Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona los artículos 3o. y 7o. a 9o. de la Ley General en materia de Delitos Electorales, con el objeto de regular como delito electoral la violencia política de género., de 7 de Marzo de 2017

Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 7o. a 9o. de la Ley General en materia de Delitos Electorales, a cargo de la diputada Ariadna Montiel Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Ariadna Montiel Reyes, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, con el objeto de regular como delito electoral la violencia política de género, conforme a lo siguiente:

Antecedentes

La violencia, es un comportamiento deliberado que puede provocar daños físicos o psíquicos al prójimo. Es importante tener en cuenta que, más allá de la agresión física, la violencia puede ser emocional mediante ofensas o amenazas. Por eso la violencia puede causar tanto secuelas físicas como psicológicas.

Para el sano desarrollo integral de una persona, es necesario brindar un ambiente sano, seguro, y libre de factores que perturben su proceso de formación, así pues, cuando un hecho violento surge, impacta de manera negativa en el tejido social, por tal razón, el entorno debe proveer de seguridad y estabilidad a la comunidad.

La violencia, en cualquiera de sus manifestaciones es un flagelo que daña y lacera el tejido social, profundizando expresiones negativas en contra de una sana convivencia interpersonal e ínter grupal.

Es deber del Estado el salvaguardar la integridad de los mexicanos, previendo los mecanismos necesarios para garantizar la eliminación de la violencia en todas sus demostraciones y generar las mejores condiciones para la convivencia entre personas.

La violencia contra las mujeres debe evidenciarse y combatirse, previendo los mecanismos jurídicos suficientes para sancionarse con contundencia. Exposición de Motivos

La Organización de las Naciones Unidas, señala que la violencia contra las mujeres es una violación grave de los derechos humanos. Su impacto puede ser inmediato como de largo alcance, e incluye múltiples consecuencias físicas, sexuales, psicológicas, e incluso mortales, para mujeres y niñas.

Afecta negativamente el bienestar de las mujeres e impide su plena participación en la sociedad.

Además de tener consecuencias negativas para las mujeres, la violencia también impacta su familia, comunidad y el país. Los altos costos asociados, que comprenden desde un aumento en...

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