Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua del 09 de Febrero de 2013 - Parte 1

Chihuahua, Chih., sábado 09 de febrero del 2013. No. 12
P e riódico Oficial
Todas las leyes y demás disposiciones supremas son obligatorias por el sólo hecho de publicarse
en este Periódico.
Responsable: La Secretaría General de Gobierno. Se publica los Miércoles y Sábados.
Registrado como
Artículo
de segunda Clase de
fecha 2 de Noviembre
de 1927
Gobierno del Estado
Libre y Soberano de Chihuahua
GOBIERNO LOCAL
PODER LEGISLATIVO
DECRETO No. 280/2011 II P.O., por medio del cual se adiciona una fracción XVI al artículo 3 y se reforma el artículo 42, ambos de la
Ley para la Atención de las Personas con Discapacidad en el Estado de Chihuahua.
Pág. 524
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DECRETO No. 281/2011 II P.O., por medio del cual se reforman las fracciones X y XI, ambas del artículo 13 de la Ley para Prevenir y
Eliminar la Discriminación en el Estado de Chihuahua.
Pág. 524
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DECRETO No. 465/2011 I P.O., por medio del cual se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política del Estado de
Chihuahua.
Pág. 525
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DECRETO No. 496/2011 I P.O., por medio del cual se reforma el Decreto No. 3/2010 I P.O. y se reforma el Decreto No. 4/2010 I.
P.O.
Pág. 527
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DECRETO No. 572/2011 I P.O., por medio del cual se adiciona una fracción XXXIV al artículo 9 de la Ley de Bienestar Animal para el
Estado de Chihuahua.
Pág. 528
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DECRETO No. 799/2012 II P.O., por medio del cual se reforman los artículos 7, 10, 13, 14; 15, fracción I, y 16; y se deroga la fracción
V del artículo 2, todos de la Ley de Cultura de la Legalidad para el Estado de Chihuahua.
Pág. 528
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DECRETO No. 860/2012 VII P.E., por medio del cual se reforma el artículo 25 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública; se
reforma el artículo 2, fracción III; el Capítulo II en su denominación; los artículos 4; 5, párrafo segundo, y 9; se adiciona un segundo
párrafo al artículo 8; y se deroga el párrafo segundo del artículo 6, todos de la Ley de Cultura de la Legalidad para el Estado de
Chihuahua.
Pág. 529
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DECRETO No. 1197/2013 X P.E., por medio del cual se reforman los artículos QUINTO, UNDÉCIMO, DECIMOTERCERO y
DECIMOSÉPTIMO de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua; se reforma el Apartado IV, de la Tarifa de Derechos, anexa a la
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Pág. 531
-0-
PERIODICO OFICIAL sábado 09 de febrero del 2013.522
DECRETO No. 1204/2013 X P.E., por medio del cual se deroga el segundo párrafo del artículo 150 Ter, se adiciona un nuevo
artículo 150 Quinquies y se reforma la fracción V del artículo 163; todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; se
deroga el Artículo Séptimo Transitorio del Decreto No. 690/60 I P.O.; se deroga el inciso b) del Artículo Primero Transitorio del
Decreto 691/06 I P.O.
Pág. 535
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PODER EJECUTIVO
ACUERDO No. 004 del C. Gobernador Constitucional del Estado, mediante el cual se publica el Acuerdo del H. Ayuntamiento
del Municipio de Guachochi, Chih., por el que se aprobó el Reglamento para la Entrega-Recepción Interna de la Administración
Pública del Municipio de Guachochi, Chihuahua.
Pág. 537
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ACUERDO No. 005 del C. Gobernador Constitucional del Estado, mediante el cual se publica el Acuerdo del H. Ayuntamiento
del Municipio de Chihuahua por el que se autoriza el “Cambio de Uso de Suelo de Habitacional H45 a H60, en un predio ubicado
al sureste de la ciudad, delimitado por las calles Paseos del Corcel, Paseos del Árabe, Avenida Equus y Avenida Quinta Real,
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Independiente, S.A. de C.V”.
(FOLLETO ANEXO)
-0-
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA
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Pág. 545
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SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS
COMITÉ TÉCNICO RESOLUTIVO DE OBRA PÚBLICA DEL PODER EJECUTIVO Y SUS ORGANISMOS
REGISTRO del Padrón Único de Contratistas en el mes de enero del 2013.
Pág. 546
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JUNTA CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DEL ESTADO
TARIFAS de los derechos por servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento para el ejercicio 2013, de las siguientes
Juntas Municipales: Juárez, Chihuahua, Delicias, Cuauhtémoc, H. del Parral, Nuevo Casas Grandes, Camargo, Jiménez, Meoqui,
Ojinaga, Aldama, Madera, Saucillo, Ascensión, Guachochi, Ahumada, Guerrero, Santa Bárbara, Buenaventura, Rosales, Casas
Grandes, Allende, San Francisco del Oro, Ignacio Zaragoza, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe D. B., Matamoros, Villa López,
Santa Isabel, Balleza y Gran Morelos, así como las Juntas Rurales de: Lázaro Cárdenas, Anáhuac, San Juanito, Lic. Adolfo López
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Ortíz, Ricardo Flores Magón, El Terrero, Pueblito de Allende y Ejido Constitución, Chih.
(FOLLETO ANEXO)
-0-
ORGANISMO DESCENTRALIZADO
SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA
REPORTE del Segundo Trimestre 2012, respecto al RAMO 12.
(FOLLETO ANEXO)
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CONVOCATORIAS, EDICTOS DE REMATE, AVISOS JUDICIALES Y DIVERSOS.
Pág. 547 a la Pág. 596
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sábado 09 de febrero
del 2013. PERIODICO OFICIAL
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FE DE ERRATAS
Presidencia Municipal
Camargo, Chih.
- - - El C. Licenciado ERNESTO IVÁN VILLA FERNÁNDEZ, Secretario del
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - FE DE ERRATAS - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - En el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial en su artículo
92, fracción I dice: “Artículo 92.- Las licencias que se concedan a los integrantes
del Servicio serán sin goce de sueldo, siendo las siguientes:
Licencia ordinaria es la que se concede a solicitud de los policías, de acuerdo I.
con las necesidades del servicio y por un lapso máximo de... meses y por una
única ocasión para atender asuntos personales, y sólo podrá ser concedida
por los superiores, con la aprobación del Director de la Institución Policial o su
equivalente…”
- - - Debiendo decir lo siguiente:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Artículo 92.- Las licencias que se concedan a los integrantes del Servicio serán
sin goce de sueldo, siendo las siguientes:
Licencia ordinaria es la que se concede a solicitud de los policías, de acuerdo con
las necesidades del servicio y por un lapso máximo de hasta 6 meses y por una
única ocasión para atender asuntos personales, y sólo podrá ser concedida
por los superiores, con la aprobación del Director de la Institución Policial o su
equivalente...”
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Chihuahua; a los veinte días del mes de enero del año dos mil trece.- - - - - - - - - -
A T E N T A M E N T E
“SUFRAGIO EFECTIVO; NO REELECCIÓN”
SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO
LIC. ERNESTO IVÁN VILLA FERNÁNDEZ
Rúbrica.

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