Ejecutoria nº V-P-1aS-214 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2004

Número de resoluciónV-P-1aS-214
Fecha de publicación01 Julio 2004
Fecha01 Julio 2004
Número de expediente2670/03-17-09-8/1209/03-S1-04-03
Número de registro75400
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño IV. No. 43. Julio 2004.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

C O N S I D E R A N D O :

(...)

TERCERO

(...)

A juicio de esta Primera Sección de la Sala Superior el concepto de impugnación planteado por la actora resulta ser fundado y suficiente para declarar la nulidad de la resolución impugnada, con base en las siguientes consideraciones:

Del estudio de las constancias que obran en el expediente se advierte lo siguiente:

  1. - Mediante oficio número 341-III-10024 de fecha 13 de mayo de 1996 (folios 512 y 513 del expediente), emitido por el Director de Auditoría Internacional de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales, requirió al representante legal de Meldisco, S.A. de C.V. para que en el término de 15 días hábiles le proporcionara la información y documentación siguiente:

    “1.- Copia de los certificados de origen válidos que amparen las importaciones realizadas por su representada, bajo las fracciones arancelarias 6402.91.01, 6402.99.02, 6402.99.05, 6403.59.99, 6403.91.01, 6403.91.02, 6403.91.03, 6403.91.99, 6403.99.02, 6403.99.03, 6403.99.04, 6403.99.05, 6404.11.01, 6404.11.02, 6404.19.01, 6404.19.02, 6404.19.03 y 6401.92.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, y que se efectuaron durante el periodo comprendido del 1o. de enero de 1995 al 28 de febrero de 1996, respecto de las cuales se haya solicitado trato arancelario preferencial de conformidad con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

    “2.- Copia de los pedimentos de importación, de las facturas comerciales y de los conocimientos de embarque o guías de tráfico aéreo, así como de las manifestaciones de valor y de los elementos que se hayan tomado en consideración para determinar el valor en aduanas de las mercancías relacionadas con la documentación solicitada en el punto anterior.

    3.- Proporcione las razones y los elementos que se tomaron en consideración para determinar la clasificación arancelaria utilizada en la importación de los bienes a los que se hace referencia en el numeral 1, anexando copia de folletos por modelo, catálogos del producto, fotografía y demás elementos que le permitieron identificar dichos bienes.

  2. - El oficio descrito en el punto anterior fue notificado a la hoy actora con fecha 15 de mayo de 1996, según manifestación expresa que realizó la actora en el hecho 2 de su escrito de demanda sin que la autoridad demandada lo desvirtuara.

  3. - Por escrito de fecha 4 de junio de 1996, Meldisco de México S.A de C.V., dio contestación al requerimiento formulado.

  4. - Por oficio número 330-SAT-VII-12051 de fecha 23 de mayo de 2001, emitido por el Administrador Central de Auditoría Fiscal Internacional emitió el oficio de observaciones concediéndole a la actora un término de 20 días hábiles para que manifestara lo que su derecho conviniera (folio 186 a 190 de autos) oficio que fue notificado a la actora el día 6 de junio de 2001, según constancia de notificación que obra en el expediente a folio 191.

  5. - Por oficio número 330-SAT-VII-19812 de 12 de julio de 2001, la Administración Central de Auditoría Fiscal Internacional de la Administración General de Grandes Contribuyentes determinó a cargo de Meldisco, S.A. de C.V. un crédito fiscal en cantidad total $118’104,425.17, por conceptos de impuestos al comercio exterior, impuesto al valor agregado, cuotas compensatorias, recargos y multas, en virtud de que aplicó indebidamente el trato arancelario preferencial a mercancía descrita como calzado y sus partes, lo que se realizó en los siguientes términos:

    “CONSIDERANDOS

    “PRIMERO.- Que la Administración Central...

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