- REGLAMENTO DEL COMITÉ INTERNO DE LICITACIÓN DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.

Fecha de publicación15 Noviembre 2021
Sección
Pág. 84 PERIÓDICO OFICIAL Noviembre 15 de 2021
(Primera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DEL DE AGUASCALIENTES
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
REGLAMENTO DEL COMITÉ INTERNO DE LICITACIÓN DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
CAPÍTULO I
Generalidades
Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por objeto regular y reglamentar las funciones del Comité Interno
de Licitación de la Secretaría de Obra Públicas del Municipio de Aguascalientes. De conformidad con el
Artículo 24 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus
Municipios; y los Artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios, motivado y fundamentado en el
Artículo 109 del Código Municipal de Aguascalientes.
Artículo 2º.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
I.- Ley: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
II.- Reglamento: Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de
Aguascalientes y sus Municipios.
III.- Secretaría: La Secretaría de Obras Públicas del Municipio de Aguascalientes.
IV.- Comisario: Órgano Interno de Control del Municipio de Aguascalientes.
V.- Contratista: La Persona que celebre Contratos de Obra Pública y de Servicios Relacionados con las
Mismas.
VI.- Licitante: La persona física y/o moral que participa en los procedimientos de adjudicación de contratos
de obra pública y/o servicios relacionados por medio de convocatorias públicas y/o por invitación restringida;
VII.- Padrón: Al Padrón Estatal de Contratistas, según lo define la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios;
VIII.- Comité: El Comité Interno de Licitación de la Secretaría de Obras Públicas del Municipio de
Aguascalientes.
Artículo 3º.- El Comité señala como domicilio para llevar a cabo las sesiones el ubicado en la Calle Av.
Aguascalientes Sur 2615, Fraccionamiento Jardines de Las Fuentes, C.P. 20278, en la ciudad de
Aguascalientes, Aguascalientes.
CAPÍTULO II
De los Integrantes del Comité
Artículo 4º.- El Comité contará con los siguientes integrantes:
I. Un Coordinador, que será la Encargada o Encargado de Despacho o Secretaria o Secretario de
Obras Públicas del Municipio de Aguascalientes.
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
A V I S O L E Y S E C A
La Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, con fundamento en los artículos 120
fracción VII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 21 de la Ley que regula la Venta y Consumo
de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Aguascalientes, 107 fracciones III y XVI del Código Municipal de
Aguascalientes en correlación con el 1302 del citado Código, notifica por este conducto a todos los
propietarios de establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios, que queda prohibida la venta,
distribución y consumo de bebidas alcohólicas el día sábado 20 de noviembre del año 2021 de las
03:00 horas, a las 14:00 horas del mismo día, con motivo del CXI Aniversario del inicio de la
REVOLUCIÓN MEXICANA.
Lo anterior se comunica para los efectos legales conducentes.
EL SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO
Y DIRECTOR GENERAL DE GOBIERNO
DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
Lic. Jaime Gerardo Beltrán Martínez

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