Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. I.5o.C.4 C (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001238
Número de resoluciónI.5o.C.4 C (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1634. I.5o.C.4 C (10a.).
MateriaCivil

El análisis de los párrafos segundo y tercero del artículo 1344 del Código de Comercio exige a los vencidos o a quienes no obtuvieron todo lo que pidieron en un juicio mercantil, exponer agravios en relación con las violaciones procesales que aduzcan tanto en escrito por separado al tramitar la apelación preventiva, como al interponer la apelación contra la sentencia definitiva. Lo anterior revela una exigencia redundante para los afectados por una violación procesal ocurrida dentro de ese tipo de asuntos, puesto que la interpretación armónica y sistemática de lo previsto en los párrafos sexto y séptimo del propio artículo, así como el cuarto párrafo del diverso artículo 1339 (vigente hasta el 31 de diciembre de 2011), e incluso las finalidades contenidas en la reforma legal que dio origen a la apelación preventiva en materia mercantil, permiten advertir lo innecesario y reiterativo de la exigencia legal mencionada, en tanto que puede ocurrir que sólo se hubieren expresado inconformidades respecto de las citadas violaciones al procedimiento en el escrito del recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia; lo cual se considera adecuado a las reglas procesales de la apelación preventiva; sin que pueda justificarse la existencia de la referida exigencia legal por el hecho de que con ello se trate de garantizar la plena identificación de las impugnaciones a través de su reiterada...

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