Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-94-67 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido Motozintla, municipio del mismo nombre, Chis

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-94-67 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido Motozintla, municipio del mismo nombre, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo 1o., fracción VI de la Ley de Expropiación; 94, 95, 96 y 97 de la citada Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 16807 de fecha 7 de marzo del 2001, la Secretaría de la Defensa Nacional solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 0-94-67.172 Ha., de terrenos del ejido denominado MOTOZINTLA , Municipio de Motozintla del Estado de Chiapas, para destinarlos a la construcción de instalaciones militares, el desarrollo de actividades castrenses en general y adiestramiento al personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en la citada región, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo 1o., fracción VI de la Ley de Expropiación, y 94 de la citada Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12579. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 0-94-67 Ha., de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada con las instalaciones construidas por la Secretaría de la Defensa Nacional, en virtud de la anuencia otorgada mediante constancia de fecha 2 de marzo del 2003, suscrita por los integrantes del Comisariado Ejidal y Consejo de Vigilancia del núcleo agrario MOTOZINTLA , Municipio de Motozintla, Estado de Chiapas.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 16 de abril de 1935, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 1935 y ejecutada el 21 de noviembre de 1938, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido MOTOZINTLA , Municipio de Motozintla, Estado de Chiapas, una superficie de 3,509-88-28 Has., para beneficiar a 117 capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; por Decreto Presidencial de fecha 26 de agosto de...

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