Periódico Oficial del Estado de Coahuilla de Zaragoza del 07 de Febrero de 2014 (Sección 1)

PRIMERA SECCION
TOMO CXXI Saltillo, Coahuila, viernes 7 de febrero de 2014 número 11
REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921.
FUNDADO EN EL AÑO DE 1860
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO
DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
<
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ
Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza
ROBERTO OROZCO AGUIRRE
Subdirector del Periódico Oficial
ARMANDO LUNA CANALES
Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial
I N D I C E
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DECRETO No. 456.- Se aprueba la reforma por la que se a diciona el artículo 62 bis de la Constitución Política del Estado
de Coahuila de Zaragoza.
2
DECRETO No. 459. - Se au toriza al Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza, a desincorporar del
dominio público municipal un área vial con una superficie total de 9,522.55 M2 ., ubicada de esa ciudad, con el fin de
permutar a favor de la empresa “M et Mex Peñoles S.A. de C.V.”, por una superficie total de 41,515.30 M2., Ad Corpus
propiedad de dicha empresa.
3
DECRETO No. 460. - Se au toriza al Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza, a desincorporar del
dominio público municipal varias vialidades en desuso q ue suman una superficie total de 28,338.33 M2., Ad Corpus
ubicadas en la colonia “Luis Echeverría” de esa ciudad, con el fin de enajenar a título gratuito a favor de la empresa “Met
Mex Peñoles S.A. de C.V.”.
6
ACUERDO del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila mediante el cual se aprueban los
Lineamientos par a el Monitoreo de Programas Transmitidos en Radio y Televisión que difundan noticias, así como d e
información noticiosa publicada en medios de comunicación impresos durante las precampañas, intercampañas y
campañas electorales del Proceso Electoral Ordinario 2013-2014.
7
ACUERDO del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila mediante el cual se aprueba la integración de
los Comités Distritales Electorales para el Proceso Electoral Ordinario 2013 2014.
13
ACUERDO del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana d e Coahuila mediante el cual se ap rueba que el listado
nominal con fecha de corte de 30 de Abril de 2014, sea el que se utilice en la Jornada Electoral el próximo 6 de Julio de
2014, dentro del Proceso Electoral Ordinario 2013-2014.
17
ACUERDO mediante el cual se aprueba la creación de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila.
17
2 PERIODICO OFICIAL viernes 7 de febrero de 2014
PRESUPUESTO de Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014, del Municipio de San Pedro, Coahuila.
18
PRESUPUESTO de Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014, del Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia del Municipio de San Pedro, Coahuila.
20
EL C. RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDE Z, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DE L ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGO ZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE CO AHUILA DE ZARAGOZA;
DECRETA:
NÚMERO 456.-
UNICO.- Se aprueba la reforma por la que se adiciona el artículo 62 bis de la Constitució n Política del Estado de Coahuila de
Zaragoza para quedar como sigue:
Artículo 62 Bis.- Para la aprobación de toda iniciativa de ley o decreto, se necesita el voto d e la mayoría de los diputados.
Se requiere el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, cuando se trate de:
I. Iniciativas de leyes o decretos en materia:
1) Electoral.
2) De Derechos Humanos.
3) De Deuda Pública.
4) De Fiscalización superior del Estado y los Municipios.
5) Penal
6) Las relacionadas con las Leyes de Ingresos del Estado y de los Municipios así como con el Presupuesto de Egresos del Estado.
7) De designación de integrantes de Organismos Públicos autónomos.
8) Relacionados con el Comité Estatal de Vinculación Hacendaria.
9) Relacionados con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Ley de Hacienda
para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
II. Las demás previstas en esta Constitución.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Per iódico Oficial del
Gobierno del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se derogan las disposiciones que se opongan a los previsto en este Decreto.
DADO en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a los cinco días del
mes de febrero del año dos mil catorce.
DIPUTADO PRESIDENTE
SIMÓN HIRAM VARGAS HERNÁNDEZ
(RÚBRICA)
DIPUTADO SECRETARIO
ANTONIO JUAN MARCOS VILLARREAL
(RÚBRICA)
DIPUTADO SECRETARIO
JOSÉ REFUGIO SANDOVAL RODRÍGUEZ
(RÚBRICA)

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