Sentencia nº SUP-JDC-278-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Julio de 2004

JurisdicciónVeracruz
Número de resoluciónSUP-JDC-278-2004
Fecha14 Julio 2004
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: SUP-JDC-278/2004 Y SUP-JDC-280/2004 ACUMULADOS ACTOR: J.L.V.V. RESPONSABLE: COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN VERACRUZ MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ DE J.O.H. SECRETARIO: HUGO DOMÍNGUEZ BALBOA

México, Distrito Federal, a catorce de julio de dos milcuatro. VISTOS para resolver los autos de los expedientes SUP-JDC-278/2004 ySUP-JDC-280/2004, acumulados, integrado con motivo de los juicios para laprotección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovidos porJosé L.V.V., en contra de la omisión del Comité Directivo Estataldel Partido Acción Nacional en Veracruz, consistente en la falta de resoluciónde la inconformidad que el propio actor interpuso en contra de la cancelaciónde la convención municipal de Minatitlán, Veracruz, llevada a cabo eldieciséis de mayo de dos mil cuatro, y

R E S U L T A N D O

  1. El dieciséis de abril de dos mil cuatro, elPresidente y el Secretario del Comité Directivo Estatal del Partido AcciónNacional en Veracruz, emitieron la convocatoria para llevar a cabo laConvención Municipal correspondiente a Minatitlán, Veracruz, para elegir a loscandidatos a contender como presidente municipal y ediles en el mencionadomunicipio.

  2. El veintiséis de abril de dos mil cuatro, laDelegación Municipal del Partido Acción Nacional en Minatitlán, Veracruz,otorgó, entre otros, el registro como precandidato a presidente municipal deesa localidad al ciudadano J.L.V.V..

  3. El catorce de mayo de dos mil cuatro, el ComitéEjecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, a solicitud del ComitéDirectivo Estatal de ese instituto político en Veracruz, determinó cancelar laconvención precisada en el resultando I de la presente ejecutoria.

  4. No obstante lo anterior, el dieciséis de mayo de dosmil cuatro se llevó acabo la convención municipal del Partido Acción Nacionalen Minatitlán, Veracruz, en donde únicamente contendió la planilla en la cualel actor figuró como precandidato a presidente municipal propietario y, portanto, resultó electo por mayoría de veinticinco votos.

    Según manifiesta el propio actor, el veintinueve del mismomes y año, el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional enVeracruz dio a conocer que el catorce de mayo de dos mil cuatro el ComitéEjecutivo Nacional del Partido Acción Nacional ordenó la cancelación de laconvención precisada en el párrafo inmediato anterior.

  5. El tres de junio de dos mil cuatro, J.L.V. presentó escrito de inconformidad ante el Comité Directivo Estatal delPartido Acción Nacional en Veracruz, en contra de la cancelación precisada enel resultando inmediato anterior.

  6. El veintiocho y veintinueve de junio de dos milcuatro, el ciudadano J.L.V.V. promovió sendos juicios para laprotección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra de laomisión de resolver la inconformidad precisada en el resultando precedente.

  7. El dos de julio de dos mil cuatro, el Presidente delComité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Veracruz, diorespuesta al escrito de inconformidad precisado en el resultando V de lapresente ejecutoria, y en él adujo, sustancialmente, que la cancelación de laconvención de mérito se notificó oportunamente a la Delegación del PartidoAcción Nacional en Minatitlán, Veracruz, razón por la cual la convenciónmunicipal celebrada el dieciséis de mayo es inexistente y se celebró de maneradolosa.

  8. El dos y tres de julio de dos mil cuatro, en laOficialía de Partes de esta S. Superior, se recibieron los respectivosescritos signados por el S. General Adjunto del Comité EjecutivoNacional del Partido Acción Nacional, mediante los cuales rinde los informescircunstanciados de ley y, entre otros documentos, remite: A) Los escritos dedemanda, y B) Las constancias relativas a la tramitación del medio deimpugnación.

  9. El cinco de julio de dos mil cuatro, el MagistradoPresidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación porministerio de ley, acordó integrar y turnar los expedientes...

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