Tesis, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 31 de Diciembre de 2012 (Tesis num. I.7o.P. J/1 (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-12-2012 (Reiteración))

Número de registro2002288
Número de resoluciónI.7o.P. J/1 (10a.)
Fecha31 Diciembre 2012
Fecha de publicación31 Diciembre 2012
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1163. I.7o.P. J/1 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional

Acorde con el artículo primero del Acuerdo General 11/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, sobre la normativa y actuación de órganos jurisdiccionales y administrativos en términos del quinto párrafo del artículo 1o. constitucional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil doce, en vigor al día siguiente, los tribunales de la Federación deberán interpretar y aplicar retroactivamente la normativa constitucional y convencional expedida con anterioridad a la publicación de ese acuerdo, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, previstos en el tercer párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente a partir del once de junio de dos mil once. Lo anterior a fin de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y reparar sus violaciones en los términos que establezca la ley, no sólo en favor del sujeto activo del delito, sino también de la víctima u ofendido.


SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

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