Más de 5,000 migrantes se han dado de alta en el RFC: SAT

Fecha de publicación09 Agosto 2023
Foto EE: Archivo
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Santiago Rentería Nolasco

Por Santiago Rentería Nolasco

En 2022 se implementó un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, de febrero del 2022 a julio del 2023, ha atendido a más de 5,000 migrantes que tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas.

Desde febrero del 2022, el SAT implementó un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

En este sentido, pueden presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98% del total de atenciones, de acuerdo con un comunicado del fisco.

Las personas interesadas en inscribirse ante el RFC pueden acudir a cualquier oficina del Servicio de Administración Tributaria, pero se necesita agendar una cita en el portal https://citas.sat.gob.mx/.

Sin embargo, es relevante señalar que cada grupo de migrantes debe presentar documentos específicos para estar inscrito en el RFC.

Migrantes extranjeros

Por ejemplo, los extranjeros con condición de estancia de residentes temporales o permanentes deberán presentar el documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en el país y que sirve como identificación oficial.

Los documentos a los que se refiere el SAT son la tarjeta de residente permanente; la tarjeta de residente temporal; la tarjeta de visitante por razones humanitarias; la tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; la tarjeta de visitante trabajador fronterizo; o la tarjeta de residente temporal estudiante.

También necesitarán presentar el comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses. Así como la Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del INM, misma que puede ser utilizada como identificación oficial.

Por su parte, las personas extranjeras con calidad de refugiadas necesitan entregar el CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del INM.

Sumado a lo anterior, será necesario el documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la...

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