Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. XVIII.4o.1 A (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001993
Número de resoluciónXVIII.4o.1 A (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2692. XVIII.4o.1 A (10a.).
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

El artículo 62 de la Ley Agraria permite asignar parcelas a grupos de ejidatarios, caso en el cual se presumirá, salvo prueba en contrario, que gozan de derechos en partes iguales, y serán ejercidos conforme a lo convenido entre ellos o, en su defecto, a lo que disponga el reglamento interno o la resolución de la asamblea y, supletoriamente, en términos de las reglas de copropiedad establecidas en el Código Civil Federal. Sin embargo, tal numeral es inaplicable cuando se ejercita la acción de prescripción adquisitiva sobre la fracción de una parcela en copropiedad proindiviso, que se intenta con el fin de no vulnerar el principio de indivisibilidad de las parcelas, puesto que no se está en el supuesto de la asignación de una parcela a un grupo de personas...

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