- CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ESCUELA NORMAL DE AGUASCALIENTES.

Fecha de publicación20 Septiembre 2021
SecciónPrimera Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 99Septiembre 20 de 2021 (Primera Sección)
V. Presentará al Comité de Ética el expediente para que en la misma se proceda a su análisis y
determinación.
CAPÍTULO XII
Divulgación, Transparencia y Protección de Datos,
así como Manifestación de Posibles Conflictos de Interés
Artículo 36.- Corresponderá al Órgano Interno de Control, llevar a cabo el cumplimiento de manera
estricta y en tiempo y forma el envío del acta de instalación, el Código de Ética y de Conducta, el Programa
Anual de Trabajo y las acciones de sensibilización, capacitación y difusión que realice el Comité de Ética a la
Contraloría del Estado, a fin de que esta lleve cabo el alta de los mismos en el micro sitio donde se publicaran
y dará difusión permanente al tema.
La Entidad, deberá adoptar las medidas necesarias, para asegurar la difusión y comunicación de los
presentes lineamientos, del Código de Conducta y del Código de Ética, así como las actividades, objetivos y
resultados de los Comités.
En caso de que algún integrante del Comité de Ética considere que incurre en conflicto de interés,
por vincularse la naturaleza del tema con alguno de sus intereses personales, familiares o profesionales,
deberá manifestarlo y excusarse de participar en el desahogo del tema.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Los presentes lineamientos iniciarán su vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO. - Quedan sin efecto aquellas disposiciones que se opongan a lo previsto en el presente Acuerdo.
Dado por el ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES,
en las instalaciones del Instituto de Educación de Aguascalientes, en la Ciudad de Aguascalientes, a los 4
días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES
C.P. ALEJANDRO JAVIER TAVARES DÍAZ DE LEÓN
Titular de la Unidad Auditora
LIC. ERNESTO ORTIZ RICO CONTRERAS
Titular de la Unidad Investigadora
LIC. GAMALIEL JÁUREGUI AGUAYO
Titular de la Unidad Substanciadora y Resolutora
ESCUELA NORMAL DE AGUASCALIENTES
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ESCUELA NORMAL DE AGUASCALIENTES
El CONSEJO DIRECTIVO DE LA ESCUELA NORMAL DE AGUASCALIENTES, en ejercicio de las
facultades que le confiere el artículo16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Decimo
Primero del “Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la e misión del Código de Ética a que
se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, emitido por el Comité
Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha
12 de octubre de 2018; artículo 5 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes; artículos 3,
5 fracción I, 15 y 16 fracciones I y III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Aguascalientes; artículos 2° párrafo segundo fracción I, 8, 5, 10, 40, 41 fracción VIII y 45 de la Ley p ara el
Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; artículos 35 fracción I y XIX y 36 fracción
XIII del Reglamento Interior de la Escuela Normal de Aguascalientes; artículos 1, 2, 7 fracción XII, de la Ley
Orgánica de la Escuela Normal de Aguascalientes, ha tenido a bien expedir el siguiente “CÓDIGO DE
CONDUCTA DE LA ESCUELA NORMAL DE AGUASCALIENTES” al tenor de los siguientes:

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