Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. X.A.T.3 K (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Circuito, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.A.T.3 K (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Número de registro2001516
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 2003. X.A.T.3 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De conformidad con el artículo 9o., párrafo segundo, de la Ley de Amparo, las personas morales oficiales están exentas de exhibir las garantías que la ley exige a las partes. Por su parte, de los preceptos 124, 125, párrafo primero y 139 de la citada ley, se advierte que para la suspensión que en su caso proceda contra el cobro de multas administrativas no fiscales, debe otorgarse garantía bastante para reparar el daño e indemnizar los perjuicios que con la suspensión se causaren a algún tercero. Consecuentemente, cuando se pida la medida cautelar contra la imposición de una multa de esa naturaleza a una persona física que represente a una moral oficial, aquélla deberá exhibir las garantías exigidas por la ley de la materia para su efectividad, en virtud de que el importe de la sanción lo cubrirá con su...

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