- RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE LA CUAL SE ACREDITA AL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO “PARTIDO DEL TRABAJO” PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2021-2022. (CG-R-74/21).

Fecha de publicación11 Octubre 2021
SecciónPrimera Secció
Pág. 40 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 11 de 2021
(Primera Sección)
Adicionalmente, el ciudadano Iván Alejandro Sánchez Nájera, presidente del Partido de la Revolución
Democrática en el estado de Aguascalientes, designó al ciudadano Juan Enrique Estrada Martínez, como
titular de finanzas de dicho partido, encargado de las franquicias postales del mismo y representante ante la
Unidad de Transparencia, designaciones que este Consejo General tomará en cuenta en el momento en que
se desarrollen las actividades relacionadas con sus funciones.
Por todo lo expuesto y con fundamento en los artículos 41, Base I, 116 fracción IV inciso c) de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 Apartado B de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes; 23 párrafo 1 incisos a) y b) de la Ley General de Partidos Políticos; 12, 14, 22, 64, 66, 69 y
75 fracciones IV, V y XX del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, este órgano superior de dirección
y decisión electoral en el estado procede a emitir la siguiente:
R E S O L U C I Ó N:
PRIMERO. Este Consejo General es competente para emitir la presente resolución de conformidad con lo
establecido en los Considerandos que la integran.
SEGUNDO. Este Consejo General acredita al partido político nacional denominado “Partido de la Revolución
Democrática” para contender en el Proceso Electoral Local 2021-2022.
TERCERO. La presente resolución entrará en vigor y surtirá sus efectos legales al momento de su aprobación
por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
CUARTO. Notifíquese la presente resolución al partido político nacional denominado “Partido de la Revolución
Democrática”, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código Electoral para el Estado de
Aguascalientes, o en su defecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253, párrafo primero del citado
ordenamiento electoral local.
QUINTO. Notifíquese por estrados la presente resolución en términos de lo establecido en los artículos 318,
320 fracción III, 323 y 325 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes; y 48, párrafo primero del
Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
Así mismo, publíquese la presente resolución en la página web oficial de este Instituto, atendiendo al párrafo
segundo, del último de los preceptos legales invocados.
SEXTO. Para su conocimiento general solicítese a la Secretaría General de Gobierno, la publicación de la
presente resolución en el Periódico Oficial del Estado, lo anterior con fundamento en lo establecido en los
artículos 320, fracción VI, del Código Electoral del Estado de Aguascalientes y 48, párrafo segundo, del
Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
La presente resolución fue tomada en sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de
Aguascalientes, celebrada el treinta de septiembre de dos mil veintiuno. CONSTE. ---------
CONSEJERO PRESIDENTE
SECRETARIO EJECUTIVO
M. en D. LUIS FERNANDO
LANDEROS ORTIZ
M. en D. SANDOR EZEQUIEL
HERNÁNDEZ LARA
Así lo aprobaron, por unanimidad de votos, la y los Consejeros Electorales que integran el Consejo General del Instituto Estatal Electoral
de Aguascalientes; lo anterior, de conformidad con la fracción I del artículo 36 del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo
General del Instituto Estatal Electoral.
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
CG-R-74/21
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE LA CUAL
SE ACREDITA AL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO “PARTIDO DEL TRABAJO PARA
PARTICIPAR EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2021-2022.
Reunidos en sesión ordinaria, de manera virtual las y los integrantes del Consejo General, previa convocatoria
de su presidente y determinación del quórum legal, con base en los siguientes:

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