Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 30 de Mayo de 2014 (Octava Sección)

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PERIÓDICO O FICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLIX Morelia, Mich., Viernes 30 de Mayo de 2014 NUM. 56
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del
Estado de Michoacán de Ocampo
Lic. Fausto Vallejo Figueroa
Encargado de Despacho de
la Secretaría de Gobierno
Lic. Marco Vinicio Aguilera Garibay
Directora del Periódico Oficial
María Isabel Luna Marín
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 2 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: María Isabel Luna Marín
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 OCTAVA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
COMISIÓN COORDINADORA DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE MICHOACÁN
FE DE ERRATAS
En relación al Periódico Oficial No. 55, Sección Sexta, de fecha 29 de Mayo del año
2014, Tomo CLIX, en el que se publicó el Acuerdo por el que se decreta que las placas
o láminas del servicio público de autotransporte correspondientes a la serie numérica
del 5000 en adelante, seguida de las siglas LDL, por esta ocasión se otorgarán a
vehículos de la modalidad de autos de alquiler en la ciudad de Morelia, Michoacán.
DICE:
«…CONSIDERANDO
...
SEXTO.- Que es política instrumentada e instruida por el Titular del Poder Ejecutivo
del Estado, el control presupuestario a través de los planes de austeridad, evitando
el dispendio, los gastos onerosos, repetidos e inútiles, por lo que enfrentando la
situación real y actual, de que se elaboraron en exceso por un error o confusión
administrativa, láminas o placas de circulación del transporte público local, con las
siglas LDL, que corresponderían por asignación y en razón de competencia territorial
al Municipio de Zinapécuaro, Michoacán; y para el efecto de que el material y costo
correspondiente no se pierda en detrimento de las finanzas públicas, se ha llegado
al acuerdo interinstitucional de establecer el presente acuerdo con la siguiente
disposición administrativa…».
DEBE DECIR:
«…CONSIDERANDO
...
SEXTO.- Que es política instrumentada e instruida por el Titular del Poder Ejecutivo
del Estado, el control presupuestario a través de los planes de austeridad, evitando
el dispendio, los gastos onerosos, repetidos e inútiles, por lo que enfrentando la
situación real y actual, de que se elaboraron en exceso por un error o confusión
administrativa, láminas o placas de circulación del transporte público local, con las

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