Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 31 de Mayo de 2012 (Tesis num. VI.1o.A.25 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 01-05-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.A.25 A (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2012
Fecha31 Mayo 2012
Número de registro2000704
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1773. VI.1o.A.25 A (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

En aras del principio de prontitud en la impartición de justicia contenido en el derecho fundamental que prevé el artículo 17 constitucional, cuando con motivo de la concesión de amparo solicitada se ordena al Magistrado instructor prevenir a la actora para que manifieste si señala o no como actos impugnados destacados en el juicio de nulidad a los actos administrativos, decretos o acuerdos de carácter general, diversos de los reglamentos, aplicados en la resolución determinante controvertida, y como demandadas a las autoridades que los emitieron o a quien legalmente las represente, debe ponderarse en cada caso si el previo ofrecimiento y desahogo de las respectivas probanzas (distintas de las documentales que se desahogan por su propia naturaleza) que obran en el juicio contencioso administrativo, deben o no subsistir a efecto de no afectar la oportunidad de defensa de la autoridad que eventualmente pueda ser llamada al juicio fiscal; conforme a lo cual, se considera que si las pruebas diversas de las documentales que fueron ofrecidas y desahogadas en autos, versan sobre...

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