Sentencia nº SUP-JDC-0705-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 11 de Julio de 2007

PonenteJosé Alejandro Luna Ramos
Fecha de Resolución11 de Julio de 2007
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadChiapas
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-705/2007. ACTOR: A.V.A.. RESPONSABLE: VI CONSEJO ESTATAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN CHIAPAS. MAGISTRADO PONENTE: J.A. LUNA RAMOS. SECRETARIO: R.J.L.P..

México, Distrito Federal, a once de julio de dos mil siete.

VISTOS, para resolver, los autos del expediente citado en el rubro, relativo al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por A.V.A., contra la sesión del Pleno del VI Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Chiapas, celebrada el veintinueve de abril de dos mil siete y los acuerdos aprobados respecto de los puntos II a XI del orden del día correspondiente, y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De lo narrado por el actor y de las constancias en autos, se desprende lo siguiente:

    1. El diez de abril del año en curso se publicó la convocatoria para elegir a los candidatos del Partido de la Revolución Democrática a diputados locales por ambos principios, así como miembros de los distintos ayuntamientos.

    2. El catorce de abril de dos mil siete, el Pleno del VI Consejo Estatal del referido partido acordó reservar la totalidad de las candidaturas a diputados locales por ambos principios, así como a presidentes municipales, síndicos y regidores de ciento dieciocho municipios del Estado y crear una comisión encargada de procesar y evaluar a los candidatos internos y externos para, posteriormente, presentar al Pleno del Consejo Estatal las candidaturas procesadas y que este las votara.

    3. El veintinueve de abril del año en curso, el VI Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Chiapas sometió a discusión y fueron aprobados, entre otros, los siguientes puntos del orden del día:

    II) Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios de la política de alianzas del Partido de a Revolución Democrática en el estado de Chiapas, dentro de la elección constitucional local para elegir a los candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, así como a presidentes municipales, síndicos y regidores del estado libre y soberano de Chiapas.

    III) Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios de la coalición que el Partido de la Revolución Democrática pretende celebrar con el Partido del Trabajo, Convergencia y el Partido Verde Ecologista de México, para contender en la elección constitucional local para elegir a los candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, así como a presidentes municipales, síndicos y regidores del estado libre y soberano de Chiapas, en el proceso electoral a celebrarse en el presente año 2007, bajo la declaración de principios, programa de acción y estatuto de la coalición.

    IV) Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios de la Declaración de Principios de la Coalición mencionada, en caso de ser aprobada.

    1. Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios del Programa de Acción de la Coalición mencionada, en caso de haber sido aprobada.

      VI) Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios de los Estatutos de la Coalición mencionada, en caso de haber sido aprobada.

      VII) Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios de la Plataforma Electoral de la Coalición mencionada, en caso de haber sido aprobada.

      VIII) Análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios del Convenio de a Coalición mencionada con los requisitos que para el documento prevé la fracción V del artículo 83 del Código Electoral para el Estado de Chiapas, en caso de haber sido aprobada.

      IX) Recepción, análisis, discusión y en su caso aprobación en términos estatutarios y reglamentarios del dictamen o dictámenes emitidos por la Comisión de Candidaturas integradas en el Pleno del Consejo Estatal anterior, que en cumplimiento del resolutivo sexto del acuerdo del mismo, contendrá las candidaturas procesadas por acuerdo político, usos y costumbres y encuestas, estas últimas donde los aspirantes así lo aceptaron, así como el posterior registro de las mismas.

    2. En caso de ser procedente el cumplimiento del resolutivo octavo del acuerdo del Pleno del Consejo Estatal de fecha 14 catorce (sic) de abril del presente año.

      XI) Recepción de renuncias de los integrantes del Comité Ejecutivo estatal que sean designados candidatos y en su caso nombramientos respectivos..."

  2. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El tres de mayo del presente año, A.V.A. presentó, ante el Presidente de la Mesa Directiva del VI Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Chiapas, demanda de juicio para la protección de los derechos...

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