Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 10 de Julio de 2013 (Sección Segunda)

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERÍSTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 450
Toluca de Lerdo, Méx., miércoles 10 de julio de 2013
No. 8
SUMARIO:
SECRETARIA DE SALUD
! AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3094, 3095, 3099, 3098,
3100, 846-Al, 3088, 845-Al, 3105, 3106, 503-BI y 441-B I.
INSTITUTO MATERNO INFANTIL DEL ESTADO DE MEXICO
FE DE ERRATAS DE LA INSTALACION Y PRIMERA SESION
ORDINARIA DEL COMITE INTERNO DE MEJORA REGULATORIA
DEL INSTITUTO MATERNO INFANTIL DEL ESTADO DE
MEXICO, DE FECHA 23 DE MAYO DE 2012, PAGINA 4.
SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
FE DE ERRATAS
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México,
Gaceta de Gobierno No. 43
Fecha de Publicación: 04 de marzo de 2013
Secretaría de Desarrollo Agropecuario
Gasto de Inversión Sectorial (GIS) Programa Apoyo a la Mujer en Areas
! Rurales.
REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO ESTATAL DE
TRASPLANTES.
AVISOS JUDICIALES: 3029, 504-B1, 842-Al, 843-A 1 , 847-Al, 504-B / ,
3101, 3103, 3104, 3092, 3096, 3093, 3097, 3086, 3087, 3089, 3090, !
3091, 505-B1, 506-B1, 3102 y 844-Al.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE SALUD
el`
/Pil
PATRONATO ESTATAL DE TRASPLANTES A.C.
"Sembrando una Esperanza de Vida"
LA ASAMBLEA GENERAL DEL PATRONATO ESTATAL DE TRASPLANTES, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE LE CONFIERE EL NUMERAL QUINTO FRACCION VI, DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO
DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL PATRONATO ESTATAL DE TRASPLANTES, Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, establece que la modernización del marco jurídico
es una línea de acción para constituir una Administración Pública moderna que impulse el desarrollo y garantice
la estabilidad institucional.
Que la modernización de la Administración Pública, la evaluación permanente de sus procedimientos y
estrategias, a fin de consolidar aquellas que contribuyen el cumplimiento de los objetivos institucionales y
replantar las que resultan insuficientes para tal propósito, aprovechando las oportunidades de mejora.
Que mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado, publicado en la "Gaceta de Gobierno", el 10 de septiembre de
2003 se creó el Patronato Estatal de Trasplantes, el cual cuenta con personalidad jurídica, debiéndose
Página 2 10 de julio de 2013
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constituirse como persona jurídica colectiva con fines no lucrativos, en los términos de la Legislación Civil
vigente en el Estado de México.
Que el Reglamento Interno tienen como objeto difundir y promover la donación altruista de órganos y tejidos
entre la población Mexiquense e Instituciones Públicas, Sociales y Privadas.
Que derivado de lo anterior, es necesario que el Patronato Estatal de Trasplantes, expida su Reglamento
Interno, fin de establecer las atribuciones, funciones de las unidades administrativas que lo conformen.
En razó
de lo expuesto, expide el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO
ESTATAL DE TRASPLANTES
CAPÍTULO 1
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.-
El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Patronato
Estatal de Trasplantes.
Artículo 2.-
Para efectos del presente Reglamento, se entiende por:
I.
cuerdo, al Acuerdo que crea al Patronato Estatal de Trasplantes.
samblea de Asociados, a la Asamblea de Asociados del Patronato Estatal de Trasplantes.
III.
IV.
atronato, al Patronato Estatal de Trasplantes asociación civil.
V.
residente, al Presidente del Patronato Estatal de Trasplantes.
VI.
Reglamento, el Reglamento Interno del Patronato Estatal de Trasplantes.
Artículo 3.-
El Patronato tienen a su cargo la ejecución del objeto y las funciones que le confiere la Ley;
asimismo, tendrá a su cargo el cumplimiento de las demás obligaciones que le confiere la Ley, el Reglamento
de Salud del Estado de México, el presente Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.
Artículo 4.-.
El Patronato conducirá sus actividades en forma programada y coordinada, con base en los
objetivos, estrategias y líneas de acción que establece el Plan de Desarrollo del Estado de México y los
programas regionales, sectoriales y especiales que estén a su cargo o en los que participe, de acuerdo con la
normatividad aplicable.
Artículo 5.-
Para el estudio, planeación, ejecución, atención y evaluación de los asuntos de su competencia, el
Patronato contará con:
I.
Ásamblea de Asociados; y
11.
Presidencia.
CAPÍTULO II
DE LA ASAMBLEA DE ASOCIADOS
Artículo 6.-
La Asamblea de Asociados es la autoridad máxima del Patronato Estatal de Trasplantes, sus
determinaciones serán obligatorias para el Presidente General y las Unidades Administrativas que integran a
dicho organismo.
Artículo 7.-
La Asamblea de Asociados se integra por:
I.
Un Presidente que será designado por el Secretario de Salud;

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