PROY-NOM-017-SESH-2013: Centros de Destrucción de Recipientes para Contener Gas L.P.- Diseño, Construcción y Condiciones de Operación.

DependenciaFederal
ClavePROY-NOM-017-SESH-2013
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaManejo de Desechos y Servicios de Remediación
ProductoRecipientes para contener Gas L.P.

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-017-SESH-2013, Centros de destrucción de recipientes para contener Gas L.P.- Diseño, construcción y condiciones de operación. La Secretaría de Energía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, 33, fracciones XII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38, fracciones II, V y IX, 40, fracciones I y XIII, 41, 43 y 47, fracción I, 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33, párrafo primero, 80 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 fracción IX, 56 fracción V, 79, 80 fracción I, 83 fracción II y 87 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo; 1, 2, apartado B, fracción III, y 8, fracciones XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se sometió a consideración y fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización en Materia de Hidrocarburos en su Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el 21 de noviembre de 2013, para efectos de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que las personas interesadas, dentro de los sesenta días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en avenida Insurgentes Sur número 890, piso 4, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03100, México, D.F., teléfono (55) 50006000 Ext. 1130; Fax: (55) 50006253 o bien a los correos electrónicos iposadas@energia.gob.mx, gestrada@energia.gob.mx, avazquez@energia.gob.mx o michelrp@energia.gob.mx.

SEGUNDO. Que durante el plazo mencionado en el considerando anterior, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y los documentos que sirvieron de base para la elaboración del proyecto, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes citado.

Por lo expuesto y fundado, se expide para consulta pública el siguiente:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-017-SESH-2013, CENTROS DE DESTRUCCIÓN DE RECIPIENTES PARA CONTENER GAS L.P.- DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y CONDICIONES DE OPERACIÓN

ÍNDICE

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Diseño y construcción

  5. Memorias técnico-descriptivas

  6. Especificaciones

  7. Medidas de seguridad

  8. Operación

  9. Capacitación

  10. Rótulos y señalización

  11. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad (PEC)

  12. Sanciones

  13. Vigilancia

  14. Concordancia con normas internacionales y normas mexicanas

  15. Bibliografía

    Transitorios

    Nota: en lo subsecuente, cuando se haga referencia al "Presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana", se estará aludiendo al presente documento una vez que se haya publicado como Norma Oficial Mexicana.

  16. Objetivo y campo de aplicación

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los requisitos técnicos mínimos de diseño, construcción y operación que deben cumplir los Centros de destrucción de recipientes transportables y no transportables para contener Gas L.P., así como el Procedimiento para la evaluación de la conformidad.

  17. Referencias

    Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana se complementa con la siguiente Norma Oficial Mexicana o la que la sustituya:

    NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones Eléctricas (utilización), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2012.

  18. Definiciones

    Para la correcta aplicación del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se establecen las siguientes definiciones y abreviaturas:

    3.1 Área de almacenamiento de recipientes destruidos: Lugar dentro del centro de destrucción donde se almacenan los recipientes destruidos.

    3.2 Área de destrucción: Lugar dentro del centro de destrucción donde se lleva a cabo destrucción de los recipientes.

    3.3 Área de recepción y almacenamiento: Lugar donde se clasifican y almacenan los recipientes recibidos.

    3.4 Centro de destrucción: Instalación con maquinaria y equipo móviles o fijos, destinada al acopio y destrucción de equipo utilizado para el almacenamiento y distribución de Gas L.P. que no cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

    3.5 Gas L.P. o Gas Licuado de Petróleo: Combustible compuesto primordialmente por butano y propano.

    3.6 NPT: Abreviatura de nivel de piso terminado.

    3.7 Recipiente Portátil: Tipo de recipiente transportable utilizado para la distribución, cuyas características de seguridad, peso y dimensiones, una vez llenado, permiten que pueda ser manejado manualmente por usuarios finales.

    3.8 Recipiente Transportable: Envase utilizado para contener Gas L.P., a presión, y que por sus características de seguridad, peso y dimensiones, una vez llenado, debe ser manejado manualmente por personal capacitado para llevar a cabo la distribución.

    3.9 Recipiente No Transportable: Envase utilizado para contener Gas L.P., a presión, y que por sus accesorios, peso, dimensiones, o tipo de instalación fija, no puede manejarse o transportarse por los usuarios finales, una vez llenado, por lo cual debe ser abastecido en su sitio de instalación.

    3.10 Tanque Estacionario: Tipo de recipiente no transportable destinado al consumo de Gas L.P. por parte del usuario final, en instalaciones de aprovechamiento ubicadas en inmuebles.

  19. Diseño y construcción

    4.1 Proyectos

    Los proyectos deben estar integrados por memorias técnico descriptivas, planos civil, eléctrico y del sistema de seguridad. Dichos planos y memorias deben contener lo siguiente:

    1. Nombre, denominación o razón social, y domicilio del Centro de destrucción;

    2. Nombre completo y firma autógrafa del propietario o su representante legal;

    3. Nombre completo, firma autógrafa y número de cédula profesional del ingeniero proyectista, expedida por la Secretaría de Educación...

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