Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 17 de Junio de 2013

EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO
OFICIAL
DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. O
16
0463 Marzo 05 de 1982 . Tel. Fax.717-21-70)
Tomo
CIV
3ra.
Epoca
Culiacán,
Sin.,
Lunes
17
de
Junio
de
2013.
No.
073
ÍNDICE
PODER EJECUTIVO FEDERAL
SECRETARÍA
DE
HACIENDA Y
CRÉDITO
PÚBLICO
CONSEJO
NACIONAL DE
ARMONIZACiÓN
CONTABLE
Acuerdo I aprobado por el Consejo de Armonización Contable, en reunión del 3
de
mayo
de
2013.
Lineamientos para
la
construcción y disefto de indicadores de desempefto mediante la Metodolog!a
de
Marco
Lógico.
2 - 5
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SERVICIOS
DE SALUD
DE
SINALOA
Avance
Financiero, relativo
al
Primer Trimestre de
20
13.
6 - 7
AYUNTAMIENTOS
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
Municipio de Guasave.- Licitación Pública Estatal
No
. 003.- Contratación de las obras públicas a base de
precios unitarios y tiempo detenninado, referente a los Servicios
de
Agua Potable y Drenaje Sanitario.
Municipio de Elota.-Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2013.
INSTITUTO MUNICIPAL
DE
PLANEACIÓN
Municipio de Culiacán.- Avance Financiero, relativo al Primer Trimestre de 2013.
8 -
10
AVISOS GENERALES
Sol. Ruta.- LorenaAracely Soto Guillen.
II
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
12
-32
RESPONSABLE: Secretarfa General de Gobierno.
DIRECTOR
: Lic. Jesús Humberto Coss(o
Ramfrez
2
«EL
ESTADO DE
SINALOA»
Lunes
17
de Junio de 2013
PODER EJECUTIVO FEDERAL
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO
1
.probado
por
el Consejo de Armonización Contable, en
reunión
del3
de mayo de 2013.
El Consejo Nacional de Armonización Contable, con fundamento en
el
articulo
9,
fracciones XII y XIII,
de
la
Ley General de Contabilidad Gubernamental,
en
su Segunda Reunión de 2013, celebrada el 3 de mayo de
2013, acordó determinar [os plazos para que la Federación, las entidades federativas y los municipios adopten
las decisiones que a continuación se IndIcan:
La Federación, las Entidades
Meta Federativas y sus respectivos
entes públicos a
mas
lardar
los
Municipios y sus entes
públicos a más tardar
In
tegración automática del ejercicio
presupuestario con
la
operación 30 de Junio de 2014 30 de Junio de 2015
contable
Realizar
los
registros
contables
con
base en las Reglas de Registro y
31
de Diciembre de 2014
31
de Diciembre de 2015
Valoración del Patrimonio
Generación en
tiempo
real
de
30 de Junio de 2014 30 de Junio de 20
15
eatadoa financieros
Emisión
de Cuentas Públicas
en
10B Para la correspondiente a
Para la correspondiente a 2014 2015
términos
acordados
por
el Consejo
TRANSITORIO
PRrMERO
.~
El presente Acuerdo entraré en vigor al dla sigu iente al de su publicación
en
el Diar
io
Oficial
de la Federación.
En la Ciudad de México, siendo las quince horas del dla 3 de mayo del ario dos mil trece, con fundamento
en los articulos
11
de
la
Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento
Interior de
la
Secretaria de Hacienda y Crédito Público, el TItular de la Unidad de Contabilidad Gubemamental
de la Subsecretaria de Egresos de
la
Secretaria de Hacienda y Crédito Público,
en
mi
calidad de Secretario
Técnico del Consejo Nacional de ArmonizacIón Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que el documento
consistente en una foja útil, rubricada y cotejeda, corresponde con el texto del Acuerdo 1 que fue aprobado
por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a
la
vista de los integrantes de dicho
Consejo en su segunda reunión celebrada, en segunda convocatoria, el 3 de mayo del presente ano, situación
que se certifica para los efeclas legales conducentes.
El
Secretario Técnico del Consejo Nacional de ArmonizacIón Contable,
Juan
Manuel
Alcacer
Gamba.-
Rúbrica.
Lunes
17
de
Junio
de
2013
«
EL
ESTADO DE SINALOA» 3
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
LINEAMIENTOS
para
la construcción y dlsefto de Indicadores de desempefto mediante la Mttodologla de Marco
L6glc=o
.
El
Consejo Nacional de Annonización Contable con fundamento en los articulas 6,
7.
9. 54, 64, Y 79
de
la
ley
General
de
Contabilidad Gubemamental, y
, CONSIDERANDO
Que
el
articulo 134 de
la
Constitución Politica
de
los Es
tados
Unidos Mexicanos establece que
los
recursos económico s de que dispongan
la
Federa
ci
ón, los estados. los municipios, el Distrito Federal y
lo
s
órganos palllieo-administrativos de s us demarcaciones territoriales, se adm inistrarán con eficiencIa, eficacia,
economla, transparencia y honradez para satisfacer
lo
s objetivos a los que estén destinados. Adicionalment
e,
dispone que los resultados del ejercicio de dichos
re
cursos seran evaluados por las Instancias técnicas que
establezcan. respectivamente, la Federa ción, los estados y el Distrito Federal , para los efectos indicados;
Que la Ley General de Contabilidad Gubernamental tiene por objeto establecer los criterios generales que
rigen
la
contabilidad gubernamental y
la
emisión
de
información financiera de los entes públicos, con
el
fin de
lograr su adecuada armonización. Ademas, prevé que los entes públicos aplicarán la contabilidad
gubernamental para facilitar
el
registro y
la
fi
scalización de los activos, pasivos , ingresos y gastos; asl como
contar con indicadores para medir los avances f1sico-financieros relacionados con los recursos federales que
el Gobierno Federa l y las entidades federativas ejerzan, contribuyendo a medir la eficacia, economfa y
eficiencia del gasto e ingreso púb
l1
co;
Que con la finalidad de definIr y establecer las consideraciones en materta de Presupuesto basado
en
Resultados y el Sistema
de
Evaluación de l
De
sempel'lo (PbR -SED),
se
hace necesario Involucrar
la
Metodologfa
de
Marco Lógico dentro del proceso
de
armoniza
ci
ón
contabl
e,
para la generación periódica
de
la
información financiera sobre
el
seguimiento, moniloreo y evaluación, y
Que a efecto de dar cumplimiento a las ci tadas disposiciones y que los entes públicos cuenten con
elementos y referencias que permitan armoni
za
r la generaci
ón
de indicadores para resultados y de
desempeno, se presentaron para su analisls y discusión al Consejo Nacional de Armonización Contable, en su
segunda reunión de 2013, celebrada
el
3 de mayo de 2013, los Lineamientos para la construcción y diseno de
Indicadores de desempel"lo mediante
la
Metodologla de Marco Lógico, mismos que se aprobaron emitir en los
términos siguientes:
LINEAMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO
DE
INDICADORES
DE
DESEMPEÑO MEDIANTE
LA
METODOLOGiA DE MARCO
LÓGICO
Capítulo I
Disposiciones
Generales
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto
de
fi
nir y establecer las disposiciones para
la
generación, homologación, estandarización, actualización y publicación de los indicadores de desempet'lo
de
los programas operados por los entes públicos, que permitan dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
General
de
Contabilidad Gubernamental.
SEGUNDOLas definiciones previstas en
el
articulo 4, de la Ley General de Contabilidad Gubemamental
serán aplicables a los presentes Lineamientos. Adicionalmente a dicho articulo, se entendera por:
l. CONEVAL: al Consejo Nacional de Ev aluación
de
la Polltica
de
Desarrollo Social;
11.
Evaluación:
al
análisis sistemático y objetivo
de
los programas coordinados por los entes públicos y
que tienen como finalidad determ inar la pertinencia y
el
logro
de
sus objetivos y metas. asl como su
eficiencia, eficacia, calidad, resultados, Impacto y sostenl
b1l1dad
;

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