Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 19 de Febrero de 2013 (Sección Tercera)

BANDO MUNICIPAL
TEOLOYUCAN, MEXICO.
LOYUCAN
CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCV
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 300
SUMARIO:
Toluca de Lerdo, Méx., martes 19
de febrero de 2013
No. 34
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEOLOYUCAN, MEXICO
BANDO MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DE TEOLOYUCAN
2013.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEOLOYUCAN, MEXICO
ACTA DE SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO NÚMERO CINCO
QUINTA ACTA DE SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO.
En el Municipio de Teoloyucan, Estado de México, siendo las
21 horas con 53 minutos del día treinta de enero del año dos mil trece, bajo la Presencia del
C. JUAN SALVADOR
MONTOYA MOYA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL MUNICIPAL DE TEOLOYUCAN,
se reunieron en el
"Salón del Pueblo" del Palacio Municipal ubicado en Av. Dolores s/n Bo Tlatilco, Teoloyucan, Estado de México, el
C. JOSÉ
RAMÓN RUBIO AGUILAR, SÍNDICO MUNICIPAL
y los
C.C. LAURA FERMOSO CAMACHO, PRIMERA
REGIDORA; CÉSAR APIPILHUAZCO ORTEGA, SEGUNDO REGIDOR; GUADALUPE SANTILLÁN
VILLEGAS, TERCERA REGIDORA; ANDRÉS GÓMEZ GARCÍA, CUARTO REGIDOR; ONÉSIMO
VELÁZQUEZ QUINTERO, QUINTO REGIDOR; VERÓNICA CORZO LEÓN, SEXTA REGIDORA; NORMA
CALZADA SÁNCHEZ, SÉPTIMA REGIDORA; SARA ELENA RODRÍGUEZ RUBIO, OCTAVA REGIDORA;
ARTURO RAMÍREZ GUTIÉRREZ, NOVENO REGIDOR
y
JUAN EDUARDO JIMÉNEZ VERA, DÉCIMO
REGIDOR,
con el objeto de celebrar la Quinta Sesión Ordinaria, convocada por el Presidente Municipal previamente, con el
siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
I.
Lista de presentes y declaración del quórum legal para sesionar.
II.
Entonación del Himno Nacional Mexicano.
III.
Lectura y en su caso aprobación del orden del día.
IV.
Lectura, aprobación y firma en su caso del Acta de Cabildo de la Cuarta Sesión Ordinaria de fecha 23 de enero de
2013.
V.
Presentación y en su caso aprobación de las reformas al bando municipal, expone Segundo Regidor C. Cesar
Apipilhuazco Ortega, responsable de la Comisión de Legislativa y Actualización de Reglamentos Municipales.
VI.
Presentación y aprobación, en su caso, del acuerdo por la cual se conceden bonificaciones hasta del 50% a pensionados,
jubilados, personas con discapacidades, adultos mayores y viudas sin ingresos fijos en el pago de derecho de uso del
servicio público de panteones.
VII.
Presentación y aprobación en su caso, de la autorización para firmar el "Convenio Marco y sus derivados" con el
Instituto de Administración Pública del Estado de México.
VIII.
Presentación y en su caso aprobación, de la "Declaratoria de Reconocimiento a la importancia de los Tratados de
Teoloyucan y la fecha 13 de agosto de 1914"; expone C. Andrés Gómez García, Cuarto Regidor.
IX.
Presentación y en su caso aprobación de la propuesta titulada "Etapa 1 del Proyecto de gestión que se hará ante el
Congreso de la Unión para la Iniciativa de Decreto para que se adicione la fecha 13 de Agosto, Aniversario de la firma
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de los Tratados de Teoloyucan celebrados entre los ejércitos Constitucionalista y Federal, en 1914 en el artículo 18 de
la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales"; expone C, Andrés Gómez García, Cuarto Regidor.
X.
Asuntos generales.
XI.
Entonación del Himno del Estado de México.
XII.
Clausura de la Sesión.
El C. Juan Salvador Montoya Moya Presidente Municipal Constitucional instruye al C. Víctor Hugo Rojas Guzmán Secretario del
Ayuntamiento a que pase lista de presentes, por lo que el Secretario da cuenta que se encuentran presentes la totalidad de los
miembros del Cabildo del H. Ayuntamiento; El Presidente Municipal Constitucional con fundamento en el Artículo 29 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México declara formalmente instalada la Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo del H.
Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan Estado de México, acto seguido solicita se pongan de pie para entonar el Himno
Nacional Mexicano; Concluida la entonación del Himno Nacional Mexicano, el Presidente solicita se dé lectura al Orden del Día,
una vez leído, se procede a la votación del mismo y con fundamento en el artículo 31 fracción IV, dando cuenta que es aprobado
por mayoría de miembros presentes con derecho a voto.
En el CUARTO punto del orden del día, el Presidente solicita la dispensa de la lectura del Acta de la Cuarta Sesión Ordinaria de
Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan, la cual es dispensada con fundamento en el artículo 29 fracción V
dei Reglamento de Cabildo; acto seguido es solicitada la aprobación y firma del Acta de la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo
celebrada el veintitrés de enero del dos mil trece, misma que es aprobada en sus términos por mayoría de votos, con los votos
en contra de los ciudadanos Norma Calzada Sánchez, Séptima Regidora; Sara Elena Rodríguez Rubio, Octava Regidora y Juan
Eduardo Jiménez Vera. El Presidente con fundamento en el artículo 29 fracción VIII del Reglamento de Cabildo declara un receso
de diez minutos, con la finalidad de firmar el Acta.
En uso de la palabra el secretario manifiesta: "queda asentado en el acta de la Quinta Sesión Ordinaria de cabildo, la abstención
de la firma del acta de la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo, por parte de los ciudadanos Norma Calzada Sánchez, Séptima
Regidora; Sara Elena Rodríguez Rubio, Octava Regidora y Juan Eduardo Jiménez Vera, Décimo Regidor".
Una vez concluida la firma del Acta aprobada, se reanuda la Sesión con el QUINTO punto, en el que el Presidente manifiesta:
"Con fundamento en los artículos 31 fracción XVII y 48 fracción VI de la Ley Orgánica Municipal, propongo la presentación y en
su caso aprobación de las reformas al bando municipal, a lo cual cedo el uso de la palabra al C. Cesar Apipilhuazco Ortega,
Segundo Regidor"; en uso de la palabra el Segundo Regidor manifiesta: "que con fundamento en los artículos 115, fracción II de la
Soberano de México; 2, 3, 31 fracción 1, 48 fracción III, 160, 161,
162,
163, y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México y toda vez que soy el responsable de la Comisión de Legislativa y Actualización de Reglamentos Municipales, hago
referencia a las reformas en cuanto al fondo, las modificaciones en cuanto a la forma y formato del presente bando"; propuesta
que es aprobada por mayoría de votos, quedando asentado en el acta, el siguiente sentido de la votación: los C.C. Norma
Calzada Sánchez, Séptima Regidora; Sara Elena Rodríguez Rubio, Octava Regidora y Juan Eduardo Jiménez Vera, Décimo Regidor:
usan su voto en contra de la propuesta; por lo que el Cabildo del H. Ayuntamiento de Teoloyucan emite el siguiente:
Acuerdo No. 0I/05-ORD/30-0I-13
Acuerdo del H.
Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan, México, por el que se aprueba el Bando Municipal
2313 de Teoloyucan.
E! H.
Ayuntamiento de Teoloyucan, en uso de la facultad que le confiere los artículos 115, fracción II de la Constitución Política
de los
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,..Hstados Unidos Mexicanos; 113, 122, 123 y
124
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3,
i
fracción
1, 48 fracción III, 160, 161, 162, 163, y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México reforma, adiciona,
abroga,
deroga y publica cuerpos legales a través de los cuales serán sujetos de derechos y obligaciones, los habitantes del
muricipio.
En el
SEXTO punto del orden del día, el Presidente expresa que: "Con fundamento en el artículo 155 del Código Financiero del
Estado
de México y Municipios propongo al Cabildo la bonificación de hasta el 50 % del pago de derecho del servicio público de
panteones
para pensionados, jubilados, personas con discapacidades, adultos mayores y viudas sin ingresos fijos, a lo cual el
inte;
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deberá presentar su credencial de pensionado, jubilado, adulto mayor (INSEN, INAPAM Y/0 DIFEM), acta de
defunción
y acta de matrimonio yio diagnóstico de discapacidad"; propuesta que es aprobada por mayoría, con votos en contra
por parte de los
C.C. Norma Calzada Sánchez, Séptima Regidora; Sara Elena Rodríguez Rubio, Octava Regidora y Juan Eduardo
Jiménez Vera, Décimo Regidor; por lo que el Cabildo del H. Ayuntamiento de Teoloyucan emite el siguiente:
Acuerdo No. 02105-0RD/30-01-13
Acuerdo
del H. Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan, México, por el que se aprueban bonificaciones
hasta del 50%
en el pago de derecho de uso del servido público de panteones a los grupos vulnerables del
19 de febrero de 2013
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El H. Ayuntamiento de Teoloyucan, en uso de la facultad que le confiere el artículo 155 del Código Financiero del Estado de
México y Municipios; brindará a los habitantes del Municipio: bonificaciones de hasta el 50% a pensionados, jubilados, personas
con discapacidades, adultos mayores y viudas sin ingresos fijos en el pago de derecho de uso del servicio público de panteones,
con lo cual el interesado debe presentar su credencial de pensionado, jubilado, adulto mayor (INSEN, INAPAM Y/0 DIFEM),
acta de defunción y acta de matrimonio y/o diagnóstico de discapacidad, todo esto con el ánimo de ofrecer estímulos que
beneficien a los grupos vulnerables de su población.
En el SÉPTIMO punto del orden del día, el Presidente propone la firma de! "Convenio Marco y sus derivados con el Instituto
de Administración Pública del Estado de México", mediante el cual el Ayuntamiento podrá obtener asesoría técnica y jurídica
en la elaboración de distintos documentos corno lo son: El Pian de Desarrollo Municipal, los Reglamentos y Manuales de
las distintas áreas de la Administración Municipal, entre otros documentos de suma importancia, como lo son el Atlas de
Riesgo de Protección Civil, con el cual el Ayuntamiento podrá acceder a recursos federales en esta materia; o 1 os
estándares de calidad y competitividad mediante los cuales se accederá a mas
partidas presupuestales, convirtiendo
municipio de Teoloyucan en pionero en el desarrollo de toda la normatividad interna que exigen las legislaciones Federales y
Locales; y avanzando aún más, también por los Tratados Internacionales en los cuales México es parte: propuesta que es
aprobada por mayoría, con los votos en contra de los C.C. Norma Calzada Sánchez, Séptima Regidora; Sara Elena Rodríguez
Rubio, Octava Regidora y Juan Eduardo Jiménez Vera, Décimo Regidor; por lo que el Cabildo del H. Ayuntamiento de
Teoloyucan emite el siguiente:
Acuerdo No. 03/05-ORD/30-01-13
Acuerdo del H. Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan, México, por el que se aprueba la firma dei
"Convenio Marco y sus derivados" con el Instituto de Administración Pública del Estado de México.
El H. Ayuntamiento de Teoloyucan, en uso de la facultad que le confiere el artículo 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, puede interactuar con el Instituto de Administración Pública del Estado de México, mediante el cual
obtendrá en la asesoría técnica y jurídica, en la elaboración de distintos documentos como lo son: El Plan de Desarrollo
Municipal; los Reglamentos y Manuales de las distintas áreas de la Administración Municipal; y el Atlas de Riesgo de Protección
Civil, con el cual se accederá a recursos federales en esta materia; o los estándares de calidad y competitividad a través de los
cuales podremos acceder a mas partidas presupuestales, convirtiendo a! municipio de Teoloyucan en pionero en el desarrollo de
toda la normatividad interna que exigen las legislaciones Federales y Locales; y avanzando aún más, también por los Tratados
Internacionales en los cuales México es parte.
En el OCTAVO punto del orden del día, el Presidente le concede el uso de la voz al Cuarto Regidor C. Andrés Gómez García,
a efecto de exponer la "Declaratoria de Reconocimiento a la importancia de los Tratados de Teoloyucan y la fecha 13 de agosto
de
1914";
acto seguido el C. Andrés Gómez García, hace lectura de la misma que a la letra dice: "Propongo el siguiente
Acuerdo 04/5-ORD/30-01-13. El
H.
Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan, México 2013-2015, expide el siguiente:
Acuerdo del
H.
Ayuntamiento Constitucional de Teoloyucan, México, en el que se declara solemnemente la importancia de los
"Tratados de Teoloyucan de
1914".
Antecedentes, Primero: De conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Código
Electoral del Estado de México, el día primero de julio de dos mil doce, se celebraron comicios en el Municipio de Teoloyucan,
para elegir a miembros del Ayuntamiento de Teoloyucan, y como lo marca el artículo 125 fracción VII del ya citado Código, el
día
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de julio de dos mil doce, se entregaron las constancias de mayoría relativa y representación proporcional a los miembros
electos del
H.
Ayuntamiento 2013 — 2015. Segundo: El día 19 de diciembre de dos mil doce, se celebró Sesión Solemne de
Cabildo en la cual tomaron protesta la totalidad de los miembros del H. Ayuntamiento Constitucional 2013 — 2015, con
fundamento en el artículo
18
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Tercero: Que en cumplimiento a lo
preceptuado en el artículo 19 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, los ayuntamientos comenzarán sus funciones
el día primero de enero del año posterior al que se celebren las elecciones ordinarias. Considerandos: 1.- Que el día 13 de
agosto del año 1914, por así convenir a los intereses nacionales, se firmaron en este municipio los "Tratados de Teoloyucan"
que establecieron en completa paz la rendición del Ejército Federal y las condiciones para la entrada triunfal del Ejército
Constitucionalista a la Ciudad de México. 2.- Que los "Tratados de Teoloyucan" simbolizaron el triunfo de la Revolución
Constitucionalista frente al Régimen Huertista y que al mismo tiempo fueron el parteaguas para su culminación con la
promulgación de la Constitución de 1917. 3.- Que existen las evidencias suficientes que documentan y fundamentan todas y cada
una de las razones y las circunstancias que dieron origen a los "Tratados de Teoloyucan" como un hecho de suma importancia
en la historia de México.
4.
-
Que los "Tratados de Teoloyucan" enorgullecen a los Teoloyuquenses porque son un ejemplo de
concordia para e! mundo entero, siendo testimonios documentales de: "El día en que una revolución armada entre dos ejércitos,
después de una cruenta lucha se decidió en su momento cumbre no por la superioridad bélica o militar; sino por la superioridad
de los ideales y por las propuestas que en ese momento les ofrecieron mejores garantías a sus connacionales, y en un hecho sin
precedentes el ejército sirviente al poder minoritario e injusto, declinó sus armas, se disolvió y entregó el poder de la nación al
entonces mejor y más justo, que se llenó de gloria con el triunfo, sin que para ello tuviera que sacrificar las vidas de miles de

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