se publique
diariamente -n este Municipio, así como en el Boletín Judicial del
Estado de éxico, para que usted GERARDO DIAZ DE LEON
POSADA, s presenten dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la última publicación, apercibiéndole que de
no
comparecer por sí o por apoderado legal dentro del plazo
señalado, el uicio se seguirá en rebeldía y las notificaciones se le
harán por lis s y Boletín.
Fijá •ose además en la puerta del Tribunal una copia
íntegra de e te edicto por todo el tiempo del emplazamiento.-Doy
fe.
Se =xpide en Otumba, México, a los veintiocho días del
mes de ago
sto de! año
2014 dos mil catorce.-Secretario de
Acuerdos, Li . Jesús Juan Flores.-Rúbrica.
3997.-30 septiembre, 9 y 20 octubre.
JU GADO VIGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO,
D.F.
EDICTO
SECRETA
EXPEDIEN
SE CONVO
IA "B".
E: 542/2009.
AN POSTORES.
Qu
promovido
MOLINA M
en los autos del Juicio Especial Hipotecario,
or JOSUE HAMAD RIOS ANGELES, en contra
de
RTINEZ MARCO ANTONIO y CONDADO
NAVA
Página 18
AC ETA
PE1. GOBIERNO
20 de octubre de 2014
VISOS JUDICIALES
MONICA ABIGAIL (cónyuge). La C. Juez Vigésimo Segundo de lo
Civil, Licenciada Teresa Salazar Moreno, señaló las diez horas
del día treinta
de
octubre del año dos mil catorce, para que tenga
verificativo la diligencia de remate en primera almoneda, respecto
de la vivienda número trece construida sobre el condominio
cuarenta, lote cuarenta y cuatro, manzana cuarenta, número
sesenta y seis de la calle Veintinueve, ubicada en el predio
rústico denominado "Rancho San Blas", en el Municipio de
Cuautitlán, Estado de México, con las siguientes medidas y
colindancias: al norte en: 7.00 mts. con vivienda 12; al sur en:
2.65 mts. con vivienda cuarenta y ocho del condominio cuarenta y
dos y en 4.35 mts. con muro medianero de la vivienda 14; al
este
en: 2.80 mts. con área común (acceso) en 2.80 mts. con muro
medianero vivienda catorce; al oeste en: 5.60 mts. con vivienda
ocho; abajo: con losa de cimentación; arriba: con segundo nivel
de la misma vivienda; siendo postura legal la cantidad que cubra
las dos terceras partes de: $364,000.00 (TRESCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100
M.N.),
debiéndose
convocar postores.
Para su publicación por dos veces debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha de remate igual plazo en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México.-México, D.F., a 29 de septiembre del año
2014.-La C. Secretaria de Acuerdos "A", Lic. María de Lourdes
Rivera Trunao.-Rúbrica.
4143.-8 y 20 octubre.
JUZGADO TRIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
SECRETARIA "A".
EXPEDIENTE No. 169/11.
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V. SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE E.R. GRUPO
FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de LUIS ALBERTO
ARZALUZ RODRIGUEZ la C. Juez Trigésimo Tercero de lo Civil
del Distrito
.
Federal, Licenciada Elvira Carvajal Ruano, por autos
de fecha diecisiete y primero de septiembre del dos mil catorce y
en Ejecución de Sentencia, ordenó sacar a remate en pública
subasta el inmueble ubicado en el inmueble ubicado en el área
privativa 28 lote 28, y casa en él construida del inmueble
denominado "La Majada", ubicado en Avenida Tecnológico
número 803 norte actualmente 1415, San Salvador Tizatlalli,
Municipio de Metepec, Estado de México, con las medidas y
colindancias especificadas en autos, y para que tenga verificativo
la audiencia de remate en primera almoneda se señalan las diez
horas del día treinta de octubre del año dos mil catorce
debiéndose de convocar postores mediante la publicación de
edictos, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes
de la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MIL PESOS 00/100 M.N., precio de avalúo.
Nota. Para su publicación por dos veces debiendo mediar
entre una publicación y otra siete días hábiles e igual plazo entre
la última publicación y la fecha de remate en el periódico Diario
Imagen, en los tableros de aviso de la Secretaría de Finanzas del
Gobierno del Distrito Federal y los tableros de aviso de este
Juzgado.-México, D.F., a 24 de septiembre del 2014.-La C.
Secretaria de Acuerdos "A", Mtra. Martina Saula Armas Luna.-
Rúbrica.
4135.-8 y 20 octubre.
20 de octubre de 2014
GACETA
ID E L GO El EOZ
NO
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JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS-TECAMAC
EDICTO
RUBEN HERNANDEZ RINCON.
En el expediente número 874/2012, JOSEFINA ORTIZ
JUAREZ, promueve Juicio Ordinario Civil en contra de ROBERTO
REYES CARBALLO; admitiéndose dicha demanda en la vía y
forma propuesta.
Asimismo, el demandado ROBERTO REYES
CARBALLO, reconviene en contra de JOSEFINA ORTIZ JUAREZ
y RUBEN HERNANDEZ RINCON, las prestaciones siguientes:
A).- La declaración por sentencia debidamente
ejecutoriada en la que se declare que de poseedor se ha
convertido en legítimo propietario del bien inmueble consistente
en la vivienda 02 dos, lote 14 catorce, manzana 96 noventa y
seis, sector 30 treinta de la sección segunda, del conjunto urbano
de tipo interés social denominado "Los Héroes", Municipio de
Tecámac, Estado de México y para tal efecto solicita se tire
escritura pública a su nombre; B).- El pago de gastos y costas
que se origine por la tramitación del Juicio.
Fundándose en los siguientes hechos:
1.-
Que el Señor RUBEN HERNANDEZ RINCON, le
vendió el inmueble por medio de contrato de compra venta de
fecha trece de febrero de dos mil doce, manifestándole RUBEN
HERNANDEZ RINCON que la Señora JOSEFINA ORTIZ
JUAREZ, le habla vendido anterioridad a él.
2.-
Que desde el día trece de febrero de dos mil doce,
ROBERTO REYES CARBALLO, se encuentra de manera
pacífica, continua, ininterrumpida y de buena fe a título de
propietario;
3.-
Que desde la fecha anterior se encuentra
ininterrumpidamente en legítima posesión del inmueble referido
derivado de la compra venta que realizó con RUBEN
HERNANDEZ RINCON; y que para acreditarlo exhibe la
documental consistente en el contrato de compra venta que
celebrara con RUBEN HERNANDEZ RINCON; por lo que dada la
naturaleza de la causa origen de su posesión, solicita se declara
litisconsorcio necesario y se llame a Juicio a RUBEN
HERNANDEZ RINCON y una vez enterado del Juicio manifieste
lo que a su interés convenga, ya que cuando le vendió el
inmueble le manifestó bajo protesta de decir verdad que él le
había comprado a la demandada JOSEFINA ORTIZ JUAREZ.
Admitiéndose dicha reconvención en contra de
JOSEFINA ORTIZ JUAREZ y RUBEN HERNANDEZ RINCON,
ordenándose por proveído de fecha trece de agosto de dos mil
catorce, emplazar al demandado en la reconvención RUBEN
HERNANDEZ RINCON, por medio de edictos, al cual se le hace
saber que debe presentarse por sí o por apoderado legal o gestor
que pueda representarlo, a dar contestación a la demanda
reconvencional instaurada en su contra dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la última publicación. Se fijará además
en la puerta del Juzgado una copia íntegra de la resolución por
todo el tiempo del emplazamiento con el apercibimiento que en
caso de no comparecer a dar contestación a la demanda
instaurada en su contra, se seguirá el juicio en su rebeldía y las
posteriores notificaciones por lista y Boletín Judicial.
Y para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en otro
periódico de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial, se expiden los presentes el día veinticinco de agosto de
dos mil catorce.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic. Teresa
Omaña Hemández.-Rúbrica.
585-B1.-30 septiembre, 9 y 20 octubre.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
N EZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
GLORIA ESTELA SALINAS LARA. En cumplimiento a lo
ordenado por auto de veintiuno de agosto de dos mil catorce,
dictado en el expediente 370/2014, relativo al Juicio Ordinario
Civil sobre Acción Real de Usucapión, promovido por ROBERTO
JOEL LIMA GONZALEZ, se hace de su conocimiento que se
expide el presente edicto para notificarle que la parte actora le
demanda las siguientes prestaciones: A) De la señora
MARGARITA ARREOLA ORTIZ DE RICO, demando la
prescripción adquisitiva por usucapión, del bien mueble ubicado
en lote catorce (14), de la manzana treinta y cuatro (34), Colonia
Ampliación Las Aguilas, Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de
México, que cuenta con una superficie de ciento cincuenta y dos
(152.00) metros cuadrados, así como las siguientes medidas y
colindancias: al norte: 19.00 metros, linda con lote 15, al sur:
19.00 metros, linda con lote 13, al oriente: 08.00 metros, linda con
lote 22 y 23, al poniente: 08.00 metros, iinda con calle 33. B)
Como consecuencia de lo anterior la cancelación de la inscripción
que obra en el Instituto de la Función Registral del Estado de
México (IFREM) en esta Ciudad de Nezahualcóyotl, bajo el Folio
Real Electrónico número 56863, inscrito a nombre de la
demandada MARGARITA ARREOLA ORTIZ DE RICO, y que en
su lugar se inscriba a mi favor. Toda vez que el accionante refiere
en forma sucinta, los siguientes HECHOS: 1.- El actor manifiesta
bajo protesta de decir verdad que el bien inmueble ubicado en el
Lote catorce (14), de la manzana treinta y cuatro (34), Colonia
Ampliación Las Aguilas, Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de
México, se encuentra inscrito en el Instituto de la Función
Registra! del Estado de México, a nombre de MARGARITA
ARREOLA ORTIZ DE RICO, bajo el Folio Real Electrónico 56863.
2.- El día doce de enero de dos mil tres, la demandada
MARGARITA ARREOLA ORTIZ DE RICO, vendió el inmueble
multicitado al actor, entregando en dicha fecha la posesión
material del mismo y la documentación que acreditaba tener el
derecho de enajenar el inmueble en cita. 3.- El inmueble referido
se identifica con las siguientes medidas y colindancias: al norte:
19.00 metros, linda con lote 15, al sur: 19.00 metros, linda con
lote 13, al oriente: 08.00 metros, linda con lote 22 y 23, al
poniente: 08.00 metros, linda con calle 33. Dando una superficie
total de 152.00 metros cuadrados. 4.- Desde la fecha de la venta
del inmueble, el actor se encuentra en posesión del inmueble ya
referido, de forma pública, pacífica, continua, de buena fe e
ininterrumpidamente en carácter de propietario, ejerciendo actos
de dominio y reparaciones propias del inmueble. 5.- En virtud de
la posesión que el actor ejerce sobre el inmueble en las
condiciones que establece la Ley, promueve el presente juicio, a
fin de que se declare por sentencia definitiva que ha adquirido el
inmueble. Tomando en cuenta que se desconoce su domicilio
actual, como parte demandada se le emplaza a juicio por medio
de edictos, haciéndole saber que deberá presentarse a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días contados a partir del
siguiente de la última publicación, para contestar la demanda en
este Juzgado con el apercibimiento que de no comparecer por si,
por apoderado o por gestor que pueda representarla se seguirá el
Juicio en su rebeldía teniéndosele por contestada la demanda en
sentido negativo; haciéndole las ulteriores notificaciones por
medio de lista y Boletín Judicial.
Publíquese el presente por tres veces, de siete en siete
días, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en
el periódico de mayor circulación en esta Ciudad y en el Boletín
Judicial; además deberá fijarse una copia íntegra del respectivo
proveído, en la puerta de este Tribunal, por todo el tiempo del
emplazamiento. Expedido en Nezahualcóyotl, Estado de México,
a los 12 doce días del mes de septiembre del año dos mil
catorce.-Doy fe.
VALIDACION: Fecha del acuerdo que ordena la
publicación: Nombre, cargo y firma del funcionario que expide el
edicto: Secretario de Acuerdos, Lic. Dalel Gómez lsrade.-Rúbrica.
585-B1.-30 septiembre, 9 y 20 octubre.

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