Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 28 de Febrero de 2013 (Tesis num. I.7o.P.10 P (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-02-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.P.10 P (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2013
Fecha28 Febrero 2013
Número de registro2002925
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 2; Pág. 1523. I.7o.P.10 P (10a.).
MateriaComún,Penal

Cuando el ofendido o víctima del delito promueve juicio de amparo contra la resolución que confirma la negativa de la orden de aprehensión, el indiciado no debe ser emplazado con el carácter de tercero perjudicado, pues de otorgarse el mandato de captura, requiere preservar el sigilo, a fin de que aquél no se sustraiga de la acción de la justicia.


SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 132/2012. 4 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: R.O.B.. Secretario: J.R.E.G..


Nota:


Por ejecutoria del 2 de septiembre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 338/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.


Por ejecutoria del 12 de abril de 2016, el Pleno en Materia Penal del Primer Circuito declaró inexistente la contradicción de tesis 13/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.


Por ejecutoria del 29 de junio de 2016, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 100/2016 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios...

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