Sentencia nº SUP-RAP-0219-2008 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 10 de Diciembre de 2008

PonenteFlavio Galván Rivera
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2008
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadInstituto Federal Electoral
Tipo de procesoRecurso de apelación

RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-219/2008 ACTORA: CONSEJO NACIONAL DE ORGANIZACIONES, AGRUPACIÓN POLÍTICA NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: F.G. RIVERA SECRETARIO: G.E. AMBRIZ

México, Distrito Federal, a diez de diciembre de dos mil ocho.

VISTOS, para resolver, los autos del recurso de apelación radicado en el expediente identificado con la clave SUP-RAP-219/2008, interpuesto por la agrupación política nacional denominada Consejo Nacional de Organizaciones, en contra del Consejo General del Instituto Federal Electoral, a fin de controvertir la resolución CG474/2008, emitida en sesión extraordinaria del trece de octubre del año en curso, respecto de las irregularidades encontradas en la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos de las agrupaciones políticas nacionales, correspondiente al ejercicio dos mil siete, y

R E S U L T A N D O:

I.A.. De la narración de hechos que la actora hace en su escrito de demanda y de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. Informe. El diecinueve de mayo de dos mil ocho, la agrupación política nacional denominada Consejo Nacional de Organizaciones presentó ante la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral, su informe anual de ingresos y egresos correspondiente al ejercicio dos mil siete.

  2. Requerimiento a la agrupación política nacional. Mediante oficio UF/2216/2008, de fecha veinticinco de agosto de dos mil ocho, el encargado del despacho de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral hizo del conocimiento de la actora, diversas inconsistencias e irregularidades, encontradas en el informe anual sobre el origen y destino de los recursos correspondientes al ejercicio dos mil siete, presentado por el Consejo Nacional de Organizaciones; asimismo, requirió a la mencionada agrupación política nacional, la presentación de los documentos que subsanaran tales observaciones, y para que hiciera las aclaraciones y rectificaciones respectivas.

  3. Cumplimiento de requerimiento. Por escrito de cinco de septiembre del año en curso, R.A.V.A., Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de la agrupación política nacional denominada Consejo Nacional de Organizaciones, cumplimentó el requerimiento mencionado en el punto anterior.

  4. Dictamen consolidado y proyecto de resolución. El trece de octubre de dos mil ocho, la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral presentó, ante el Consejo General, el dictamen consolidado y el proyecto de resolución, resultante de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos presentados por las agrupaciones políticas nacionales, correspondiente al ejercicio dos mil siete, en los que se determinó que en el informe presentado por el Consejo Nacional de Organizaciones, agrupación política nacional, se advirtieron diversas irregularidades.

  5. Resolución impugnada. El mismo día trece de octubre de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió la resolución CG474/2008, mediante la cual aprobó el dictamen consolidado presentado por la citada Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

    La parte considerativa y los puntos resolutivos de la resolución controvertida, en la parte conducente, son al tenor siguiente:

    CONSIDERANDOS

    [...]

    5.32. AGRUPACIÓN POLÍTICA NACIONAL CONSEJO NACIONAL DE ORGANIZACIONES

    Previo al análisis de las conclusiones sancionatorias descritas en el Dictamen Consolidado correspondiente, cabe hacer mención que por cuestión de método y para facilitar el estudio de las diversas irregularidades encontradas en el Informe Anual de esta agrupación política, se procederá a realizar su demostración y acreditación por subgrupos temáticos, posteriormente se realizará una sola calificación de las irregularidades y finalmente, se individualizará una única sanción en el caso de las faltas formales como es el caso. Lo anterior, en observancia a los criterios establecidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los recursos de apelación identificados con las claves SUP-RAP-62/2005 y SUP-RAP-85/2006.

    Asimismo conviene mencionar que el estudio de las diversas irregularidades que se consideren formales se hará en un solo apartado por estar incluidas todas en el rubro de Egresos, clasificado en tres temas.

    a) En ese sentido, en el capítulo de Conclusiones Finales de la Revisión del Informe, visibles en el cuerpo del Dictamen Consolidado correspondiente, se establecieron las conclusiones sancionatorias 6, 7 y 8 mismas que tienen relación con el apartado egresos como ya fue señalado.

  6. Documentación soporte

    a) No presentó

  7. La Agrupación no presentó un contrato de prestación de servicios por un importe de $190,000.00.

  8. Facturas

    a) No reúne la totalidad de requisitos fiscales

  9. Se localizaron 3 facturas las cuales no reúnen la totalidad de los requisitos fiscales, toda vez que la fecha de expedición fue anterior o posterior a su vigencia por un total de $280,000.00, integrado como a continuación se detalla:

    CUENTA FACTURA PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE
    NÚMERO FECHA
    Educación y Capacitación Política 111 10-09-07 J.S.B. Elaboración de una manta para el curso de capacitación política $10,000.00
    112 21-09-07 Realización de 5 sesiones correspondientes al mes de octubre del curso de capacitación política. 150,000.00
    113 06-11-07 Realización de 4 sesiones correspondientes al mes de noviembre del curso de capacitación política. 120,000.00
    TOTAL $280,000.00
  10. Órganos directivos

    a) No informó

  11. La Agrupación no aclaró la razón por la que tres de sus dirigentes ocupan más de un cargo.

    1. ANÁLISIS TEMÁTICO DE LAS IRREGULARIDADES REPORTADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO.

  12. Circunstancias de tiempo, modo y lugar.

    CONCLUSIÓN 8

    Tareas Editoriales

    De la revisión a la subcuenta "Programas de Radio", se observó el registro de pólizas que presentaban como soporte documental facturas por la transmisión de publicidad, las cuales cumplen con los requisitos fiscales; sin embargo, de la revisión a la documentación presentada a la autoridad electoral no se localizó el contrato de prestación de servicios respectivo. A continuación se detallan las facturas en comento:

    REFERENCIA CONTABLE FACTURA REFERENCIA
    NÚM. FECHA PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE
    PE-1/03-07 119 31-03-07 Grupo Radiofónico Dos Mil, S.A. de C.V. Publicidad transmitida del 26 de enero al 27 de febrero 2007. Programa "Punto de Encuentro". $25,00000
    PE-5/03-07 121 31-03-07 Publicidad transmitida del 28 de febrero al 29 de marzo 2007. Programa "Punto de Encuentro". 25,000.00
    PE-4/05-07 167 31-05-07 Publicidad transmitida del 1 al 31 de mayo 2007. Programa "Punto de Encuentro". 25,000.00
    PE-8/08-07 269 28-08-07 Publicidad transmitida del 1 al 30 de septiembre 2007. Programa "Punto de Encuentro". 47,500.00 (A)
    PE-9/08-07 270 31-08-07 Publicidad transmitida del 1 al 31 de octubre 2007. Programa "Punto de Encuentro". 47,500.00 (A)
    PE-1/09-07 294 12-09-07 Publicidad transmitida del 1 al 30 de noviembre 2007. Programa "Punto de Encuentro". 47,500.00 (A)
    PE-3/09-07 342 31-10-07 Publicidad transmitida del 1 al 31 de diciembre 2007. Programa "Punto de Encuentro". 47,500.00 (A)
    TOTAL $265,000.00

    En consecuencia, se solicitó a la Agrupación lo siguiente:

    • El contrato celebrado entre la Agrupación y el proveedor señalado en el cuadro anterior debidamente firmado, en el cual se precisaran los datos de los servicios prestados, las condiciones, términos y precio pactado.

    • Muestra del servicio prestado.

    • Las aclaraciones que a su derecho convinieran.

    Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, párrafo 1, inciso k), en relación con el 34, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, 7.1, 8.1 y 14.2 del Reglamento de la materia.

    La solicitud antes citada fue notificada mediante oficio UF/2216/2008 del 25 de agosto de 2008 (Anexo 3 del dictamen), recibido por la Agrupación el mismo día.

    En consecuencia, con escrito sin número del 5 de septiembre de 2008 (Anexo 4 del dictamen), la Agrupación manifestó lo que a la letra se transcribe:

    "(...), los contratos correspondientes con Grupo Radiofónico Dos Mil, S.A. de C.V; así como copias en dvd’s de programas radiofónicos que fueron transmitidos".

    De la revisión a la documentación presentada, se observó que la Agrupación proporcionó la muestra correspondiente, así como un contrato de prestación de servicios de Grupo Radiofónico Dos Mil, S.A. de C.V, por el periodo del 26 de enero de 2007 al 31 de mayo de 2007, por un monto total de $75,000.00; razón por la cual, la observación se consideró subsanada.

    Por lo que se refiere a las pólizas referenciadas con (A) en el cuadro que antecede, de la revisión a la documentación presentada a la autoridad, no se localizó el contrato correspondiente al periodo de septiembre a diciembre por un importe de $190,000.00; razón por la cual, la observación no quedó subsanada.

    En consecuencia, la Agrupación incumplió con lo dispuesto en los artículos 38, párrafo 1, inciso k), en relación con el 34, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como 14.2 del Reglamento de la materia.

    CONCLUSIÓN 7

    La conclusión 7 se compone de las siguientes cantidades:

    CUENTA FACTURA PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE
    NÚMERO FECHA
    Educación y Capacitación Política 111 10-09-07 J.S.B. Elaboración de una manta para el curso de capacitación política $10,000.00
    112 21-09-07 Realización de 5 sesiones correspondientes al mes de octubre del curso de capacitación política. 150,000.00
    113 06-11-07 Realización de 4 sesiones correspondientes al mes de noviembre del curso de capacitación política.
    ...

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