Sentencia nº SUP-JRC-189-2002 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 4 de Diciembre de 2002

JurisdicciónNuevo León
Número de resoluciónSUP-JRC-189-2002
Fecha04 Diciembre 2002
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-189/2002 ACTOR: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: LXIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN TERCEROS INTERESADOS: PARTIDO ACCION NACIONAL, A.S.S., G.B.O., P.T.G., G.C.Z.Y.G.G. DE LA GARZA. MAGISTRADO PONENTE: J.F.O.M.P. SECRETARIO: J.A.C. RAMÍREZ

México, Distrito Federal, cuatro de diciembre del año dosmil dos.

V I S T O S para resolver los autos del juicio derevisión constitucional electoral número sup-jrc-189/2002, promovido por elPartido Revolucionario Institucional, por conducto de su representante M.D.S., en contra de la designación de magistrados realizadapor la LXIX Legislatura del Estado de Nuevo León, para conformar el TribunalEstatal Electoral en dicha entidad federativa con motivo del proceso electorallocal 2002-2003; y

R E S U L T A N D O

  1. El doce de junio del año dos mil dos, el Pleno de la LXIXLegislatura del Estado, publicó en el Periódico Oficial del Estado de NuevoLeón, el Acuerdo número 296, mediante el cual se hacían del conocimientopúblico las bases de la Convocatoria para que las agrupaciones y organizacionesno gubernamentales, legalmente constituidas y los ciudadanos en general,tuvieran la posibilidad de proponer a la autoridad responsable, a las personasque en su opinión podrían ser los magistrados electorales que integrarían elTribunal Electoral del Estado, durante el periodo comprendido entre el díaprimero de noviembre de 2002, y el 31 de diciembre de 2003, la que setrascribirá en la parte considerativa.

  2. El diecinueve de julio siguiente, el presidente de lamesa directiva del Congreso, turnó a la Comisión de Gobernación yOrganización Interna de los Poderes, para su estudio y dictamen el expediente1921, integrado con la documentación de las treinta y dos solicitudespresentadas.

  3. Los días veintiocho y veintinueve de octubre delpresente año, dicha Comisión celebró reunión de trabajo, con el objeto,entre otros, de acordar lo relativo a las propuestas de magistrados paraintegrar el Tribunal Estatal Electoral, resultando de la sesión, en lo que nosinteresa, la aprobación de cinco propuestas que recayeron en: G.G. la Garza, G.B.O., G.C.Z., A.S. y P.T.G., tal y como consta en el acta númerotreinta de la comisión, la que se trascribirá en la parte considerativa.

  4. Como resultado de la referida sesión, la Comisiónde Gobernación y Organización Interna de los Poderes, emitió el siguientedictamen:

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Gobernación y Organización Interna de los Poderes, con fundamento en lo establecido en los artículos 44 y 63 fracción XLVI de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, así como en el artículo 39 fracción I inciso d) del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, le fueron turnados en sesión ordinaria de fecha 19 de julio de 2002, para su estudio y dictamen, los expedientes integrados con motivo de la convocatoria expedida por este H. Congreso del Estado para la designación de los magistrados que integrarán el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León.

    En los términos de la convocatoria respectiva, la recepción de propuestas se llevó a cabo del día 15 de junio al día 16 de julio del presente año.

    Ahora bien, con el propósito de dar cumplimiento a lo preceptuado en la fracción II del artículo 229 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, los diputados que suscribimos el presente dictamen procedimos a realizar las acciones necesarias a fin de revisar y analizar las propuestas recibidas, así como la documentación que en cada caso se hizo llegar al Congreso del Estado a través de la Oficialía Mayor.

    La revisión y análisis llevada a cabo por los suscritos tuvo como objetivo primordial verificar que los ciudadanos propuestos al cargo de magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León cumplieran con las bases legales establecidas en al convocatoria mencionada anteriormente, así como con los requisitos consignados en los artículos 229 y 230 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León.

    Resulta necesario hacer mención de que los treinta y dos ciudadanos propuestos a esta Soberanía con los siguientes:

    C. José Ángel González Solís

    C. Jorge Rolando Treviño Villarreal

    C. Francisco Javier Guerra Sepúlveda

    C. Arturo Salinas Salinas

    C. Hernán Patricio Mora Sáenz

    C. Leonardo Franco Salinas

    C. Jesús Alejandro Mena Gauna

    C. Salvador Reyes Garza

    C. Jorge Arnoldo Salazar Rodríguez

    C. Guillermo Guzmán de la Garza

    C. Pedro Treviño García

    C. Graciela Buchanan Ortega

    C. Horacio Tijerina Saldivar

    C. Nora Leticia Alanís Díaz

    C. Jacqueline Antun Halun

    C. María Olivia Chung Vázquez

    C. Sonia Garza Guajardo

    C. Graziella Fulvi D’pietrogiacomo

    C. María Guadalupe Palomares Alonso

    C. Alfonso Gerardo Moreno Cervantes

    C. Juan Hinojosa Villarreal

    C. Luis Gerardo Alanís Salinas

    C. Aidee García Arzavala

    C. Juanita García Aragón

    C. Javier Sepúlveda Ponce

    C. Tomas Eduardo Cantú Aguillén

    C. Raymundo Ramón Garza

    C. Spencer René Martínez García

    C. René Barrera Pérez

    C. Gerardo Salazar Lara

    C. Guillermo Campuzano Zambrano

    C. Alberto García Farfán

    Del anterior listado, los suscritos diputados integrantes de esta comisión ponente, procedimos a analizar que las personas propuestas para el cargo acrediten los requisitos señalados en los artículos 229 fracción I y 230 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, los cuales a la letra dice:

    229.-.....

    1.- El Congreso del Estado expedirá una Convocatoria abierta para la elección de los Magistrados antes del día 15 de junio del año anterior a la elección a la cual deberán concurrir L. en Derecho que reúnan los requisitos señalados en esta ley, con excepción de los poderes, dependencias y funcionarios públicos municipales, estatales y federales, tendrán derecho a presentar propuestas cualquier ciudadano, agrupación y organización social no gubernamentales legalmente constituido. A las propuestas deberán incluir la aceptación por escrito del candidato y el curriculum vitae del mismo.

    230.- Son requisitos para ser Magistrado del Tribunal Electoral del Estado:

    Ser ciudadano nuevoleonés en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, inscrito en la lista nominal de electores del Estado y contar con credencial para votar con fotografía;

    Tener residencia ininterrumpida en alguno de los Municipios del Estado, no menor de cinco años anteriores a la fecha de su designación, salvo por desempeñar cargos públicos al servicio del Estado o de la Nación o por estar realizando estudios académicos fuera de la entidad. La ausencia por menos de tres meses de la entidad no interrumpe la residencia en el Estado;

    Tener más de 35 años el día de su designación; ser profesional del derecho con una experiencia mínima de 10 años en el ejercicio de la profesión;

    No haber sido condenado por delito intencional;

    No. haber desempeñado en el período de cinco años anteriores a su designación ningún cargo o empleo público en la federación, estado o municipios o en los organismos descentralizados, excepto quienes hayan desarrollado actividades relacionadas con la docencia;

    No ser ni haber sido miembro de algún partido político nacional, estatal o de alguna asociación política, en el período de tres años anteriores al día de su postulación;

    No haber sido registrado como candidato para algún cargo de elección popular en un término de cinco años anteriores a su designación;

    No encontrarse sujeto a concurso de acreedores, suspensión de pagos o quiebra; y

    Ser de reconocida honorabilidad.

    En este orden de ideas, encontramos al analizar cada uno de los documentos contenidos en los expedientes, que únicamente cinco de las treinta y dos propuestas cumplen con los requisitos establecidos tanto en la convocatoria como en la propia Ley Electoral del Estado.

    En virtud de lo anterior y para los efectos de la fracción II del artículo 229 de la Ley Electoral del Estado, los diputados que suscribimos el presente dictamen nos permitimos presentar al pleno de esta Soberanía, el listado de los ciudadanos que cumplieron con los requisitos legales contenidos tanto en la convocatoria como en la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, a fin de que se continúe con el procedimiento establecido en la referida ley hasta la designación de los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, proponiendo a los mismos en el siguiente orden:

    Como Magistrados Numerarios:

    L.. Arturo Salinas Salinas

    Lic. Guillermo Campuzano Zambrano

    Lic. G.G. de la Garza

    Como Magistrados Supernumerarios:

    L.. Graciela Buchanan Ortega

    Lic. P.T.G.

  5. El treinta deoctubre del presente año, el Pleno de la LXIX Legislatura del Estado de NuevoLeón, celebró sesión ordinaria, en la cual se incluyó la discusión de ladesignación de los magistrados que conformarían el Tribunal Estatal Electoral,lo que quedó consignado en el acta respectiva, que en lo que concierne setranscribe a continuación:

    "ACTA NÚM. 238 DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA H. SEXAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA AL CONGREGO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. CELEBRADA EL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2002, CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL.

    PRESIDENCIA DEL C. DIP.

    ÁNGEL E.C. GARZA

    EN LA CIUDAD DE MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, SIENDO LAS DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS, DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2002, CON LA ASISTENCIA DE 42 LEGISLADORES EL C. PRESIDENTE DECLARÓ ABIERTA LA SESIÓN.

    DANDO LA BIENVENIDA A UN GRUPO DE ALUMNOS DE DIVERSOS SEMESTRES DE LA PREPARATORIA 15 UNIDAD MADERO.

    EL C. SECRETARIO DIO LECTURA AL ORDEN DEL DÍA, APROBADO EN LA SESIÓN ANTERIOR.- INTERVINO EL DIP. J.G.H.R.S. MODIFICACIÓN AL MISMO, PARA INCLUIR ANTES DE ASUNTOS EN CARTERA UN PUNTO RELATIVO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ELECTOTRAL DEL ESTADO, SECUNDADO POR EL DIP. J.C.R.G..- INTERVINIERON CON DIVERSOS SEÑALAMIENTOS Y PROPUESTAS RESPECTO AL CONTENIDO DEL ORDEN DEL DÍA, L.C.C. DIPUTADOS: M.Á.S.O., H.H.G. DE LA GARZA, M.G.C., INTERVINIERON CON MOCIONES LOS DIPUTADOS: R.S.L., ANTONIO...

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