- ACUERDO MEDIANTE EL QUE SE AUTORIZAN BASES DE CARÁCTER GENERAL QUE CONTIENEN LAS POLÍTICAS GENERALES DE DESCUENTO Y/O SUBSIDIO.

Fecha de publicación22 Marzo 2021
SecciónCuarta Sección
Pág. 84 PERIÓDICO OFICIAL Marzo 22 de 2021
(Cuarta Sección)
número, Zona Centro, Calvillo, Aguascalientes, o en su defecto dentro de los 60 días hábiles siguientes a la
celebración del sorteo. es decir, del sábado 10 de abril al miércoles 09 de junio de 2021, en días y horas
hábiles, (de lunes a viernes) de 08:00 a 16:00 horas en la Secretaría de Finanzas y Administración.
De la información oficial:
La información oficial en la cual se contengan los datos de los boletos ganadores será resguardada en la
seguridad de la Secretaria de Finanzas y Administración de este municipio de Calvillo, durante los 90 días
contados a partir de la fecha de celebración del sorteo.
Autoridad responsable:
En caso de queja o inconformidad derivada de la celebración del sorteo y/o entrega de premios, el órgano
de control interno del municipio de Calvillo, será la instancia encargada de dirimir las controversias que se
presenten.
De los premios no reclamados o entregados
En caso que no se pueda localizar al ganador después de haber hecho la publicación por estrados en el
término de 60 días o que éste no reclame el premio, en el tiempo establecido para tal efecto, estos premios
pasaran a formar parte del patrimonio del municipio de Calvillo.
Documentación que será entregada al ganador:
1.- Copia de la factura del premio que corresponda.
2.- En el caso del vehículo la factura a nombre del ganador.
A T E N T A M E N T E
LIC. MA. INOSENCIA RAMOS DE LARA LAE JOSÉ ANTONIO CARBAJAL ALONSO
SÍNDICO MUNICIPAL SECRETARIO DE FINANZAS
Y ADMINISTRACIÓN
AYUNTAMIENTO DE CALVILLO, AGUASCALIENTES
El Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, en Sesión extraordinaria celebrada
el día de hoy, en uso de las facultades que le confieren los Artículos 115, fracción IV de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 70, fracción III de la Constitución Política
del Estado de Aguascalientes y 36 de la Ley Municipal del Estado de Aguascalientes y tomando en
cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES
Que en atención a lo dispuesto por en la Ley de Ingresos del Municipio de Calvillo, Aguascalientes,
para el Ejercicio Fiscal de 2021 y con el afán de dar a los contribuyentes la oportunidad de ponerse al
corriente en el pago de los Impuestos, Derechos y demás Contribuciones e Ingresos Municipales, tomando
en consideración la crisis económica que padece el País, la cual ha afectado a todos los mexicanos por
igual, lo que ha originado que un gran número de personas se encuentren rezagadas en el cumplimiento de
pago de sus obligaciones fiscales u omitan el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Leyes
Fiscales y por ende se han generado accesorios, recargos, sanciones y gastos de ejecución, a los
anteriores e incumplimiento de dichas leyes.
Que la Ley de Ingresos del Municipio de Calvillo, Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal del 2021,
entró en vigor el día primero de enero del año en curso, a partir de esa fecha, las autoridades encargadas
de su aplicación han recibido las opiniones de diversos sectores a quienes se dirige la Ley, escuchando sus
manifestaciones en el sentido de que las actuales condiciones económicas les dificulta el pago de los
montos de algunos de los conceptos que han sido establecidos por la Legislatura Estatal en la referida Ley
de Ingresos y dado que anteriormente se han concedido algunos de estos descuentos y/o subsidios
conforme a políticas previamente aprobadas, la población en general y algunos representantes de
determinados grupos sociales han acudido a solicitar los descuentos que se concedían con anterioridad, sin
conocer que tales políticas dejaron de tener vigor al cierre del ejercicio anterior, en razón de que la Ley de
Ingresos tiene una vigencia anual.
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO

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