Tesis, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 30 de Septiembre de 2012 (Tesis num. II.3o.A. J/7 (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-09-2012 (Reiteración))

Número de registro2001760
Número de resoluciónII.3o.A. J/7 (10a.)
Fecha30 Septiembre 2012
Fecha de publicación30 Septiembre 2012
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1432. II.3o.A. J/7 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 6, Tercera Parte, página 128, de rubro: "REVISIÓN FISCAL, CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA LA INTERPOSICIÓN DE LA. VACACIONES.", analizó el contexto normativo correspondiente al recurso de revisión fiscal entonces vigente, y determinó que para computar el plazo para hacerlo valer debían descontarse, además de los días inhábiles, los del periodo de vacaciones del otrora Tribunal Fiscal de la Federación, independientemente de que éste coincidiera o no con alguno de los dos recesos anuales del Poder Judicial Federal. Por tanto, al ser aplicable actualmente dicho criterio, persisten las reglas señaladas en cuando a los días inhábiles aplicables al juicio contencioso administrativo y los periodos vacacionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

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