Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-15-44.98 hectárea de agostadero de uso común, de terrenos del ejido San Francisco Coacalco, Municipio de Coacalco de Berriozábal, Edo. de Méx. (Reg.- 1129

Fecha de disposición16 Junio 2000
Fecha de publicación16 Junio 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-15-44.98 hectárea de agostadero de uso común, de terrenos del ejido San Francisco Coacalco, Municipio de Coacalco de Berriozábal, Edo. de Méx. (Reg.- 1129)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracciones I y VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio sin número de fecha 9 de septiembre de 1998, el Gobierno del Estado de México solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 0-14-97.81 Ha., de terrenos del ejido denominado SAN FRANCISCO COACALCO , Municipio de Coacalco de Berriozábal del Estado de México, para destinarlos a la construcción de una repetidora del sistema de radio y televisión mexiquense, para la ampliación de la cobertura hacia el Valle de Cuautitlán-Texcoco, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracciones I y VII y 94 de la Ley Agraria; y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 0-15-44.98 Ha., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 13 de septiembre de 1928, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1928 y ejecutada el 28 de noviembre de 1928, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido SAN FRANCISCO COACALCO , Municipio de Coacalco de Berriozábal, Estado de México, una superficie de 836-00-00 Has., para beneficiar a 208 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 20 de julio de 1938, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de agosto de 1938 y ejecutada el 4 de agosto de 1938, se concedió por concepto...

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