Tesis, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 28 de Febrero de 2013 (Tesis num. I.11o.C. J/1 (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-02-2013 (Reiteración))

Número de registro2002710
Número de resoluciónI.11o.C. J/1 (10a.)
Fecha28 Febrero 2013
Fecha de publicación28 Febrero 2013
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 2; Pág. 1184. I.11o.C. J/1 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaCivil

Los artículos 688, 689, 691 y 692 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en su texto vigente conforme al decreto que reforma diversas disposiciones del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de septiembre de 2009, regulan lo relativo al recurso de apelación, como lo es su objeto, tipo de apelación, su trámite, quiénes deben interponerlo, y en cuanto a su procedencia se condiciona a que el monto del asunto no sea inferior a doscientos doce mil cuatrocientos sesenta pesos por concepto de suerte principal, sin que se tomen en cuenta intereses y demás accesorios reclamados. Sin embargo, los artículos 966, 967 y 968 del citado código que se encuentran dentro del título décimosexto Bis, que regula específicamente las controversias en materia de arrendamiento inmobiliario, establecen la procedencia del recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada en los juicios de arrendamiento inmobiliario, así como en contra de las resoluciones intermedias que se dicten en esa clase de procedimientos y asimismo precisan la forma de cómo se ha de substanciar dicho recurso, además de mencionar que las reglas generales del apartado de recursos son aplicables en materia de arrendamiento inmobiliario sólo en lo que no se opongan a las especiales. En este orden de ideas debe concluirse que, en tratándose del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva o en contra de resoluciones intermedias de un juicio de arrendamiento inmobiliario, tramitado ya estando vigente la reforma de 10 de septiembre de 2009, no le es aplicable la regla general inherente al requisito de procedencia que atiende al monto o cuantía...

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