- ACUERDO DELEGATORIO EN FAVOR DE LA SUBDIRECCIÓN JURÍDICO ADMINISTRATIVA Y DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO CONTENCIOSO.

Fecha de publicación16 Agosto 2021
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 25Agosto 16 de 2021 (Primera Sección)
IX. Cuando el interesado no se ajuste a los términos, condiciones y requisitos en que se le haya otorgado
la autorización o haga uso indebido a ésta;
Por lo anterior al dejar de funcionar su establecimiento con el giro de SERVICIO CONTROL Y
EXTERMINACIÓN DE PLAGAS; ya que como se comprobó de manera fehaciente que el establecimiento
ya no existe.
IV.- Así mismo se dio cumplimiento al artículo 382 de la Ley General de Salud el cual expresa que: “En los
casos a que se refiere el Artículo 380 de esta Ley, con excepción del previsto en la fracción XI, la autoridad
sanitaria citará al interesado a una audiencia para que éste ofrezca pruebas y alegue lo que a su derecho
convenga. En los casos en que las autoridades sanitarias fundadamente no puedan realizar la notificación
en forma personal, ésta se practicará tratándose de la Secretaría de Salud, a través del Diario Oficial de la
Federación, y tratándose de las Entidades Federativas, a través de las gacetas o periódicos oficiales.
V.- El Procedimiento Administrativo se tramito conforme a Derecho, en el que se cumplió con las
formalidades de las garantías de legalidad y debido proceso consagradas en los artículos 14 y 16 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como lo establecido en los artículos 416, 417,
418 y 432 de la Ley General de Salud y en consecuencia ha sido procedente la presente instancia
administrativa en la que quedaron acreditadas las infracciones que se le atribuyen al establecimiento
denominado : “FUMICEN FUMIGACIONES DEL CENTRO, S. A. DE C.V.”, y de conformidad al Acuerdo
publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes de fecha 05 de julio de 2021, en el que se
expresa en su Artículo Primero los días inhábiles comprendidos del 19 de julio de 2021 al 30 de julio de
2021, por motivo de vacaciones del personal de la Dirección de Regulación Sanitaria. Y considerando
todas y cada una de las constancias que obran en el expediente administrativo y en base a los
razonamientos lógico jurídicos que se tienen por reproducidos en la presente resolución; se concluye lo
siguiente:
Fundado en lo anterior, es de resolverse y se resuelve:
P R I M E R O.- Con fundamento legal en los artículos 4 párrafo cuarto, 14 y 16 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, 380, 382 y 386 de la Ley General de Salud, se procede a dictar la
Revocación de la Licencia Sanitaria No. 1401SA09, expedida a favor de la Persona Moral con Razón
Social: FUMICEN FUMIGACIONES DEL CENTRO, S.A. DE C.V., en su carácter de propietario del
establecimiento denominado: “FUMICEN FUMIGACIONES DEL CENTRO, S.A. DE C.V.”
S E G U N D O.- Se le informa a la Persona Moral con Razón Social: FUMICEN FUMIGACIONES DEL
CENTRO, S.A. DE C.V., en su carácter de propietario del establecimiento denominado: “FUMICEN
FUMIGACIONES DEL CENTRO, S.A. DE C.V.”, que de conformidad a lo establecido en el artículo 387 de
la Ley General de Salud la presente resolución de Revocación de Licencia Sanitaria No. 1401SA09, surtirá
efectos en su caso de clausura definitiva, prohibición de venta, prohibición de uso o de ejercicio de
las actividades a que se refiera la autorización revocada.
T E R C E R O.- Se le hace de su conocimiento que contra resoluciones de esta Autoridad Sanitaria
procede el recurso de inconformidad, el cual deberá interponerse en un plazo de 15 días hábiles y en los
términos de lo establecido en los artículos 438 y 439 de la Ley General de Salud.
C U A R T O.- Notifíquese vía Edicto publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, la
presente resolución a la Persona Moral con Razón Social: FUMICEN FUMIGACIONES DEL CENTRO, S.A.
DE C.V., en su carácter de propietaria del establecimiento denominado: “FUMICEN FUMIGACIONES DEL
CENTRO, S.A. DE C.V.”.
Así lo resolvió y firma el Director de Regulación Sanitaria, del Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes.
L.S.P. OCTAVIO JIMÉNEZ MACÍAS.
INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES
ACUERDO DELEGATORIO
MTRO. ULISES REYES ESPARZA, en mi carácter de Director General del Instituto de Educación de
Aguascalientes, en virtud del nombramiento que como tal me fue otorgado por el C.P. Martín Orozco
Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, en fecha 8° marzo de 2021, con
fundamento en los artículos 15 fracción II y VII, 42 fracciones I, V, VI y IX de la ley para el Control de las
Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; 1, 3, 13 fracción VII, 14 y 58 fracción XV del
Reglamento Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes, tengo a bien expedir el siguiente
ACUERDO DELEGATORIO en favor de la Subdirección Jurídico Administrativa y del Departamento
Jurídico Contencioso, para expedir copias certificadas de las constancias que obren en los archivos del IEA
cuando deban ser exhibidas en procedimientos judiciales o contencioso administrativos y, en general, para
cualquier proceso o averiguación prevista en el artículo 111 fracción XXV del Reglamento Interior del Instituto
de Educación de Aguascalientes al tenor de los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
PRIMERO.- Que en términos de la Ley del Instituto de Educación de Aguascalientes, es un Organismo
Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios,
el cual, dentro de sus atribuciones le corresponde coordinar, dirigir y operar el Sistema Educativo Estatal,
relacionado con los servicios de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior, superior,
educación normal y demás para la formación y actualización de docentes, así como la educación especial,
educación para adultos y formación para el trabajo en el Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO.- Que la Dirección General del Instituto contará con un titular quien tendrá la representación legal
del IEA, y quien para la atención y despacho de los asuntos de su competencia, contará con Direcciones,
Coordinaciones, Subdirecciones, Jefaturas de Departamento o unidades administrativas análogas, cuyas
facultades y obligaciones se regularán de manera específica en el Reglamento Interior.
TERCERO.- Que en términos de la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes, dentro de las
atribuciones que tiene el IEA como autoridad educativa estatal, se encuentra el expedir copias certificadas
de las constancias que obren en los archivos del IEA cuando deban ser exhibidas en procedimientos judiciales
o contencioso administrativos y, en general, para cualquier proceso o averiguación, misma que en términos
del artículo 111 fracción XXV es competencia del Director Jurídico.
CUARTO.- Que durante el periodo comprendido del 16 al 22 de agosto del 2021, el Director Jurídico estará
ausente de sus funciones.
QUINTO.- Que dentro de la estructura de la Dirección Jurídica del Instituto de Educación de Aguascalientes
prevista en el artículo 5º del Reglamento Interior, se encuentran la Subdirección Jurídico Administrativa y el
Departamento Jurídico Contencioso a cargo de la C. Yamilah Marisol Gutiérrez Ornelas y Verónica
Hernández Ruiz respectivamente.
SEXTO.- Que en términos del artículo 14 del Reglamento Interior del Instituto de Educación de
Aguascalientes, las facultades que corresponden a las unidades administrativas del IEA, corresponden
originalmente al Director General, quien podrá delegar sus facultades en los servidores públicos de las
distintas unidades administrativas del IEA, excepto aquellos que deban ser atendidos directamente por él, lo
que deberá realizar mediante acuerdo que se publicará en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
SEPTIMO.- Que con el propósito de que no se vean interrumpida la atención a las solicitudes de
certificaciones que se presenten ante la Dirección Jurídica durante el periodo del 16 al 22 de agosto del 2021,
es necesario emitir el presente acuerdo delegatorio a fin de que dicha atribución pueda ser desempeñada
indistintamente por la Subdirectora Jurídico Administrativa así como por la Jefa del Departamento Jurídico
Contencioso, motivo por el cual, se estima conveniente expedir el presente acuerdo delegatorio al tenor de
lo siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Director General del Instituto de Educación de Aguascalientes delega de forma indistinta a la
C. Lic. Yamilah Marisol Gutiérrez Ornelas Subdirectora Jurídico Administrativa y a la C. Lic. Verónica
Hernández Ruiz Jefa del Departamento Jurídico Contencioso, la atribución prevista en la f racción XXV del
artículo 111 del Reglamento Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes consistente en “Expedir
copias certificadas de las constancias que obren en los archivos del IEA cuando deban ser exhibidas en
procedimientos judiciales o contencioso administrativos y, en general, para cualquier proceso o
averiguación.”
SEGUNDO.- La atribución referida en el punto anterior, se delega sin perjuicio de que la ejerza directamente
el Director General del Instituto.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR