Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 3o., 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de protección civil., de 21 de Marzo de 2017

Que reforma los artículos 3o., 11 y 14 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XI del artículo 3 y V del artículo 11, y se reforma la fracción I del artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social al tenor de lo siguiente: Exposición de Motivos

Entre los objetivos de la Ley General de Desarrollo Social se encuentra la definición de los principios y lineamientos generales a los que debe sujetarse la política Nacional de Desarrollo Social, señalando que debe incluir entre otras vertientes la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, seguridad social y programas asistenciales; el desarrollo regional, la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía.

Asimismo, se señala en el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno de la República que los niveles de pobreza, desigualdad social y exclusión que enfrenta México constituyen un desafío político y moral, así como una contradicción con los indicadores de desarrollo económico que nuestro país ha alcanzado en los últimos tiempos.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación en Política Social, - CONEVAL por sus siglas-, para el año 2010 se encontraban en situación de pobreza el 46.2% de la población nacional, lo que significa que cerca de la mitad de la población mexicana no cuenta con el ingreso necesario para satisfacer sus necesidades básicas y garantizar su pleno acceso a los derechos a la salud, educación, alimentación, vivienda y seguridad social.

Por otro lado, dentro del Capítulo sobre los Derechos Humanos de nuestra Carta Magna, han sido reconocidos los derechos a la educación, a la salud, a la vivienda, al medio ambiente, a la alimentación, así como al trabajo y a la seguridad social.

Sin embargo, las condiciones de vulnerabilidad y la exposición a peligros naturales y antrópicos que enfrenta la población, particularmente aquella ubicada en los municipios más pobres del país, obligan, además a establecer un vínculo estrecho e indivisible de la política del Desarrollo con las políticas de reducción de riesgos y de atención eficaz de las emergencias.

Al respecto, instrumentos jurídicos federales como la Ley General de Protección Civil, la Ley General de Cambio Climático y la recientemente aprobada en la cámara de Diputados de Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, comparten el concepto de Gestión Integral de Riesgos, que se cita a continuación:

Gestión integral de riesgos: el conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción que involucra a los...

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