Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 08 de Agosto de 2014 (Primera Sección)

EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. O
16
0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax. 717-21-70)
Tomo
CV
3ra.
Epoca
Culiacán,
Sin.,
Viernes
08
de
Agosto
de
2014. No. 096
ESTA EDICIÓN CONSTA DE DOS SECCIONES
PRIMERA SECCIÓN
ÍNDICE
GOBIERNO DEL ESTADO
Decreto Número 154 del H. Congreso del Estado.- Se aprueba la Cuenta Pública del Municipio de Angostura,
relativa al Primer Semestre de 2013.
Decretos Números 137, 138, 139, 140, 141, 142,
143
, 144, 145, 146, 150, 151,
152y
153 del H. Congreso del
Estado.- Se aprueban las Cuentas Públicas de los Municipios de Salvador Alvarado, Badiraguato, Elota,
Cosalá, Escuinapa, Mocorito, Concordia, Sinaloa, Ahorne, Navolato, Choix, Guasave, Culiacán y Mazatlán,
relativas al Segundo Semestre de 2013.
Decreto Número
123
del H. Congreso del Estado.- Que Reforma diversas disposiciones de la Constitución
Política del Estado de Sinaloa.
Decreto Número 148 del H. Congreso del Estado.- Que Reforma y Adiciona diversos Artículos de la Ley de
Profesiones del Estado de Sinaloa.
Decreto Número 149 del H. Congreso del Estado.- Que Reforma diversas disposiciones de la Ley de la
Defensoría Pública del Estado de Sinaloa.
Decreto Número 155 del H . Congreso del Estado. -Se aprueba la Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del
Gobierno del Estado de Sinaloa, relativa al Segundo Semestre de 2013.
Decreto Número 156 del
H.
Congreso del Estado.- Por el que se aerueban los Informes Financieros sobre la
Aplicación de los Recursos Públicos ejercidos
l'ºr
los Organismos Públicos Descentralizados o de Participación
Estatal o Municipal, correspondiente al Ejercicio Fiscal del 2013 y se Suspenden los del Fideicomiso Fondo
de Fomento Agropecuario del Estado de Sinaloa y Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de
Guasave.
Decreto Número
161
del H. Congreso del Estado.- Régimen Tarifario de la Junta Municipal de Agua Potable
y Alcantarillado de San Ignacio. 2 - 65
PODER EJECUTIVO ESTATAL
Reglamento Interior del Consejo Estatal de Vialidad y Transportes.
66 -74
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
75
-
96
RESPONSABLE: Secretarla General de Gobierno. DIRECTOR: Lic. Jesús Humberto Cossio Ramfrez
.
..
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto
d~
2014
GOBIERNO
DEL
ESTADO
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo se
le
ha comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano
de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente,
DECRETO NÚMERO: 154
ARTÍCULO ÚNICO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, séptimo párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de ANGOSTURA,
relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta
Pública de dicho Municipio, por lo
que
procede expedir el finiquito
correspondiente.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-El presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente al
de
su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SIN
ALOA»
3
Es dado en el Palacio del Poder Legisla · o del Estado, en la ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los v n ·nueve días del mes de julio
del año dos mil catorce.
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Por lo tanto mando se imprima, publique, . circule y se le el debido
cumplimiento.
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4 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
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Ciudadano LIC. 1 MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado
libre
y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo se le
ha
comunicado lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 137
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de SALVADOR
ALVARADO, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los
meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre
de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por
lo
que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H.
Congreso del Estado, en el marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H. Ayuntamiento de
SALVADOR ALVARADO para que implemente las medidas
conducentes a efecto de lograr
la
recuperación de los importes
otorgados por concepto de pago de estímulos, a integrantes y
funcionarios de dicho Ayuntamiento, administración 2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente al de su publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA» 5
Es dado en
el
Palacio del Poder Legislati
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los cisiete días del mes de julio
del año dos mil catorce.
Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique, circule y
se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio de l Poder Ejecutivo
Rosales, Sinaloa, a los veintidós días
del
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El
Gobernador
ciudad de Culiacán
-dos mil catorce .
6 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ
VALDEZ
, Gobernador
Constitucional _del Estado· Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo se le
ha
comunicado lo
siguiente:
El H.
Congreso
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima
Primera
Legislatura,
ha
tenido
a bien
expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 138
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior
del Estado,
la
Cuenta Pública del Municipio de BADIRAGUATO,
relativa al Segundo Semestre, que comprende los meses de julio,
agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se
aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede
expedir el finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H. Congreso del Estado, en
el
marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H. Ayuntamiento de
BADIRAGUATO para que implemente las medidas conducentes a
efecto de lograr
la
recuperación de los importes otorgados por
concepto de bono e indemnización, a integrantes y funcionarios de
dicho Ayuntamiento, administración 2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente
al
de su publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA» 7
Es dado en
el
Palacio del Poder Legisla · o del Estado, en la ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los isiete días del mes de julio
del año dos mil catorce.
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tanto mando se imprima. publique, circule y se le
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Palacio del Poder Ejecutivo
Rosales, Sinaloa, a los veintidós días del
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o dos mil catorce.
8 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ V ALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que
por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente :
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por
su
Sexagésima Primera
Legislatura,
ha
tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO
NÚMERO:~
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de ELOTA, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H. Congreso del Estado, en
el
marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H. Ayuntamiento de
ELOTA para que implemente las medidas conducentes a efecto de
lograr la recuperación de los importes otorgados por concepto de
pago
de
incentivos, a integrantes y funcionarios de dicho
Ayuntamiento, administración 2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente
al
de su publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL ESTADO DE SINALOA» 9
Es dado en
el
Palacio del Poder Legislativo del ado, en
la
ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dieci · te días del mes de julio
del año dos mil catorce.
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tanto mando se imprima,
cumplimiento.
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dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del
Rosales, Sinaloa , a los veintidós días del mes
El
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1 O «EL ESTADO DE SIN ALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano LIC. ' MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 140
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII
de
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de COSALÁ, relativa al
Segundo Semestre, que comprende los meses
de
julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H.
Congreso del Estado, en el marco de
respeto
de
la autonomía municipal, exhorta al
H.
Ayuntamiento de
COSALÁ para que implemente las medidas conducentes a efecto
de lograr la recuperación de los importes otorgados por concepto de ·
pago
de
aguinaldos superiores respecto a los montos autorizados
en el presupuesto de egresos respectivo, a integrantes y
funcionarios
de
dicho Ayuntamiento, administración 2011-2013.
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SINALOA»
11
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo Estado, en
la
ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los die · iete días del mes de julio
del año dos mil catorce.
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12
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le el debido
cumplimiento.
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DE
SINALOA»
13
El
Ciudadano
LIC.
MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber: ·
Que por
el
·H. Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por
su
Sexagésima Primera
Legislatura,
ha
tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO.
141
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
-del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de ESCUINAPA, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El H. Congreso del Estado, en
el
marco de
respeto de
la
autonomía municipal, exhorta
al
H.
Ayuntamiento de
ESCUINAPA para que implemente las medidas conducentes a
efecto de lograr
la
recuperación de los importes otorgados por
concepto de pago de incentivos en desempeño laboral, a
integrantes y funcionarios de dicho Ayuntamiento, administración
2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente al de su publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
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«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto de.2014
Es
dado en el Palacio del Poder Legislativo stado, en la ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los die · ete días del mes de julio
del año dos mil catorce.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le
el
debido
cumplimiento.
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en
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Rosales, Sinaloa , a los veintidós días del
me
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Viernes
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de
Agosto
de
2014
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15
El
Ciudadano LIC. -MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace 'saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 142
ARTÍCULO ÚNICO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado,
la
Cuenta Pública del Municipio de MOCORITO, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre,
noviembr~
y diciembre de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el
finiquito correspondiente.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente al de
su
publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
16
«EL ES
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DO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto de 2014
Es dado en el Palacio del Poder Legislati
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los · te días del mes de julio
del año dos mil catorce.
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el
Palacio del Poder Ejecutivo del
Rosales, Sinaloa, a los veintidós días del mes
El
Gobernador C
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA»
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El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber: -
Que
por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 143
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de CONCORDIA,
relativa al Segundo Semestre, que comprende los meses de julio,
agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se
aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede
expedir el finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H. Congreso del Estado, en
el
marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H.
Ayuntamiento de
CONCORDIA para que implemente las medidas conducentes a
efecto de lograr la recuperación de los importes otorgados por
concepto de pago de igualas diversas, a integrantes y funcionarios
de dicho Ayuntamiento, administración 2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
18
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto de 2014
Es dado en
el
Palacio del Poder Legisl
vo
del Estado, en la ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los
1e
isiete días del mes de julio
del año dos mil catorce.
C.ADOL
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SANDOVAL
MORALES
O SECRETARIO
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del
Rosales, Sinaloa , a los veintidós días del mes
El
Gobernador
os mil catorce.
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO DE SINALOA»
19
El
Ciudadano LIC. ,MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que
por
el
H.
Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 144
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado,
la
Cuenta Pública del Municipio de SINALOA, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
En
relación con las observaciones
realizadas durante
la
auditoría del segundo semestre de 2013 que
derivaron en Presuntas Responsabilidades Administrativas
Sancionatorias y Resarcitorias, relativas a
la
no recuperación de
saldos de deudores por concepto de anticipos de obra pública y
gastos no comprobados,
no
utilización de los recursos de programas
regionales de fortalecimiento financiero 2013 para cumplir con las
obligaciones que amenazan
la
solvencia financiera del Municipio,
conceptos de obra pública pagados
en
exceso y retenciones
no
enteradas, se exhorta
al
H.
Ayuntamiento de SINALOA instruya a
quien corresponda a efecto de que se realicen las acciones
20
«EL
ESTADO
DE
SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
necesarias para la solventación de las observaciones determinadas;
así como
la
implementación de medidas tendentes a evitar
su
recurrencia; y en
su
caso, finque las responsabilidades que
conforme a derecho procedan .
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará
en
vigor
el
día
siguiente
al
de
su
publicación
en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Es
dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en
la
ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los diecis·
del año dos mil catorce.
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MORALES
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días del mes de julio
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA»
21
Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique, circule y
se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio del Poder Ejecutivo del Estado
en
la
ciu
d
de
Culiacán
Rosales, Sinaloa, a
los
veintidós días del
mes
e julio del año
os
mil
catorce.
El
Gobernador
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22 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano
LIC.
MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del
Esta_do
Ljbre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO. 145
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
-artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII
de
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio
de
AHOME, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses
de
julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H.
Congreso del Estado, en el marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H. Ayuntamiento de
AHOME para que implemente las medidas conducentes a efecto de
lograr la recuperación de los importes otorgados por concepto de
pago
de
estímulos e indemnizaciones a integrantes de dicho
Ayuntamiento, administración 2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente al
de
su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO DE SINALOA»
23
Es
dado
en
el Palacio del
Poder
Legislativo
y71
Estado, en la ciudad
de
Culiacán Rosales, Sinaloa, a los die ·
~te
días del
mes
de julio
del año dos mil catorce.
C.
ADOLFO
DIPUTAD
SANDOVAL MORALES
O SECRETARIO
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le el debido
cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo d
Rosales, Sinaloa, a los veintidós días del me
El
Gobernador C
24 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto de 2014
El
Ciudadano
LIC.
MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional
_del
Estado · Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo se le ha comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 146
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiénd.ose revisado por la Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de NAVOLATO, relativa
al Segundo Semestre, que comprende los meses
de
julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H. Congreso del Estado, en el marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H.
Ayuntamiento de
NAVOLATO para que implemente las medidas conducentes a
efecto
de
lograr la recuperación de los importes otorgados por
concepto de bono por el trienio terminado a funcionarios de dicho
Ayuntamiento, administración 2011-2013.
ARTÍCULO TERCERO.-
En
relación con las observaciones
realizadas durante la auditoría del segundo semestre
de
2013 que
derivaron en Presuntas Responsabilidades Administrativas
Sancionatorias y Resarcitorias, relativas a traspasos entre cuentas
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SIN
ALOA»
25
bancarias de Fondos Federales, Gasto Corriente y/o Impuesto
Predial Rústico, que no fueron reintegrados; omisión de avalúas y
escrituras por
la
compra de terrenos, no acreditación de propiedad
de dos camiones compactadores con las facturas originales
correspondientes, aún y cuando
ya
están pagados en su totalidad,
así como omisión de los resguardos de dicha maquinaria y no
realizar
la
convocatoria pública correspondiente para su adquisición,
se exhorta
al
H. Ayuntamiento de Navolato instruya a quien
corresponda a efecto de que se realicen las acciones necesarias
para la solventación de las observaciones determinadas; así como
la
implementación de medidas tendentes a evitar su recurrencia; y en
su
caso, finque las responsabilidades que conforme a derecho
procedan.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente
al
de
su
publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Es dado en el Palacio del Poder Legisl del Estado, en la .ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los siete días del mes de julio
del año dos mil catorce.
c.
LUIS
FE~
....
~LIUI
DIP~"r'~
C. ADOLFO
DIPUTAD
C.
RAMÓN
DIPUTA
26 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y
se
le
el
d~bido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio del Poder Ejecutivo
Rosales. Sinaloa, a
los
veintidós días del m
El
Gobernador
ciudad
de
Culiacán
1
ño
dos mil catorce.
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 27
El
Ciudadano
LIC.
MARIO
LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber: -
Que por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien
e~pedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 150
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de CHOIX, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H. Congreso del Estado,
en
el
marco de
respeto de la autonomía municipal, exhorta
al
H. Ayuntamiento de
CHOIX para que implemente las medidas conducentes a efecto de
lograr la recuperación de los importes otorgados por concepto de
pago de incentivos, a integrantes de dicho Ayuntamiento,
administración 2011-2013.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente
al
de
su
publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
28 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
Es dado en
el
Palacio del Poder Legisl o del Estado, en la ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los v nueve días del mes de julio
del año dos mil catorce.
Por
lo
tanto mando
se
imprima. publique, circule y
se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio
del
P@er Ejecutivo d
Rosales, Sinaloa, a
los
treinta y
un
días
catorce.
El
Gobernador
HAVF
~
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 29
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ V ALDEZ, Gobernador
Constitucional del
E'Stado
Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes
hac~
saber: ·
Que por
el
H.
Congreso del mismo se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima
Primera
Legislatura,
ha
tenido
a bien
expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO:
151
ARTÍCULO ÚNICO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de GUASAVE, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba
la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el
finiquito correspondiente.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación
en
el Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
30 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de
Agosto de 2014
Es dado en el Palacio
delfoder
Legisla · ael Estado, en
Ja
ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los
11,
eve días del mes de julio
del
año
dos
mil
catorce
.
C.
LUIS
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Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique, circule y
se
le
el
debido
cumplimiento.
El
Gobernador
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"ulio del ano dos
mil
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL
ESTADO
DE
SIN
ALOA»
31
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que
por el
H.
Congreso del mismo
se
le
ha comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 152
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de CULIACÁN, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir
el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
En
relación a la deuda pública con que
cerró este Municipio
al
31
de diciembre de 2013, se recomienda que
se instruya a quien corresponda a efecto de que se incrementen
esfuerzos e implementar las acciones necesarias encaminadas a
lograr mantener la administración con finanzas sanas.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente
al
de su publicación
en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
32
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto
de
2014
Es dado en el Palacio del Poder Legislativ Estado, en
la
ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los vei eve días del mes de julio
del año dos mil catorce .
DO
SANDOVAL MORALES
'""",..,.,,,""'SECRETARIO
C.
RAMÓ U AS LIZÁRRAGA
DIPU ADO SECRETARIO
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le el debido
cumplimiento.
Es
dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado en
la
ci
ad
de Culiacán
Rosales, Sinaloa, a los treinta y
un
días 1 mes de juli del año dos
mil
catorce.
Viernes 08 de Agosto de 2014 «
EL
ESTADO DE SINALOA»
33
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que
por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha comunicado
lo
siguiente:
El
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 153
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, quinto párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría Superior
del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de MAZATLÁN, relativa
al
Segundo Semestre, que comprende los meses de julio, agosto,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se aprueba la
Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el
finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
El
H. Congreso del Estado, en
el
marco de
respeto de
la
autonomía municipal, exhorta
al
H. Ayuntamiento de
MAZATLÁN para que implemente las medidas conducentes a efecto
de lograr la recuperación de los importes otorgados por concepto de
pago de gratificaciones especial y extraordinaria, a integrantes de
dicho Ayuntamiento, administración 2011-2013.
TRANSIT
ORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación
en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
34
«EL
ESTADO
DE
SINALOA» Viernes
08
de
Agosto
de
2014
Es dado en el Palacio del Poder Legislativ 1 Estado, en la ciudad
de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los
·vei
eve días del mes de julio
del año dos mil catorce.
C. ADOLFO RQIOCll'MO
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C.
LUIS
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Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique, circule y se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el Palacio del Poder Ejecutivo del stado en
la
ciudad de Culiacán
Rosales, Sinaloa , a los treinta y
un
días del mes de julio el año dos mil
catorce. ·
El
Gobernador
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL ESTADO DE SINALOA»
35
........__
'
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional ·del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H.
Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima
Primera
Legislatura,
en
ejercicio
de
la
facultad
que
le
confieren
los
artículos
159
de
la
Política
y
229,
fracción
IV
de
la
Ley
Orgánica
del
Congreso,
ambas
del
Estado
de
Sinaloa,
previa
aprobación
por
la
Cámara
de
Diputados,
así
como
por
los
dieciocho
Ayuntamientos
de
la
Entidad,
declara
formal
y
constitucionalmente
incorporada
a
la
Política
del
Estado,
la
reforma
a
la
denominación
de
la
Sección
111,
del
Capítulo
111,
del
Título
IV
y
los
artículos
78
y
79,
aprobada
mediante
Decreto
Número
123,
de
fecha
26
de
junio
de
2014,
y
se
ordena
la
publicación
del
siguiente:
DECRETO NÚMERO: 123
QUE REFORMA
LA
DENOMINACIÓN
DE
LA
SECCIÓN
111,
DEL
CAPÍTULO
111,
DEL TÍTULO IV Y LOS ARTÍCULOS 78 Y 79
DE
LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
DE
SINALOA
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma
la
denominación de
la
Sección
111,
del
Capítulo
111,
del Título IV y los artículos 78 y 79 de la Constitución Política
del Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:
SECCIÓN
111
DE
LA
DEFENSORÍA PÚBLICA
Art.
78. Habrá en
el
Estado
un
Instituto de
la
Defensoría Pública, mismo
que
en
el desempeño de sus funciones gozará de independencia técnica y
operativa, a fin de garantizar de manera gratuita a los imputados
el
36 «EL ESTADO
DE
SINALOA»
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
derecho a una defensa adecuada y de calidad
en
materia penal y de
justicia para adolescentes, así como
el
acceso a
!a
justicia mediante
la
orientación, asesoría y representación jurídica
en
materia civil, familiar y
administrativa, a través de Defensores Públicos y de Asesores Jurídicos,
en
los términos que señale
la
Ley.
Art.
79.
El
Instituto de
la
Defensoría Pública dependerá de Gobierno del
Estado y estará constituido por
un
Director y
la
estructura orgánica que
establezca
la
Ley y
el
reglamento respectivo, mismos que fijaran los
requisitos, forma y
té.rminos
de
su
integración, así como sus atribuciones.
TRANSITORIO
ÚNICO.
El
presente Decreto entrará
en
vigor
al
día siguiente de
su
publicación
en
el
Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
Es
dado
en
el
Palacio del Poder Legislativ el Estado, en
la
ciudad de
Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintis · · d'as del mes de junio del
año
dos mil catorce.
C.
LUIS FERN
DIPUT
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SINALOA» 37
La
Declaratoria es dada en
el
Palacio del P
er
Legislativo del Estado, en
la
ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa os veintidós días del mes de
julio de dos mil catorce.
C.RAM
ECRETARIO
Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique, circule y se le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio del Poder Ejecutivo d
Rosales, Sinaloa, a los veintinueve días
catorce.
HAVF
/?
.e-'
..-
/ ' .
El
Gobernador
38 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano
LIC. MARIO LÓPEZ VALÓEZ, Gobernador
Constitucional
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
a
sus
habitantes
hace
saber:
_
Que
por
el
·
H.
Congreso
del
mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso
del
Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima Primera
Legislatura, ha
tenido
a
bien
expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 148
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTÍCULOS
DE
LA
LEY
DE
PROFESIONES DEL ESTADO
DE
SINALOA.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 12, primer párrafo y
22. Se adicionan el inciso
n,
convirtiéndose el vigente en o
al
artículo 12 y los artículos 30 Bis, 30 Ter y 30 Quáter de la Ley de
Profesiones del Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 12. La Oficina de Sección de Títulos Profesionales
en
el Estado, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
a.
a m
....
n.
Autorizar el desempeño de actividades periciales específicas
que no sean propias de las profesiones reguladas en los términos y
condiciones que determine esta ley; y
o.
Las demás que le fijen las Leyes y Reglamentos.
Viernes 08 de Agosto de 2014
«EL
ESTADO DE SIN ALOA» 39
ARTÍCULO
22.
En
materia penal el imputado siempre deberá
ejercer
su
derecho a
la
defensa con
la
asistencia de
su
Defensor o
a través de éste,
el
cual deberá ser licenciado en derecho o
abogado titulado con cédula profesional. A falta de éste o ante
la
omisión de su designación, será nombrado
el
Defensor Público que
corresponda.
ARTÍCULO
30
Bis.
Para
la
autorización del desempeño de
actividades periciales que
no
sean propias de las profesiones
reguladas por esta ley se requerirá:
l.
Ser mexicano de reconocida probidad;
11.
Haber cursado
la
educación básica y media superior;
111.
Presentar constancias que acrediten los conocimientos en
la
actividad o acreditar por cualquier otro medio
al
menos tres años
de práctica de
la
actividad correspondiente; y
IV.
Aprobar examen de conocimientos.
Para la aplicación del examen de conocimientos,
la
Oficina de
Sección de Títulos Profesionales
en
el
Estado, procederá a evaluar
los conocimientos teórico-prácticos, recibiendo la opinión de
especialistas con los cuales
la
actividad tenga más cercanía.
Siendo
al
menos tres designados por
la
referi
da
Oficina, mismos
que deberán ser de reconocido prestigio y probidad,
preferentemente pertenecer a
un
colegio de profesionistas
40 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes
08
de Agosto de 2014
constituidos en los términos de esta
ley,
de
la
misma
rama
o
alguna semejante.
ARTÍCULO 30 Ter.
La
Ofici
na
de Sección de Títulos Profesionales
en
el
Estado podrá conceder autorizaciones hasta por
el
plazo de
cuatro años, pudiendo además conceder una o varias prórrogas,
cuando determine que,
su
bsisten las condiciones que motivaron
la
expedici
ón
de
la
autorización.
No
se podrá ejercer legalmente
la
actividad pericial después de
la
fecha de vencimiento de
su
autorización, excepto cuando
se
haya
solicitado y obtenido prórroga
en
los términos del primer párrafo del
presente artículo.
ARTÍCULO 30 Quáter. Las autorizaciones de actividades
periciales podrán revocarse por
la
Oficina de Sección
de
Títulos
Profesionales
en
el
Estado, por las causas siguientes:
l.
Cuando los auto
ri
zad
os
sean condenados por sentencia
ejecutoriada como responsable de
un
delito doloso;
y,
11
. Por incompetencia comprobada
en
el
ejercicio de la actividad.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.
El
presente Decreto entrará en vigor
al
día
siguiente de
su
publicación
en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL
ESTADO
DE SIN ALOA»
41
Es dado en
el
Palacio del Poder Legislativ pel Estado, en
la
ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a lo veintidós días del mes
de julio del año dos mil catorce.
C.
ADOLF
DIPUTA
NDOVAL
MORALES
RETARIO
Por lo
~anto
mando se imprima , publique, circule y se le el debido
cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo d
Rosales, Sinaloa, a los veintinueve días
catorce.
El
Gobernador
HAVF
~
1 ciudad de Culiacán
· lio del año dos mil
42 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano. LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, . Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo
se
le
ha
com!Jnicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa,
representado por su Sexagésima Primera Legislatura,
ha
tenido a bien expedir el siguiente,
DECRETO NÚMERO: 149
QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE
LA
DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los artículos 9, fracciones IX y XXVII; 17,
párrafos primero y tercero; la denominación de Capítulo
V,
del Título
Primero; 22, fracción 1 del segundo párrafo; 29, fracción XIII;
32,
fracción
VIII; 43, párrafo segundo; 44; 45, párrafo primero; 46; 47, párrafo primero;
y,
48, párrafo primero. Se adiciona
un
párrafo primero
al
artículo 22,
convirtiéndose el vigente
en
segundo, todos de
la
Ley de la Defensoría
Pública del Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:
Artículo 9 . ...
l.
a VIII .
...
IX.
Ofrecer, en la etapa intermedia, los medios de prueba pertinentes que
se desahogarán
en
la
audiencia de juicio oral, así como realizar
el
descubrimiento probatorio de
la
defensa, y promover
la
exclusión de los
ofrecidos por
el
Ministerio Público o ·
e1
acusador coadyuvante cuando no
se ajusten a
la
Ley.
Viernes 08 de Agosto de 2014 1 «EL ESTADO
DE
SIN ALOA»
43
Siempre que le sea solicitado por
el
Ministerio Público deberá realizar
la
entrega material
en
copia de los registros con los que cuente y que
pretenda ofrecerlos como medios de prueba· para ser desahogados en
juicio. Asimismo deberá solicitar a
la
representación social copia
de
los
registros de la investigación y
el
acceso a las evidencias materiales
recabadas;
X. a XXVI. ...
XXV!r
Brindar asesoría legal a
la
víctima u ofendido del delito, conforme a
lo
dispuesto en el artículo 20, inciso
C,
fracción 1 de
la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, para canalizarlo a
la
Autoridad
competente;
XXVIII. a XXX . .
..
Artículo 17.
El
servicio de asesoría y patrocinio en asuntos civiles,
familiares y administrativos, se proporcionará a personas de escasos
recursos económicos, siempre y cuando
la
naturaleza del litigio no sea de
cuantía económica.
Tratándose de defensa de derechos de los indígenas, se deberá otorgar
patrocinio y asesoría en todos los casos en que lo soliciten, siempre y
cuando sea competencia del Instituto.
44 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
CAPÍTULO V
De los Servicios Auxiliares y Apoyo Técnico
Artículo 22. Los Servicios Auxiliares del Defensor se integrarán por
la
Unidad de Servicios Periciales y de Investigadores de
la
Defensa quienes
serán expertos en diversas artes, ciencias, profesiones u oficios, así como
la
Unidad de Trabajo Social y demás personal de apoyo técnico y gestión.
Las atribuciones y obligaciones de las Unidades de Servicios Periciales y
de Investigación de la Defensa, así como, de trabajo social serán
desarrolladas en el Reglamento de esta Ley.
Cuando las necesidades del servicio
lo
requieran y para la eficaz atención
de los asuntos de su competencia,
el
Instituto de la Defensoría Pública
podrá contratar los servicios de personas e instituciones de reconocida
probidad, capacidad y experiencia, de acuerdo con los criterios siguientes:
l.
Para desempeñar funciones de consultoría externa en la etapa del
proceso ante los Tribunales y para proveer de servicios periciales para una
mayor eficacia en
la
defensa, de manera excepcional y justificada.
11.
.
..
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA»
45
Artículo 29
....
l.
a XII
....
XIII. Designar al Subdirector de Defensoría Pública y Asesoría Jurídica y
al
Subdirector Administrativo,
al
titular de
la
Visitaduría, Jefes de
Departamento y demás titulares de las Unidades Administrativas;
XIV. a XXXVII .
..
.
Artículo
32
....
l.
a VII
....
VIII. Coordinar la asesoría legal a
la
víctima u ofendido del delito, conforme
a
lo
dispuesto en
el
artículo 20, inciso
C,
fracción 1 de
la
Política de los Estados Unidos Mexicanos, para canalizarlo a
la
autoridad
competente;
IX. a X
....
Artículo 43 .
..
.
Dicho Programa se desarrollará mediante cursos, seminarios, conferencias
y foros sobre aspectos técnicos, profesionales y prácticos que serán
impartidos por especialistas
en
diversas áreas del derecho, en servicios
46 «EL ESTADO
DE
SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
periciales, investigación y trabajo social, competencia del Instituto.
Artículo 44. La dirección solicitará el apoyo y orientación necesaria
al
Instituto Estatal de Ciencias Penales y Seguridad Pública, escuelas y
facultades de derecho y trabajo social, asociaciones de profesionistas del
derecho o al Instituto de Capacitación Judicial e instituciones similares a
través de convenios de colaboración para capacitación de los Defensores
Públicos, Asesores Jurídicos, Peritos y demás personal administrativo, a
fin de optimizar
su
preparación y servicio que brinda.
Artículo 45.
El
ingreso y promoción de los Defensores Públicos, Asesores
Jurídicos, Trabajadores Sociales, Peritos e Investigadores de
la
Defensa
que presten sus servicios en
el
Instituto de
la
Defensoría Pública será por
concurso mediante examen de oposición, cuyos procedimientos estarán
regulados en el Reglamento.
Artículo 46. Los procedimientos
pa
ra
la
selección, ingreso, formación,
capacitación, actualización, especialización, ascenso, estímulos y
reconocimientos de los Defensores Públicos, Asesores Jurídicos,
Trabajadores Sociales, Peritos e Investigadores de
la
Defensa serán
regulados por el Reglamento.
Artículo 47. Con independencia de las causas
d'3
responsabilidad
atribuibles a los Defensores Públicos, Asesores Jurídicos, Trabajadores
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 47
Sociales, Peritos e 1 nvestigadores de
la
Defensa establecidas en
la
Ley de
Responsabilidades Administrativas de los $ervidores Públicos y demás
disposiciones legales aplicables, se prevén
en
esta Ley las siguientes:
l.
a IX
..
..
Artículo 48. Los usuarios que se consideren afectados por incurrir los
Defensores Públicos, Asesores Jurídicos, Trabajadores Sociales, Peritos e
Investigadores de
la
Defensa
en
alguna de las causas de responsabilidad
enunciadas
en
el
artículo anterior, podrán interponer
su
queja por escrito
ante
el
Director,
el
Subdirector de Defensores Públicos y de Asesores
Jurídicos y
el
Titular de
la
Visitaduría.
TRANSITORIOS
PRIMERO.
El
presente Decreto entrará
en
vigor
al
día siguiente de
su
publicación
en
el
Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
SEGUNDO. Las disposiciones relativas a
la
prestación del servicio de
Defensoría Pública
en
materia penal , con excepción de justicia para
48 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de
2014
adolescentes, en términos del presente Decreto, entrarán en vigor
en
los
términos que establezca
la
Declaratoria que para tales efectos emita
el
H.
Congreso del Estado de Sinaloa, de conformidad con
lo
dispuesto en
el
artículo segundo transitorio, tercer párrafo, del Decreto por
el
que se
reforman y adicionan diversas disposiciones de
la
Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, publicado en
el
Diario Oficial de
la
Federación de fecha 18 de junio de 2008, así como en
el
artículo segundo
transitorio, segundo párrafo, del Decreto por
el
que se expide
el
Código
Nacional de Procedimientos Penales, publicado en
el
Diario Oficial de
la
Federación de fecha 5 de marzo de 2014.
TERCERO.
El
Ejecutivo del Estado
en
un
plazo de 60 días, deberá realizar
las adecuaciones necesarias
al
Reglamento de esta Ley para
el
cumplimiento del presente Decreto.
CUARTO. La Secretaría General de Gobierno y
la
Secretaría de
Administración y Finanzas implementarán las medidas tendientes para
la
nivelación de las percepciones de los Defensores Públicos del Instituto
de
la
Defensoría Pública, con las que corresponden a los Agentes del
Ministerio Público del Fuero Común .
)
'
I
Es dado en
el
Palacio del Poder g/ lativo del Estado, en
la
ciudad de
Culiacán Rosales, Sinaloa, a los v inti uatro días del mes de julio del año
dos mil catorce.
C. ADOLFO
DIPUTAD
C. LUIS FERN ANDOVAL MORALES
DIPUT~"4-""'l.\CRET
ARIO
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA» 49
Por
lo
tanto mando se imprima , publique, circule y
se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio del Poder Ejecutivo
Rosales, Sinaloa, a
los
treinta y
un
días
el
me
catorce.
50
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
El
Ciudadano · LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus
habitantes hace saber:
Que por
el
H.
Congreso del mismo se le
ha
comunicado lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa,
representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha
tenido a bien expedir
el
siguiente, ·
DECRETO NÚMERO: 155
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, cuarto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría
Superior del Estado,
la
Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del
Gobierno del Estado, relativa
al
Segundo Semestre, que
comprende los meses de julio, agosto, septiembre, octubre,
noviembre y diciembre de 2013, se aprueba dicha Cuenta
Pública, por
lo
que procede expedir el finiquito correspondiente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en
lo
dispuesto por los
artículos 37, cuarto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por
la
Auditoría
Superior del Estado,
la
Cuenta Pública del Poder Legislativo del
Gobierno del Estado de Sinaloa, relativa
al
Segundo Semestre,
que comprende los meses de julio, agosto, septiembre, octubre,
noviembre y diciembre de 2013, se aprueba dicha Cuenta
Pública, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 37, cuarto párrafo y 43, fracción XXII de
la
Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría
Superior del Estado,
la
Cuenta Pública del Poder Judicial del
Gobierno del Estado de Sinaloa, relativa
al
Segundo Semestre,
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA»
51
/
que comprende los meses de julio, agosto, septiembre, octubre,
noviembre y diciembre de 2013, se aprueba dicha Cuenta
Pública,
por
lo
que
procede
expedir
el
finiquito correspondiente.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente
al
de su publicación en
el
Periódico Oficial "El Estado de
Si
na loa".
f'
.
Es dado en
el
Palacio del Poder Le Estado,
en
la
ciudad de Culiacán Rosales, Sinal los veintinueve días del
mes
de
julio del año dos mil catar .
O
SANDOVAL
MORALES
...,-,-,.,"'ur
SECRETARIO
52
«EL
ESTADO
DE
SINALOA»
Viernes 08 de Agosto de 2014
Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique,
~ircule
y
se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en
el
Palacio del Poder Ejecutivo d
Rosales, Sinaloa , a
los
treinta y
un
días
catorce.
n
la
iudad
de
Culiacán
lio
del
año dos
mil
· Viernes 08 de Agosto de 2014 «
EL
ESTA DO
DE
SIN
ALOA
» 5 3
El
Ciudadano LIC
.-
MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado
libre
y Soberano de Sinaloa , a sus
habitantes hace·saber:
Que por
el
H. Congreso del mismo se le ha comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso del Estado Libre y Soberano de
Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera
Legislatura, ha tenido a bien expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 156
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en
lo
dispuesto por los
artículos 37, penúltimo párrafo, 43, fracciones XXII y XX
II
Bis, y
54 de
la
Constitución Política del Estado y habiéndose revisado
po
r
la
Auditoría Superior del Estado, los info rmes financie
ro
s de
los Organismos Públicos Descentralizados o de Participación
Estatal o Municipal sobre
la
aplicación de los recursos públicos
recibidos durante el Ejercicio Fiscal del año 2013, se aprueb
an
dichos informes, por
lo
que procede expedir los finiquitos
correspondientes a:
PARAESTATALES
CENTRO DE CIENCIAS DE SINALOA
ESCUELA NORMAL DE SINALOA
HOSPITAL CIVIL DE CULIACÁN
HOSPITAL PEDIÁTRICO DE SINALOA
54 «EL ESTADO
DE
SINALOA»
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL
ESTADO
DE
SINALOA
INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO
DE
SINALOA
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO
DE
SINALOA
INSTITUTO SINALOENSE
DE
CULTURA
INSTITUTO SINALOENSE
DE
LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA
EDUCATIVA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDÍGENA DE MÉXICO
PARAMUNICIPALES
JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL
MUNICIPIO DE AHOME
JUNTA MUNICIPAL
DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE
COSALÁ
JUNTA MUNICIPAL
DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE
ESCUINAPA
JUNTA MUNICIPAL
DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE
SAN IGNACIO
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
DEL MUNICIPIO
DE
CULIACÁN
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SINALOA
»
55
ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento
en
lo
dispuesto por los
artículos 37, párrafos sexto y noveno, 43, fracciones XXII y XXII
Bis, y 54 de
la
Constitución Política del Estado, se suspende
la
aprobación del informe financiero sobre
la
aplicación de los
recursos públicos ejercidos por
el
FIDEICOMISO FONDO DE
FOMENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE SINALOA,
durante
el
Ejercicio Fiscal del año 2013, requiriéndose
al
ente
fiscalizado a proporcionar los elementos necesarios para
la
solventación de las responsabilidades administrativas
resarcitorias; así como a implementar las acciones necesarias
que permitan dar estricto cumplimiento a las disposiciones
normativas aplicables; además a corregir las deficiencias
observadas
en
el
sistema de control interno,
en
el
entendido de
que dicho informe deberá ser nuevamente discutido
en
el
siguiente periodo ordinario de sesiones, de conformid
ad
con
el
artículo
37,
párrafo séptimo del ordenamiento referido; y
considerándose, de resultar procedente, iniciar los
procedimientos de responsabilidad, a través del órgano interno de
control
y,
en su caso, determinar y ejecutar las sanciones
correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO.- Con fundamento en
lo
dispuesto por los
artículos
37,
párrafos sexto y noveno, 43, fracciones XXII y XXII
Bis, y 54 de
la
Constitución Política del Estado, se suspende
la
aprobación del informe financiero sobre
la
aplicación de los
56 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
recursos públicos ejercidos por
la
JUNTA MUNICIPAL
DE
AGUA
POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE
GUASAVE, durante
el
Ejercicio Fiscal del año 2013, requiriéndose
al
ente fiscalizado a
proporcionar los elementos necesarios para la solventación
de
las
responsabilidades administrativas resarcitorias; así como a
implementar las acciones necesarias que permitan dar estricto
cumplimiento a las disposiciones normativas aplicables; además
a corregir las deficiencias observadas
en
el
sistema de control
interno,
en
el
entendido de que dicho informe deberá ser
nuevamente discutido
en
el
siguiente periodo ordinario de
sesiones, de conformidad con
el
artículo
37,
párrafo séptimo del
ordenamiento referido; y considerándose, de resultar procedente,
iniciar los procedimientos de responsabilidad, a través del órgano
interno de control y,
en
su
caso, determinar y ejecutar las
sanciones correspondientes.
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO DE
SIN
ALOA»
57
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.-
El
presente Decreto entrará en vigor
el
día
siguiente al de
su
publicación en el Periódico Oficial "El Estado de
Sinaloa".
Es
dado
en
el
Palacio del Poder
Le
lativo del Estado,
en
la
ciudad de Culiacán Rosales, Sinal los veintinueve días del
mes de julio del año dos mil cator .
KIW~N~O
SANDOVAL
MORALES
\ljl't/"''""vi.
SECRETARIO
58 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
Por lo tanto mando se imprima, publique,
ci
rc
ul
e y se le el debido
cumplimiento.
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE
SIN
ALOA»
59
El
Ciudadano
LIC.
MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado
Libre
y Soberano
de
Sinaloa, a
sus
habitantes
hace
saber:
Que
por
el
H.
Congreso del mismo
se
le
ha
comunicado
lo
siguiente:
El H.
Congreso
del Estado Libre y Soberano
de
Sinaloa, representado
por
su
Sexagésima
Primera
Legislatura, ha tenido a bien
expedir
el siguiente,
DECRETO
NÚMERO: 161
RÉGIMEN TARIFARIO DE LA
JUNTA
MUNICIPAL
DE
AGUA
POTABLE
Y
ALCANTARILLADO
DE SAN IGNACIO
ARTÍCULO
1. El servicio a base de cuota fija para agua
potable, tanto en la zona urbana como en la zona rural, será
cobrado mensualmente atendiendo a los usos de cada
usuario,
en
la forma que se determina a continuación, sobre
cuyo importe se calculará el cobro correspondiente a drenaje
y saneamiento en los casos que corresponda.
SERVICIO
A
BASE
DE
CUOTA
FIJA
SERVICIO DE
AGUA
POTABLE
Zona Urbana
Uso Doméstico $48.20
Uso Comercial $115.01
Uso Industrial $190.5 6
Zona Rural
Uso Doméstico $34.85
Uso Comercial $41.91
Uso Industrial $190.56
60 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
ARTÍCULO
2.
Por
el
servicio de alcantarillado sanitario,
se
cobrará una cuota equivalente
al
20% sobre
el
importe por
el
cobro del servicio de agua potable, a quienes tengan este
servicio con sus instalaciones frente
su
predio, giro o
establecimiento.
En
el
caso de usuarios que se alleguen agua de otras
fuentes de abastecimiento y usen
el
drenaje sanitario,
pagarán por servicio de drenaje
el
20% del importe
equivalente de aplicar a
su
consumo de agua, la tarifa que
les corresponda según
el
rango
en
que se ubique.
El
consumo se medirá
en
el
medidor que
la
Comisión Nacional
del Agua les haya obligado a instalar.
ARTÍCULO
3.
Por
el
servicio de saneamiento (tratamiento de
aguas negras), se cobrará una cuota equivalente
al
25%
sobre
el
importe por
el
cobro del servicio de agua potable, a
los usuarios que tengan sistema de saneamiento en
su
comunidad.
En
el
caso de los usuarios que se alleguen agua de otras
fuentes de abastecimiento y usen
el
drenaje sanitario,
pagarán por servicio de saneamiento
el
25% del importe
equivalente de aplicar a
su
consumo de agua, la tarifa que
les corresponda según
el
rango
en
que se ubique. El
consumo se medirá en el medidor que
la
Comisión Nacional
del Agua les haya obligado a instalar.
ARTÍCULO
4.
Las cuotas por Derechos de Conexión serán
cobradas de
la
siguiente manera:
Derechos
de
Conexión
de
Agua
Potable
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA»
61
URBANA
RURAL
Uso Doméstico $151.49 Uso Doméstico $151.49
Uso Comercial $151.49 Uso Comercial $151.49
Uso Industrial $151.49 Uso Industrial $151.49
Derechos
de
Conexión
para
Alcantarillado
Sanitario
URBANA
RURAL
Uso Doméstico $205.42 Uso Doméstico $205.42
Uso Comercial $205.42 Uso Comercial $205.42
Uso Industrial $205.42 Uso Industrial $205.42
ARTÍCULO
5.
Las cuentas de servicio a base de cuota fija
se
cobrarán a los usuarios. Los casos de prestación de servicios
que por sus características singulares requieran de
un
tratamiento especial y aquellos que
no
hayan sido previstos
por
el
presente decreto serán resueltos por similitud y por
convenio entre
el
solicitante o
el
usuario y
la
Junta Municipal
de Agua Potable y Alcantarillado.
ARTÍCULO
6.
Para efectos de los cobros que emita
la
Junta,
se ajustará
la
facturación a
la
fracción en centésimos a cero,
elevando o disminuyendo las últimas cifras, según resulte
mayor o menor de cincuenta centavos.
ARTÍCULO
7.
En
el
caso de
un
mismo giro o establecimiento
que tenga contratada más de una toma, pagará por los
servicios de agua potable y alcantarillado,
la
cuota fija
correspondiente.
Todo usuario de los servicios de agua potable y
alcantarillado que tenga
en
vigor
su
contrato de servicios,
aún cuando no utilice los servicios, pagará por conceptos de
62
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
-
administración,
el
50% de
la
cuota fija que corresponda,
ya
sea usuario doméstico, comercial, industrial o público.
ARTÍCULO 8. Los cobros por servicios y gastos
administrativos se efectuarán de acuerdo
al
esquema
siguiente:
No. CONCEPTO CRITERIO
1. Abasto de agua
en
pipas $ (costo más alto del metro cúbico adicional
a
la
tarifa industrial) .
2. Instalación
de
tomas y Valor de las piezas , mano de obra y
acondicionamiento para medidor materiales utilizados según el tipo, medida y
distancia de
la
toma.
3.
Ruptura y reposición
de
pavimento Costo según distancia
en
metros lineales,
más área
de
conexión con
la
red : 1 M2.
4. Visitas domiciliarias de inspección 0.259 S.M.G. (Salario Mínimo General
de
la
(Presupuestos, fugas. Zona) .
cancelaciones, cambios de giro)
5. Reducción y reconexión de servicio 1.295 S.M.
G.
(Salario Mínimo General
de
la
de agua potable Zona).
6.
Honorarios de ejecución 0.518 S. M.G.
7.
Gastos de cobranza 0.155 del S.M.G.
8. ' Cambio de propietario 0.518 del S.M.
G.
9. Carta de no adeudo 1.036 veces
el
S.M.
G.
de
la
Zona por toma
de
servicio de agua y drenaje
10. Carta de factibilidad de servicios de 5.
18
S.M.G.
agua potable y alcantarillado
ARTÍCULO
9.
Independientemente a
lo
establecido
en
la
Ley
de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, a las
infracciones descritas se les aplicará
el
siguiente esquema
de sanciones:
Viernes 08 de Agosto de 2014
«EL
ESTADO
DE
SIN ALOA»
63
No.
1.
2.
3.
4.
5.
SANCION
CONCEPTO (Ley de Agua Potable y
Alcantarillado
del
Estado de Sinaloa)
Tomas clandestinas, manipulación
de
Artículo
82
; de 5 a 60 días de S.M.G. (salario
red de conexión, daños a las redes. mínimo general de
la
zona).
Usuarios factibles que debiendo Artículo
81;
de 3 a 1 O días del S.M.G.
contratar
su
servicio
no
lo han hecho
o que estan registrados con
un
giro
diferente
al
usado.
Contratación extemporanea: Artículo
85.
Se
cobrará
el
importe
correspondiente a
la
cuota fija urbana, desde
A. Consumos retroactivos.
la
fecha
de
edificaci
ón
del predio, cuando
ésta pueda comprobarse; o desde 5 años
atrás cuando
no
pueda probarse .
B. Diferencia de tarifas.
La
diferencia entre las tarifas medias anuales
de
los giros afectados, desde
la
fecha de
apertura del establecimiento o desde 5 años
atrás cuando
no
pueda probarse.
Uso indebido del agua
De
5 a 60 S.M.G. de la zona.
Se
entenderá por u
so
indebido,
el
regar
calles, banquetas, lavar vehículos con
manguera y en general todas aquellas
acciones que a juicio del Organismo se
interpreten como desperdicio de agua.
Infractores reincidentes. Artículo
83
. Interrupción del servicio
de
agua
hasta que quede cubierto
el
monto
de
los
daños y
de
los demás adeudos del usuario.
Artículo
88
. Nueva sanción elevandose
al
doble
de
los límites originales
de
la
infracción
cometida.
ARTÍCULO 10.
La
junta podrá suministrar agua a carros
pipas destinados
al
servicio público y privado de agua
potable
en
zonas o lugares donde no exista
red
de
distribución, cobrando por ello
un
costo equivalente
al
precio
más alto por metro cúbico establecido
en
la
tarifa de servicio
industrial, pero debiendo procurar que dicha agua sea
vendida por los piperos a los solicitantes a
un
precio
64
«EL ESTADO DE SINALOA»
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
accesible y que
su
distribución
no
se preste a ninguna clase
de abuso.
ARTÍCULO
11. La Federación,
el
Estado, los Municipios, las
Empresas de Participación Estatal, los Organismos
Descentralizados, las Instituciones de Asistencia Pública,
deberán de pagar sus consumos y cuotas de conexión, de
acuerdo con las tarifas fijadas para
el
uso público.
No
estando exentas de pago, atendiendo a
lo
dispuesto por
el
Artículo 50 de
la
Ley de Agua Potable y Alcantarillado del
Estado de Sinaloa.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.
El
presente Decreto entrará en vigor
a partir del día siguiente a
su
publicación en
el
Periódico
Oficial "El Estado de Sinaloa
".
ARTÍCULO SEGUNDO. Se deroga
el
reg1men
tarifario
publicado
en
el
Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa",
No.004 de fecha 09 de enero de 2004.
ARTÍCULO TERCERO. Los adeudos de derechos y todo
el
procedimiento que se encuentre
en
trámite a la fecha de
iniciación de vigencia del presente Decreto, se regirá por
el
régimen tarifario a que' se refiere
el
anterior artículo
transitorio.
Viernes 08 de Agosto de 2014
Es
dado
en
el
Palacio del
Pod
ciudad de Culiacán Rosales,
mes de julio del año dos mil
«EL ESTADO DE SIN ALOA»
65
a los treinta días del
S&::ÚÍ~~~~~~R~AGMARTiNEZ
DIPUTADO SECRETARIO
P.M.D.L.
Por
lo
tanto mando
se
imprima, publique, circule y
se
le
el
debido
cumplimiento.
Es
dado
en.
el
Palacio del Poder Ejecutiv
Rosales, Sinaloa, a los treinta y
un
catorce.
o
en
la
ciudad de Culiacán
s e julio del año dos mil
66 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
Lic. Mario López Valdez, Gobernador Constitucional del Estado
Lib
re y Soberano
de
Sinaloa,
en
ejercicio
de
las
facultades
que
me confie ren los artículos 65,
fracciones
XIV
y
XXIV;
66, párrafo primero y
72
de la Constitución Política del
Estado
de
Sinaloa, y con
fundamento
en
lo
dispue
st
o por los artículos 1 , 2, 3, 4,
6, 7, 9, 14, 28 y
demás
relativos
de
la
Ley
Orgánica
de
la
Admi
nistración Pública
del Estado
de
Sinaloa; y
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
Sinaloa ha sido
ejemplo
en los últimos años por el esfuerzo
que--se-r~
liza
en
la
procuración de brindar mayor
certeza
jurídica e n todos y c
ada
uno
de
sus actos,
haciendo como una
tarea
primigenia, la
de
contar
con órganos integrado,s no sólo
por servidores públicos, sino
que
en
todos y
cada
uno
de
aquellas in
stituc
iones
que
así
sea
factible, se
cuente
con la participación ciudadana, escuchar la voz
de
la sociedad,
contar
con su opinión, participación
permane
nte
, que
permite
avanzar
en
toda
tarea
comprometidas, sino
simultáneamente
que
éstas
sean las
idóneas y
dar
cumplimiento a los objetivos
de
bienestar
colectivo.
Desde la creación del
decreto
número
66
de
la
Ley
de
Tránsi
to
y Transpor
tes
para el Estado
de
Sinaloa, se previó la
cre
ación
de
un
órgano
téc
nico auxiliar con
participación ciudadana, y
en
cuyo
objeto
es
la de
orient
ar
las polít icas y
programas para la protección y preservación del medio ambi
en
te , vialidad y
transporte.
Dicho órgano opina, también, en el otorgamiento
de
nuevas concesiones,
asignación
de
zonas o rutas para la prestación del servicio de
trans
porte
público
en sus diversas modalidades, así como
en
la modificación o a utorización
de
nuevas
tarifas
a los diversos servicios del
transporte
en
Sinaloa.
{Toda decisión del Consejo Estatal
de
Vialidad y Transporte, en ca r
ácter
de
órgano
técnico
auxiliar
debe
e
star
regulado
bajo
un
orde n
que
permi
ta
brindar
'
certeza
,
tanto
a las acciones
que
realiza la Dirección d e Vialidad y Transportes a
través
de
sus diversos
áreas
estipuladas
dent
ro de l Re glame
nto
Interior
de
la
~
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA»
67
Secretaría General de Gobierno, como
en
las
recomendaciones y orientaciones
que brinde
en
las diferentes áreas demarcadas por la Ley de Tránsito y
Transportes y
su
Reglamento General, siempre actuando
en
todo momento, bajo
la premisa de escuchar a todas aquellas partes especializadas y técnicas, que les
lleve a deliberar y tomar las mejores decisiones
en
pro de la sociedad sinaloense.
Es
preciso observar que a
más
de tres quinquenios de haberse aprobado dicho
decreto y
su
Reglamento General, y
aún
cuando
en
los mismos
se
previó
no
sólo
la Creación del Órgano Técnico Auxiliar, sino la elaboración de
un
Reglamento
Interior que permitiera regular
las
formas de
pa
rticipación y emisión de
opiniones, ello había quedado como
un
pendiente, que
en
éste momento
se
procura combatir
con
el presente Reglamento Interior, mismo que
permitirá
definir
las
formas quiénes le deben de integrar,
así
como el proceder de todos y
cada uno de
los
eventos que ante el mismo
se
presente.
El
presente Reglamento
interior
permitirá establecer políticas
de
participación
pública con inteligencia, que brinde tranquilidad y certeza a quien o quienes
esperan del órgano técnico auxiliar una opinión, toda vez que cada emisión de
opinión
se
sustentará previo el análisis y el diálogo,
así
como la cooperación y
coordinación de los servidores públicos integrantes del Consejo Estatal de
Vialidad y Transporte, de los representantes de l
os
órganos y entidades
camarales representativas del sector económico
en
el Estado,
así
la participación
de
las
instituciones públicas de educación superior, media superior y
equivalentes, con el fin de lograr, dentro del marco de pacto social y los
compromisos por Sinaloa, dar certeza al futuro de los Sinaloenses, porque ello
ts:
una tarea de todos.
REGLAMENTO
INTERIOR
DEL
CONSEJO
ESTATAL
DE
VIALIDAD Y
TRANSPORTES
CAPÍTULO 1
Disposiciones generales
·
~
~
·
68
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
Artículo
l.
El
presente
ordenamiento
tiene
por
objeto
regular
la
organización y
funcionamiento
del Consejo Estatal de Vialidad y Transportes de Sinaloa ,
en
lo
sucesivo el Consejo.
Artículo
2.
Para
el
cumplimiento
de
su
objeto, el Consejo además de fungir
como
órgano auxiliar
en los
términos
del artículo de
la
Ley
de Tránsito y Transporte del Estado
de
Si
na
loa, tendrá bajo
su
responsiva el análisis, consulta, valoración, evaluación y asesoría en materia de Vialidad y
Transportes
en
el Estado de Sinaloa.
CAPÍTULO
11
De
la
estructura del Consejo
Artículo
3.
El
Consejo estará integrado de
la
siguiente forma:
l.
11.
111.
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
l.
IV.
a.
b.
c.
d.
e.
El
Presidente, que será el
titular
del Poder Ejecutivo Estatal;
El
Secretario Ejecutivo, será designado
directamente
por el Titular del Poder Ejecutivo
Esta
ta
I;
Los
Consejeros, que serán los t
it
ulares o representantes de:
La
Secretaría General de Gobierno;
Secretaría de Administración y Finanzas;
Secretaría de Seguridad Pública;
Secretaría de Desarrollo Social y Humano;
Secretaría de Turismo;
Secretaría de Desarrollo Urbano y Obr
as
Públicas;
Subsecretario de Gobierno, quien fungirá como Secretario Técnico del Consejo;
Director de Vialidad y Transportes;
Secretario General de
la
Federación del
Autotransporte
en Sinaloa
-CTM;
Secretario General de
la
Federación del
Autotransporte
en
Sinaloa -CNOP;
Secretario General de
la
Federación del Transporte en Sinaloa-CROC; y
Secretario General de
la
Federación del Transporte en Sinaloa-CNC.
Vocales , que serán los titulares o representantes de:
Universidad Autónoma de Sinaloa;
Universidad
de
Occidente;
Colegio de Bachilleres de Sinaloa;
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica;
Universidades o Instituciones de educación pública en los niveles
medio
superior y
superior en el Estado
de
Sinaloa;
Presidente
CAADES;
Presidente
CANACO;
Presidente CANACINTRA;
\
r
\\
Viernes 08 de Agosto de 2014 «EL
ESTADO
DE
SIN ALOA» 69
i.
Presidente de
CANIRAC;
j. Presidente de
la
CMIC;
k.
Presidente
COPARMEX;
l.
Presidente Colegio Economistas;
m. Presidente de Colegio de Arquitectos; y
n. Asociación de Discapacitados .
La
presencia de dichos representantes será en calidad de invitados, y el
objeto
de
su
presencia
será como ponentes de temas específicos relacionados con los asuntos a
tratar
en
la
sesión
objeto
de
la
invitación.
Artículo
4.
El
cargo de
miembro
del Consejo será honorífico y en
el
caso de los
miembros
comprendidos en
las
fracciones 1
al
111
del artículo 3 del presente reglamento, cada
uno
de los
miembros tiene derecho a voz y a voto.
Los
vocales que i.ntegren
el
Consejo tendrán derecpo a voz, pero no a voto.
Artículo
5.
Los
miembros
titulares del Consejo po(jrán
nombrar
a un suplente, quien contará con
las
mismas facultades que el
titular.
Artículo
6.
Podrán asistir a
las
sesiones ordinarias, a invitación del Presidente o
el
Secretario
Eje
cutivo, expertos ponentes, representantes de organizaciones, agrupaciones especializadas o \
académicas, asociaciones de estudiantes, instituciones o especialistas
en
materia de vialidad y
transporte, desarrollo urbano, economía,
así
como con los temas o asuntos a
tratar
y quienes sólo
\J
tendrán derecho a voz, no a
voto
. \
CAPÍTULO
111
De
las
atribuciones
de los
miembros
del
Consejo
Artículo
7.
Corresponde
al
Presidente:
l.
Fungir como representante legal del Consejo;
11.
Presidir
las
sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo;
111.
Convocar
por
conducto del Secretario Técnico, a los
miembros
del Consejo, a
las
sesiones
ordinarias y extraordinarias, de conformidad con lo que dispone el artículo
12
de este
Reglamento;
IV
.
Las
demás que
se
deriven de
la
naturaleza de
su
cargo.
Artículo
8. Corresponde
al
Secretario Ejecutivo:
70
«EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 08 de Agosto de 2014
l. Integrar el programa anual de trabajo del Consejo;
11.
Presidir
las
sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, en ausencia del Presidente;
111.
Representar legalmente
al
Consejo, en ausencia del Presidente;
IV
. Fungir como Apoderado General
en
los términos más amplios del Consejo Estatal de
Vialidad y Transportes, con todas
las
facultades generales y especiales que, conforme a
la
Ley
, requieran cláusula especial, en
los
términos de los artículos 2436 y 2469, del Código Civil
para el Estado de Sinaloa . Asimismo, tendrá facultades para actos de administración y
dominio y para pleitos y cobranzas; para otorgar y suscribir títulos de crédito,
en
los
términos
del artículo nueve
de
la
Ley
General de tulos y Operaciones de Crédito; podrá otorgar,
sustituir o revocar poderes generales y especiales con todas
las
facultades que le competen,
sin
perder
el
ejercicio directo de éstas, incluyendo
las
que requieran autorización o cláusula
especial,
así
como sustituir y revocar dichos poderes.
V. -Convocar a los miembros del Consejo,
por
instrucciones del Presidente, a
las
sesiones
ordinarias y extraordinarias;
VI.
Moderar
los debates de
las
sesiones;
VII. Elaborar
las
actas que contengan los acuerdos de
las
sesiones;
VIII. Coordinar los grupos de
trabajo
en materia de vialidad y transportes existentes en
el
estado;
IX
. Concentrar y dar a conocer
al
Consejo, los planes, programas e informes de los grupos de
trabajo
en
materia de vialidad y transporte, registrados en los términos del presente
reglamento;
X.
Las
demás que
se
deriven de
la
naturaleza de
su
cargo o
las
que le asigne el Presidente o el
Consejo.
Artículo
9. Corresponde al Secretario Técnico:
l.
Auxiliar al Secretario Ejecutivo en lo relativo a
la
emisión de convocatorias a sesiones
11.
111.
IV
.
ordinarias y extraordinarias;
Dar recepción a los planes, programas e informes de los grupos de traba¡o
de
vialidad
~~
y transportes para
su
presentación
al
Secretario Ejecutivo;
Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos del Conse¡o; M
v.
Llevar
el
control
y seguimiento de
las
minutas y acuerdos tomados
al
intenor
del
Conse10;
y
Las
demás que
se
deriven de
la
naturaleza de
su
cargo o
las
que
le
asigne el Secreta
no
Ejecutivo o el Conse¡o.
Artículo
10. Corresponde a los Consejeros:
~~
l l. Asistir a
las
sesiones del Consejo con derecho a voz y a voto;
Conocer y analizar con anticipación los asuntos a
tratar
en
las
sesiones; x-
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SINALOA»
71
111.
Promover y vigilar
el
cumplimiento
de
los
compromisos asumidos
por
el
Consejo, y
la
aplicación de
las
disposiciones derivadas del presente reglamento;
IV
. Entregar oportunamente
la
infor
ma
ción que
en
materia de vial idad y transporte,
le
sea
requerida por los miembros del Consejo;
V.
Participar en
la
preparación del programa anual de trabajo del Consejo y
en
las
evaluaciones correspondientes;
Artículo 11. Corresponde a los Vocales:
l.
Asistir a
las
sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo , convocadas por
el
Presidente del mismo;
11.
Proponer temas a revisar
en
el
seno del Consejo y participar
en
el
análisis de los mismos;
111.
Participar en los grupos
de
trabajo que
el
Consejo o
el
Presidente del mismo
les
indique;
IV
. Presentar
el
resultado del análisis y evaluación de los planes, programas e informes
generados por
los
grupos
de
trabajo; y
V.
Las
demás que
se
deriv
en
de
la
naturaleza de
su
cargo o que
les
asigne
el
propio Consejo.
CAPÍTULO
IV
De
las
sesio
nes
Artículo 12.
Para
el
desahogo de los
as
untos de
su
competencia ,
el
Consejo sesionará de manera
ordinaria y extraordinaria.
Sesionará de manera ordinaria por lo menos dos veces
al
año.
La
primer sesión anual
se
realizará
dentro
del segundo bimestre del año, misma que
en
su
primer objeto estará
la
de revisar y evaluar
las
tarifas del transportes, y
en
su
caso
proponer
al
titular
del Poder Ejecutivo, con proyecto
motivado y fundado, de l
as
modifica
ci
ones que
así
se
consideren necesario.
Las
sesiones extraordinarias tendrán verificativo
en
cualquier tiempo cuando
el
Presidente lo
considere necesario o a petición de
la
mayoría
de
los Consejeros.
Artículo 13.
La
convocatoria de
cada
sesión del Consejo,
se
entregará con
un
mínimo
de
5
día
hábiles de anticipacióne e incluirá el orden del
día
,
la
minuta de
la
sesión anterior y 1
documentos que el Secretario Ejecutivo
considere
que r
eq
uieren
de
una revisión.
Articulo 14. Habrá quórum para sesionar, cuando asista
el
Presidente
y/o
el
Secretario Ejecutivo 'i
por lo menos 6 de los miembros con derecho a voz y a voto.
~
De
no reunirse el quórum,
se
realizará una segunda convocatoria.
Las
sesiones estarán presididas
"''"
lo
""bl•ddo
'"
lo•
•rt''"'º'
7 y 8
d•
""
cogl•mooto. / & X
72
<
ESTADO DE SINALOA» I
Viernes 08 de Agosto de
201~
Artículo 15 .
Los
acuerdos que
se
tomen
en
las
sesiones del Consejo, serán válidos cuando
sean
aprobados por lo menos
por
la
mitad
más
uno de los miembros presentes
con
derecho a voto.
En
caso de empate
el
Presidente tendrá voto de calidad.
Artículo 16.
De
cada
sesión deberá formularse
un
acta circunstanciada,
la
cual será firmada por los
asistentes.
Artículo 17. Cuando el
titular
y
su
suplente asistan simultáneamente a una sesión, sólo
el
titular
tendrá derecho a voto.
Artículo 18.
Los
asuntos abordados en
cada
sesión del Consejo, serán analizados desde
el
ámbito
de
cada
participante, a fin de concluir con
la
integración
de
todos los elementos necesarios para
conformar
la
perspectiva estatal, tomando en cuenta,
en
su
caso
, los planes, programas e
informes
de
los grupos de trabajo, a partir de lo cual
se
tomarán decisiones y establecerán
acuerdos y compromisos.
Artículo 19.
En
cada
ses
ión,
el
Secretario Ejecutivo informará sobre el cumplimiento de los
acuerdos y compromisos que con anterioridad
se
hayan establecido por
el
Consejo.
CAPÍTULO
V
De
los grupos de trabajo
Artículo 20.
El
Consejo integrará grupos de trabajo, para
el
estudio y solución de los asuntos
específicos relacionados con
su
objeto.
Artículo 21.
Para
la
creación e incorporación de los grupos de trabajo,
el
Consejo deberá
tomar
en
consideración
su
pertinencia y factibilidad,
así
como
de
las
políticas
de
planeación nacionales y
estatales y municipales
en
materia de vialidad y transporte y desarrollo socioeconómico .
Artículo 22 .
Los
integrantes
de
los grupos de trabajo, no recibirán remuneración económica
por~
'
esta actividad
Artículo 23.
La
organización y funcionamiento de los grupos de trabajo
se
subdividirán en dos
( subtemas:
"' a. Vialidad; y
~
b. Transportes .
;:::7
/
~
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
«EL
ESTADO
DE
SIN
ALOA»
73
Artículo
24.
los
grupos de trabajo presentarán a petición del Secretario Ejecutivo los proyectos
necesarios
en
materia
de
vialidad y transportes, desarrollo ecológico y urbanístico,
así
como
en
lo
correspondiente a evaluación de tarifas a
los
diferentes servicios de transportes, necesidades de
ampliación, modificación o reingeniería
de
las
concesiones
y/o
permisos autorizadas o por
autorizar por
el
titular
del Ejecutivo del Estado, como también
en
el
caso
de
adecuaciones,
si
fuera
necesario, de zonas o rutas
en
los diferentes servicios del transporte
de
pasaje y carga
en
el
Estado.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.-
El
presente reglamento entrará
en
vigor
al
día
siguiente de
su
publicación
en
el
periódico oficial "
El
Estado de Sinaloa ".
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Se
derogan todas
Reglamento.
A
pongan
al
presente
ciudad de Culiacán
74
«EL ESTADO DE SINALOA»
Secretario de S lica del Estado
Secretario de Desarrollo Urbano y Obras
Públicas
Viernes 08 de Agosto de 2014
Secretario de Turismo
~
Lic. Francisco
Manuel
Cordova Celaya
Secretario de Desarrollo Social y Humano.
La
presento hoja
de
firmas corresponde
al
REGLAMENTO
INTERIOR
Dfl
CONSEJÓ
ESTATAL
DE
VIALIDAD
y
TRANSPORTES
,
e.
pedido
el
día 3
de
julio
de
2014
-viernes 08 de Agosto de 2014
<
ESTADO
DE
SINALOA»
75
AVIS
OS JUDICIALES
JUZGADO SEGUNDODEPRIMERAINSTANCIA
DEL RAMO FAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
C. RAFAELESPARRAGOZARUVALCABA
Domicilio Ignorado.
Notiflquesele con fundamento en el artículo
119 del
Código
Procesal
Civil
demanda
por
DIVORCIO JUDICIAL promovido en su contra por
el C. AMALIA PÉREZ ROBLES, el cual se le
emplaza para que dentro del término de
09
nueve
dfas contados a partir del décimo día de hecha
Ja
última publicación
produzca
contestación a la
demanda
interpuesta
en
su
contra.
Acudir
a
expediente479/2014.
Queda a disposición de la Secretaría de este
Juzgado copias de traslado.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jul. 04 de 2014
ELSECRETARIOIBRCERO
Lic
. Héctor Fernando
Gámez
Eng.
AG0
.
8-11
R.No
.10153673
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
ED
I
CTO
C. SANTIAGO
SÁNCHEZANGULO
Domicilio Ignorado.
Notifíquesele con fundamento en el artículo
119 del
Código
Procesal
Civil
demanda
por
DIVORCIO
SIN
EXPRESIÓN
DE
CAUSA
promovido
en
su
contra
por
la
C.
ISABEL
SANDOVALA)':lGULO, en el cual se le emplaza
para que dentro del término de 09 nueve días
contados a partir del décimo día de hecha la última
publicación produzca contestación a la demanda
interpuesta en su contra. Acudir a exped,iente 3248/
2013.
Queda a disposición de la Secretaría de este
Juzgado copias de traslado.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Mzo.
13
de2014
LASECRETARIAIBRCERA
Lic. Rosa
Elma
Guerrero
Vargas
AGO.
8-11
R.
No
.10153479
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOCIVILDELDISTRITOJUDICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.-
E
DICTO
C.
LUCIANO OSUNA ROJAS
Domicilio Ignorado
Se le
notifica
,
con
fundamento
en
los
artículos 119 y 629 del Código de Procedimientos
Civiles en vig_
or
para el Estado, la demanda de juicio
Ordinario Civil por Pago de Pesos, entablada en
su
contra
por
el
INSTITUTO
DEL
FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA LOS
TRABAJADORES y se le emplaza para que dentro
del término de 09
NUEVE
DÍAS contados a partir
del décimo día de hecha la última publicación del
presente edicto, produzca su contestación a dicha
demanda u
oponga
las excepciones y defensas
que tuviere, así mismo, de que
en
caso
de no
contestar
la
demanda,
se
tendrá
por
presuntivamente ciertos los hechos de la misma
en el expediente número 938/2012; quedan a su
disposición
en
la Secretaría de este Juzgado las
copias de traslado correspondientes, lo anterior
en cumplimiento a lo ordenado
por
auto de fecha
15
quince de mayo de 2014, dos mil
catorce
,
mediante el cual se ordenó emplazarlo
por
medio
de edictos.
Informánd
ole
que
esta
autoridad
del
Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo
Civil tiene su domicilio ubicado en la segunda
planta de la Unidad Administrativa del Gobierno
del Estado, ampliamente conocido sin número
entre las calles Río Culiacán y Río Baluarte en el
Fraccionamiento
Tellerfa
de
esta
ciudad
de
Mazatlán, Sinal
oa
.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Myo. 22 de 2014
LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Karla Verónica
Valdés
Niebla
AGO.
8-11
R.
No. 591296
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
C.
BERTIIAROSAGONZÁLEZRODRÍGUEZ
Domicilio Ignorado.
En acatamiento al auto de fecha 1 uno de
abril de 2014 dos mil catorce, pronunciado en el
presente juicio número 745/2011, relativo al Juicio
ORDINARIO CIVIL, promovido
por
INSTITUTO
76
«EL ESTADO DE SINALOA»
DELFONDONAOONALDEI.A
VIVIENDAPARA
LOS TRABAJADORES, en contra de .BERTHA
ROSA
GONZÁLEZ
RODRÍGUEZ,
ante
este
Juzgado, y con apoyo en los artículos 119 y 119 bis
del Código de Procedimientos Civiles del Estado
de Sinaloa, se le emplaza a juicio
por
medio de
edictos
que
deberán publicarse
por
dos veces
consecutivas en los periódicos
El
Estado de Sinaloa
y El
Noroeste,
que
se
editan
en la
ciudad
de
Culiacán,
Sinaloa,
y
en
esta
Ciudad
respectivamente, y en los estrados de la Secretaría
del
H.
Ayuntamiento de esta Municipalidad, para
que dentro del término de NUEVE DÍAS hábiles
contados a partir del décimo día de hecha la última
publicación
, se
presente
ante
este
Juzgado
a
producir contestación a la demanda entablada en
su contra y a oponer excepciones que tuviere que
hacer valer en su favor, quedando en la Secretaría
de este Juzgado a su disposición las copias de
traslado correspondientes de la demanda y sus
anexos, previniéndola para que en su primer escrito
señale domicilio para oír y recibir notificaciones en
esta Ciudad, apercibiéndole que de no hacerlo se
le
harán en la forma prevista por la Ley.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Abr. 4 de 2014
LA
SECRETARIA PRIMERA
Lic. Guadalupe
T.
Burgos López
AGO.
8-11
R.
No. 591297
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
BANCO NACIONAL DE CRÉDITO RURAL S.N .C.
EN
LIQUIDACIÓN
EN
SU
CARÁCTER
DE
FUSIONANTE DEL BANCO DE CRÉDITO RURAL
DEL PACÍFICO NORTE, S.N.
C.
Expediente 755/2013, ORDINARIO CIVIL,
promovido por DISTRIBUIOORADE VEGETALES
MEXICANOS, S.A. DE C.
V.,
seguido su contra, se
ordena
emplazar
a
BANCO
NACIONAL
DE
CRÉDITO RURAL S.N.C. EN LIQUIDACIÓN EN
SU CARÁCTER DE FUSIONANTE DEL BANCO
DE CRÉDITO RURAL DEL PACÍFICO NORTE,
S.N.C.,
por
medio de edictos, para que dentro del
término de NUEVE DÍAS, comparezcan ante este
juzgado sito en Avenida Lázaro Cárdenas, Centro
Sinaloa
,
de
esta
ciudad
de
Culiacán,
Sinaloa
(Palacio de Justicia) a dar contestación a la demanda
interpuesta en su contra y oponga las excepciones
que
tuviere
que
hacer
valer
a
su
favor,
Viernes 08 de Agosto de 2014
· previniéndosele
para
que
en
su
primer
escrito
sefialen domicilio en esta Ciudad, para oír y recibir
notificaciones
y
que
de
no
hacerlo
las
subsecuentes se le harán en la fonna prevista
por
la ley.- Dicha notificación empezará a surtir sus
efectos a partir del día siguiente hecha su última
publicación y entrega del edicto respectivo.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jul.
14
de 2014
LA
SECRETARIA SEGUNDA
Lic.
Luz
Aurelia Sauceda Beltrán
AGO. 8-11
R.
No. 10153363
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
J.
CARMEN VALDÉS V ÁZQUEZ
Domicilio Ignorado.
En
Exp.
No.
1994/2013,
juicio
por
ORDINARIO CIVIL DIVORCIO SIN EXPRESIÓN
DE
CAUSA
;
seguido
en
su
contra
por
MA.
CRISTINAAGUIRRE BOJÓRQUEZ, con fecha 27
veintisiete de Junio del 2013 dos mil trece, se
dictaron los puntos resolutivos que en su acción,
la
parte
demandada
no
compareció
a
juicio
.
PRIMERO.- Es PROCEDENTE la vía promovida
por MA. CRISTINAAGUIRRE BOJÓRQUEZ, en
contra de
J.
CARMEN VALDÉS V ÁZQUEZ, quien
solicitó a esta
autoridad
judicial
divorcio
sin
expresión de causa. SEGUNDO.- Se decreta el
divorcio
de
MA.
CRISTINA
AGUIRRE
BOJÓRQUEZyJ.CARMENVALDÉSVÁZQUEZ,
por tanto se declara disuelto el vínculo matrimonial
que celebraron el día 08 ocho de Agosto de 1988
mil
novecientos
ochenta
y
ocho,
bajo
el
acta
número 00197 ciento noventa y siete, del libro O 1
uno, levantada
por
el C. Oficial del Registro Civil
número
03
de
Costa
Rica,
Culiacán,
Sinaloa
.
TERCERO
.-
Se
declara
disuelta
la
sociedad
conyugal, régimen adoptado
por
los contendientes
al celebrar su matrimonio el cual hoy termina,
dejándose
su
liquidación
para
ejecución
de
sentencia. CUARTO.- En cuanto a la propuesta de
convenio exhibida por MA. CRISTINAAGUIRRE
BOJÓRQUEZ, y la falta de consentimiento al mismo
de
J.
CARMEN
VALDÉS
VÁZQUEZ
, se les
concede a las partes un término fatal de l O diez
días contados a partir del siguiente día que se
notifique el presente auto para que amplíen los
hechos de su demanda y contestación, y ofrezcan
las pruebas que estimen pertinentes respecto a las
Viernes 08 de
Agosto
de 2014
inconfonnidades al convenio presentado
por
la
actora. QUINTO.- Una vez firme el presente
autQ,
remítase copias fotostáticas certificadas de la
misma y del auto que
asf
la declare al C. Oficial del
Registro Civil aludido en el resolutivo segundo, a
efecto de cwnplir con lo ordenado por artíeulo 195
del
Código
Familiar
de
Sinaloa.
SEXTO.-
Notiflquese la presente resolución a la parte actora
en términos del numeral
118
Fracción VI y a la parte
demandada de los arábigos 119 y 629 ambos del
Código de Procedimientos Civiles. SÉPTIMO
.-
No
se hace especial condenación en costas, por no
encontrarse en ninguno de los supuestos que
prevé
el
articulo
141
del Código Adjetivo Civil para
el
Estado
de
Sinaloa
.-
NOTIFÍQUESE
PERSONALMENTE
.-
Así
lo
resolvió y firmó
el
C.
Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de
_ lo Familiar, por ante la Secretaria Segunda de
Acuerdos con que actúa y da
fe.
Culiacán, Sin
.,
Jun.
11de2014
SECRETARIA
SEGUNDA
Abigail Noriega Félix
AG0
.8
-1
1 RNo.10153853
JUZGAOO SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
ALEJANDRO
ALBERTO
VERA V ÁRGUEZ.
Domicilio Ignorado.
Que en
el
expediente número 1474/2010,
derivado
del
juicio
SUMARIO
CIVIL
HIPOTECARIO promovido ante este Juzgado por
el Licenciado JUAN CARLOS AMENT PEÑA, en
su
carácter
de
apoderado
legal
de BBVA
BANCOMER,
SOCIEDAD
ANÓNIMA,
INSTITUCIÓN DE BANCAMúLTIPLE,
GRuPO
FINANCIERO
BBVA
BANCOMER, en contra de
ALEJANDRO ALBERTO VERA V ÁRGUEZ; se
dictó sentencia que en su parte conducente los
puntos resolutivos dice:
Culiacán, Sinaloa, a
21
veintiuno de febrero
de2014dosmilcatorce. SE
RESUELVE:
PRIMERO.
La
parte
actora
probó
su
acción.
La.
parte
demandada no compareció a juicio,
por
Jo
que fue
declarada rebelde. SEGUNDO.- Es legalmente
pr.ocedente la demanda que en la vía sumaria civil
hipotecaria
promoviera
el Licenciado
JUAN
CARLOS
AMENT
PEÑA,
en
su
carácter
de
apoderado
legal
de
BBVA
BANCOMER,
SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN
DE
BANCAMúLTIPLE, GRUPO FINANCIERO
BBVA
<
ESTADO DE SIN ALOA» 77
BANCOMER,
en
contra
de
ALEJANDRO
ALBERTO VERA V ÁRGUEZ, en consecuencia:
TERCERO
.-
Se
condena
al
demandado
ALEJANDRO ALBERTO VERA V ÁRGUEZ, a
pagar
a BBVA
BANCOMER,
SOCIEDAD
ANÓNIMA
,
INSTITUCIÓN
DE
BANCA
MÚLTIPLE,
GRUPO
FINANCIERO
BBVA
BANCOMER,
Ja
cantidad
de
$794,282
. 77
(SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO. MIL
DOSCIENTOS OCHENTA YDOS PESOS 77/100
MONEDA
~ACIONAL),
por concepto de suerte
principal; el pago
en
pesos equivalentes
por
concepto de amortizaciones de capital vencidas y
no pagadas
correspondientes
a los meses de
febrero
a
agosto
de 201 O
dos
mil
diez,
de
conformidad con lo pactado en el contrato base
de la acción: más los intereses ordinarios no
pagados
correspondientes
a
los
meses
anteriormente
señalados;
más
los
intereses
moratorios generados y los que se sigan generando
hasta la total liquidación del adeudo; conceptos
que habrán de calcularse de conformidad a los
términos del contrato de apertura de crédito; así
como los gastos y costas del juicio; prestaciones
todas ellas que deberán ser liquidadas en ejecución
de sentencia. CUARTO
.-
Se
concede
al
demandado
el
término de cinco días contados a partir de la
fecha
en
que
cause
ejecutoria
la
presente
resolución, apercibido que
de
no dar cumplimiento
voluntario a la misma se procederá a su ejecución
forzosa por parte de este Juzgado, haciendo trance
y
remate
del
bien
inmueble
sujeto
a
cédula
hipotecaria, y con su producto, pago a
Ja
parte
actora. QUINTO.- Notifiquese personalmente
Ja
presente sentencia en términos del artículo 118,
fracción
VI
del Código de Procedimientos Civiles,
a las
partes
que
tengan
señalado
domicilio
procesal. En la inteligencia de que la notificación a
la demandada, habrá de realizarse mediante los
edictos que al respecto establece el artículo 629 en
relación
con
el
numeral
119 del
Código
de
Procedimientos
Civiles,
a
través
de
las
publicaciones en los periódicos oficial El Estado
de Sinaloa, como en El Debate de Culiacán, sin
perjuicio
de
entregar
una
copia,
de
dicha
notificación en la Secretaría del Ayuntamiento de
esta Municipalidad. Así lo resolvió y firmó la
Licenciada CLAUDIA MARGARITA SARABIA
MONTOYA, Juez Segundo de Primera Instancia
del Ramo Civil de este Distrito Judicial, por ante la
Secretaria
Segunda
de
Acuerdos
Licenciada
LAURA YOLANDAMARTÍNEZ CARRASCO que
3
<
ESTADO
DE
SINALOA»
actúa
y
da
fe.
FIRMADOS
DOS
FIRMAS
ILEGIBLES RÚBRICAS.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin.,
Mro
. 24 de 2014
LAC. SECRETARIADEACUERDOS
Lic. Laura Yolanda Martfnez Carrasco
AG0
.
8-11
R.No.10153753
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CNILDELDISTRITO JUDICIAL DE
AROME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIDDAD
DE LOS MOCHIS, SINALOA, UBICADA EN
UNIDAD
ADMINISTRATIVA,
SITO POR CALLES
MARCIALORDÓÑEZY ALLENDE.
EDICTO
MAURILIO MARTÍNEZ BLANCO y ALMA
FLORENTINAPORTILLOLOERA
Domicilio Ignorado.
Que en el expediente número 398/2013,
relativo ajuicio SUMARIO
CNIL
HIPOTECARIO,
promovido
por
BBVA
BANCOMER,
S. A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO
FIÑANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de
MAURILIO MARTÍNEZ
BLANCO
y ALMA
FLORENTINA PORTILLO LO ERA, el Juez ordenó
notificar a Usted los puntos resolutivos de la
sentencia dictada en este juicio con fecha doce
del mes de junio del año 2014 Dos Mil Catorce.
Que en sus puntos resolutivos dice: Los
Mochis, Sinaloa, a
12
doce de junio de 2014 dos
mil catorce . PUNTOS RESOLUTIVOS : PRIMERO.-
Ha procedido la presente vía SUMARIA CIVIL
HIPOTECARIA. SEGUNDO.-
La
parte actora probó
su acción. Los demandados no comparecieron a
juicio. TERCERO:- Se condena a MAURILIO
MARTÍNEZ
BLANCO
, a
pagar
a
BBVA
BANCOMER, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE
,
GRUPO
FINANCIERO
BBVA
BANCOMER, por conducto de su apoderado legal
licenciado CELSO ARMENTA GÁMEZ,
la
cantidad
de$178,779.15 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL
SETECIENTOS
SETENTA
YNUEVEPESOS
15
/
100
MONEDA NACIONAL), por concepto de suerte
principal, así como el pago de la cantidad de
$12,748
.
50
(DOCE
MIL
SETECIENTOS
CUARENTA Y OCHO PESOS 50/100 MONEDA
NACIONAL),
por
concepto de amortizaciones
mensuales vencidas correspondientes a los meses
de diciembre del año 2012 dos mil doce
al
mes de
abril del afio 2013 dos mil trece, más las que se
sigan venciendo hasta la liquidación total del
adeudo
;
igualmente
el
pago
de
los
intereses
Viernes 08 de Agosto de 2014
ordinarios y moratorios pactados vencidos y que
se sigan venciendo hasta la solución del juicio,
los cuales serán motivo de liquidación en ejecución
de sentencia, así como los gastos y costas del
juicio; otorgándosele para tal efecto el término de
cinco días contados a partir de la fecha en que
cause ejecutoria esta sentencia, apercibido que de
no dar cumplimiento a
lo
anterior se hará trance y
remate del bien inmueble dado en garantfa y con
su
producto
pago
al
acreedor
. CUARTO: Se
condena
ALMA
FLORENTINA PORTILLO
LOERA, a responder de la condena fincada en
contra de MAURILIO MARTÍNEZ BLANCO,
hasta donde alcance el valor del inmueble que
al
efecto se hipotecó. QUINTO.- Se ordena notificar
esta resolución en sus puntos resolutivos a los
demandados MAURILIO MARTÍNEZ BLANCO
y ALMA FLORENTINA PORTILLO LOERA, p or
medio de edictos que deberán de publicarse por
dos veces en los.periódicos «El Estado de Sinaloa»
y «El Debate» que se editan en la ciudad de
Culiacán, Sinaloa y esta ciudad de Los Mochis,
Sinaloa, respectivamente, debiéndose entregar una
copia de la notificación en la Secretaría del H.
Ayuntamiento
de
esta
Municipalidad
,
con
residencia en esta Ciudad, en los términos del
artículo
119
en relación
al
629 del memorado Código
de Procedimientos Civiles. NOTIFÍQUESE.- Así
lo
resolvió y fmnó el ciudadano licenciado JOSÉ
ISRAEL ARIAS OLAIS, Juez Primero de Primera
Instancia del Ramo Ci vil, por ante el Secretario
Segundo licenciado RAÚL JUÁREZ VILLEGAS,
con que actúa y da
fe
.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin
.,
Jun.
23
de 2014
ELSECRETARIOSEGUNDO
Lic.
Raúl
Juárez V/llegas
AGO.
8-1
1
R.
No. 496499
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
AROME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD
DE LOS MOCHIS,AROME, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes créanse con derecho
a
oponerse
en
Juicio
de
TRAMITACIÓN
ESPECIAL
MODIFICACIÓN
Y/ O
CONVALIDACIÓN DE ACTA DE REGISTRO
CIVIL, promovido
por
MICAELA CAMIADE
QUIÑÓNEZy ALFONSO ANTONIO GUTIÉRREZ
MANZO,
por
haberse asentado incorrectamente
en su acta matrimonio el nombre de la cónyuge
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
mujer
como
MARÍA
MICAELA
CAMIADE
QUIÑÓNEZ, debiendo ser su nombre correcto
MICA'ELA
CAMIADE
QUINÓNEZ.
Quienes
podrán intervenir en
juicio
mientras
no
exista
sentencia ejecutoriada en expediente numero
1O17
/
2014
.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Jul. 04 de 2014
LAC. SECRETARIAPRIMERA
M.C. Susann Sofla Meléndrez Gil
AGO. 8 R No. 496546
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
SINALOA,
SIN ALOA.
EDICTO
Convóquense quienes créanse derechosos
juicio
TRAMITACIÓN
ESPECIAL
DE
MODIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO,
promovido
por
la Ciudadana FIDELIA SOTO
BERRELLEZA, solicitando rectiflquese el nombre
FIDEL SOTO VERRELLEZA, incorrecto,
por
FIDELIA SOTO BERRELLEZA, siendo el correcto,
de igual manera, rectifiquese el sexo MASCULINO,
incorrecto, por FEMENINO, siendo el correcto,
asimismo, rectiflquese el nombre de la madre de la
promovente
CORNELIA
VERRELLEZA,
incorrecto,
por
CORNELIA
BERRELLEZA
ACOSTA, siendo el correcto, Presentarse este
Juzgado cualquiera que sea el estado del juicio
mientras
no
exista
sentencia
ejecutoriada.
Expediente número 17512014.
Sinaloa de Leyva, Sinaloa, Sin., México, Myo.
14
de2014
EL SECRETARIO PRIMERO DEL JUZGADO
Lic. Martín Ignacio Alcalde Jlménez
AGO. 8 R No. 119082
JUZGADO DEPRIMERAINSTANCIADELRAMO
CIVILDELDISTRITOJUDICIALDE
SALVADOR
ALVARADO
,
CON
RESIDENCIA
EN
GUAMÚCHIL, SINALOA.
EDICTO
Juicio
Tramitación
Especial
(MODIFICACIÓN Y/O CONVALIDACIÓN DE
ACTA
DE
NACIMIENTO),
promovido
por
GUADALUPE MEDINA CONTRERAS, contra
Oficial O
15
del Registro Civil de Jesús Maria,
Culiacán,
Sinaloa,
MARÍA
DOLORES
CONTRERAS
OLIVAS.
Convócanse
quienes
créanse derecho
oponerse
rectificación
de
acta
de
nacimiento
«EL ESTADO DE SIN ALOA»
79
número 00137, en la cual se asentó erróneamente
sunombrecomoGUADALUPEMEDINAOLIYAS,
debiendo ser el correcto GUADALUPE de apellidos
MEDINA CONTRERAS.
Pudiendo
intervenir
en
el
negocio,
cualesquiera que sea el estado del mismo, mientras
no exista Sentencia ejecutoriada en expediente
número: 785/2014.
ATENTAMENTE
Guamúchil, Salv. Alv., Sin., Jun. 19 de 2014
ELC
. SECRETARIO PRIMERO
Lic. José Luis Soto Agullar
AG0.8
R.No.102205
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL
DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO,
SINALOA.
EDICTO
Exp:
860/201
4.
VIRGINIA y MARI CELA ambas
de
apellido
GARRIDO LUNA demandan RECTIFICACIÓN DE
SUS
ACTAS
DE
NACIMIENTO
aparece
incorrecto
nombre
de
sus
progenitores
BERNARDO GARRIDO y ODILIA LUNA siendo
correcto BERNARDO GARRIDO HERNÁNDEZ y
MARÍA LEONIDES ODILIA LUNA LUNA.-
Llámese
inter
e
sados
oponerse
rectificación
pudiendo intervenir en negocio mientras no exista
sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin
.,
Jun. 30 de 2014
EL SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Jesús Jlillarrea/ Jiménez
AGO. 8
R.
No. 10153708
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO,
SIN ALOA.
EDICTO
Exp:
68612014.
JESÚSROBERTOGARCÍALUNAy BRISA
ESMERALDA
COTA
POMPA,
demandan
RECTIFICACIÓN
ACTA
DE
MATRIMONIO
aparece incorrecto nombre de contrayente BRISA
COTA
POMPA
,
siendo
correcto
con
que
promueve
.-
Llámese
interesados
oponerse
rectificación
pudiendo
intervenir
en
negocio
mientras no exista sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin., Jun. 3 de 2014
EL SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Jesús Jlillarrea/ Jiménez
80
«EL ESTADO DE SINALOA»
AG0.8 RNo.10153477
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIARDELDISTRITDJUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
a oponerse
enjuic
io TRAMITACIÓN ESPECIAL
POR
MODIFICACIÓN
DE
ACTA
DE
NACIMIENTO
No
. 00051 , que promueve la C.
MARÍA DORA ANGELIA FÉLIX ALFARO, en
contra del C . Oficial del Registro Civil Número O 1
de Cosalá, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar
a la realidad social, el
NOMBRE
de la suscrita, el
cual, se asentó incorrectamente como MARÍA
DORANGELIAALFARO debiendo ser el correcto
MARÍADORAANGELIAFÉLIXALFARO.Acudir
expediente 1535/2014 cualquier momento mientras
no exista sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jul.
03
de 2014
LA
SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Marta Guadalupe Valdez León
AGO. 8 R No. 10153825
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
a oponerse enjuicio TRAMITACIÓN ESPECIAL
POR
MODIFICACIÓN
DEL
ACTA
DE
NACIMIENTO No. 194 DE LA C . VICTORIA
QUINTERO
FÉLIX
promovido
por
su propio
derecho en contra del C. Oficial 024 del Registro
Civil de la Sindicatura de Las Tapias, Culiacán,
Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la
realidad social, el
NOMBRE
de la suscrita, el cual
se asentó incorrectamente como VICTORIA FÉLIX
debiendo
ser
el correcto VICTORIA QUINTERO
FÉLIX. Acudir a expediente 1079/2014 cualquier
momento
mientras
no
exista
sentencia
ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Myo.
16
de 2014
LA SECRETARIA TERCERA
Lic. Rosa Elma Guerrero Vargas
AGO. 8 R No. 10153360
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Viernes 08 de
Agosto
de 2014
Convóquese a quienes créanse con derecho
a oponerse
enjuicio
TRAMITACIÓN ESPECIAL
POR
RECTIFICACIÓN
DE
ACTA
DE
NACIMIENTO NÚMERO 223 que promueve la C .
MARÍA
LUISALÓPEZ OLIVAS, en contra del C.
Oficial del Registro Civil número
021
de Villa Adolfo
López Mateos, Culiacán, Sinaloa,
para
efecto de
corregir y adecuar a la realidad social, el NOMBRE
de la suscrita, que aparece de manera incorrecta
como
MA.
LUISA LÓPEZ OLIBAS y se asiente
dicho documento el nombre correcto de MARÍA
LUISA LÓPEZ OLIBAS, asimismo se asiente en
ella como fecha de nacimiento del día 29 DE JULIO
DE 1968, en lugar de 1 O DE AGOSTO
DE
1968,
Acudir expediente 221 /2012 cualquier momento
mientras no exista sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Feb. 28 de 2012
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Ignacio Álvarez Lafarga
AGO.
8-11
R No. 10153759
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
a oponerse
enjuicio
TRAMITACIÓN ESPECIAL
POR
LA
MODIFICACIÓN
DEL
ACTA
DE
NACIMIENTO
No. 1122 del finado CARLOS
GIOV
ANNI
VELARDE OCHO A promovido por el
C. EDUARDO VELARDE OCHO A en su carácter
de
Albacea
Provisional en
juicio
sucesorio en
contra del C. Oficial O
12
del Registro Civil de
Culiacán, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar
a la realidad social, el
NOMBRE
de la madre del
finado, el cual se asentó incorrectamente como
GUADALUPE OCHOA DRÍAS debiendo
ser
el
correcto
MARÍA
GUADALUPE OCHOA DRÍAS.
Acudir expediente 1344/2014 cualquier momento
mientras no exista sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jul. 02 de 2014
LA
SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Cynthia Beatriz Gastélum Garcfa
AGO. 8 R No. 10153818
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIARDELDISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
a
oponerse
en
juicio
de
TRAMITACIÓN
Viernes
08
de Agosto
de
2014
ESPECIAL
RECTIFICACIÓN
DE
ACTA
DE
DEFUNCIÓN DE MIGUEL VASQUES BERRIAZA,
promovido
por
: MARÍA
OJEDA
AVILÉS, para
efecto de que en la referida acta se corrija el estado
civil
aparece
como
:
SEPARADO,
el
cual
es
incorrecto y en su lugar se asiente el estado civil
correcto, el cual es:
UNIÓN
LIBRE, en Exp. No.
1686/2014, quienes tendrán derecho a intervenir
en el negocio, cualquiera que
sea
el estado del
mismo mientras
no
exista sentencia ejecutoriada.
Culiacán, Sin., Jun. 30 de 2014
SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Abigail Noriega Félix
AGO. 8
R.
No. 10153832
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDlCIALDE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
a oponerse
enjuicio
TRAMITACIÓN ESPECIAL
MODIFICACIÓN
y/o
CONVALIDACIÓN
DE
ACTAS
DEL
REGISTRO CIVIL, promovido
por
:
ANA ALICIA
BUSTAMANTE
RUELAS,
para
efecto de que en la referida acta se corrija la fecha
de nacimiento de la promovente la cual aparece
como:
14
DE
ENERO
DE
1959 la cual es incorrecta
y en su lugar se asiente la fecha correcta, la cual
es: 14 DE DICIEMBRE DE 1958, en Exp. No. 1709/
2014, quienes tendrán derecho a intervenir en el
negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo
mientras no exista sentencia ejecutoriada.
AG0
.8
Culiacán, Sin., Jun. 26 de 2014
SECRETARIA TERCERA
Claudia Bórquez Zazueta
R.
No. 10153853
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convocase quienes créanse con derecho
oponerse
juicio
TRAMITACIÓN
ESPECIAL
(RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO
NO
.
00148 de MARCELA TAMAYO HAROS, en contra
del Oficial 02 del Registro Civil de Mazatlán,
Sinaloa, asentándose incorrectamente el nombre
de la promovente como MARCELINA TAMA
YO
HAROS, siendo correcto
MARCELA
TAMAYO
RAROS.
Llámese
interesados
oponerse
Rect
ifi
cación, acudir expediente
17
/2014, pudiendo
«EL ESTADO DE SINALOA»
81
intervenir
mientras
no
exista
sentencia
ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Jun. 27 de 2014
LAC. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic.
Alma
Bricia Astorga Ramfrez
AGO. 8
R.
No. 590803
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes créanse con derecho
a oponerse
enjuicio
TRAMITACIÓN ESPECIAL,
POR MODIFICACIÓN Y/O CONVALIDACIÓN DE
LAS
ACTAS
DEL
REGISTRO
CIVIL
DE
NACIMIENTO
NÚMERO
196, 6190 y 0214 7, de
los
promovente
s
MA
.
BERTHA
CAMACHO
VIDRIO y CARLOSAYALA CAMA CHO, en contra
del Oficial O 1 del Registro Civil de Cocula, Jalisco
y Oficial 09 de Mazatlán, Sinaloa, donde se asentó
incorrectamente en las actas de nacimiento de los
promoventes y del
menor
de nombre
MIGUEL
ÁNGEL
CHÁ
VEZ
CAMACHO
, el nombre
de
su
progenitora como MARÍA BERTHA
CAMACHO
VIDRIO,
siendo
correcto
MA
.
BERTHA
CAMACHO
VIDRIO.
Llámese
interesados
oponerse
a la Rectificación,
acudir
expediente
número 880/2014, pudiendo intervenir mientras no
exista sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Jul. 10 de 2014
LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Myrna Chávez Pérez
AG0
.8
R.
No. 590824
JUZGADO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.
EDICTO
Convóquese quienes créanse con derecho
a
op
onerse
a
TRAMITACIÓN
ESPECIAL,
RECTIFICACIÓN DELACTADE NACIMIENTO,
núme
ro
00049
,
promovido
por
SOCORRO
DOMÍ
NGUEZ
GARCÍA, en contra del
OFICIAL
02 D
EL
REGISTRO
CIVIL
DE
LA
CONCHA
PERTENECIENTE
A
ESTA
CIUDAD
DE
ESCUINAPA, SINALOA,
para
efecto de que se
asiente correctamente su nombre correcto que lo
es el de SOCORRO DOMÍNGUEZ GARCÍA, y no
el que
aparece
en
la
acta
de
nac
imiento
de
la
anteriormente mencionada
como
incorrectamente
eldeMA. DEL SOCORRO DOMÍNGUEZGARCÍA.
82
«EL ESTADO DE SINALOA»
Presentarse a oponerse en cualquier estado del
juicio antes de que exista sentencia Ejecutoriada
expediente número 498/2014.
Escuinapa, Sin
.,
Jul. 10 de 2014
C.
SECRE
TARIO
SEGUNDO
Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga
AGO.
8-11
R.
No.10013200
JUZGADO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.
EDICTO
Convóquese quienes créanse con derecho
a
oponerse
a
JUICIO
DE
TRAMITACIÓN
ESPECIAL
,
MODIFICACIÓN
Y/ O
CONVALIDACIÓN DE ACTAS DEL REGISTRO
CIVIL, número 00612, promovido por GABRIELA
ACOSTA VILLAVELÁZQUEZ, en contra del
C.
OFICIAL
01
DEL REGISTRO CIVIL
DE
ESTA
CIUDAD
,
para
efecto
de
que
se
asiente
correctamente en su acta, en el apartado de padres,
el nombre de la madre como el de la ARTEMISA
GUADALUPEVILLAVELÁZQUEZHERNÁNDEZ,
y no el que aparece en la acta de nacimiento como
incorrectame
nte
el
de
ARTEMIZA
VILLAVELÁZQUEZ HERNÁNDEZ, presentarse a
oponerse en cualquier estado del juicio, antes de
que
exista
sentencia
ejecutoriada,
expediente
número 64
212014
.
Escuinapa, Sin
.,
Jul. 08 de 2014
SECRETARIO SEGUNDO
itc.
Juan Carlos Osuna Lizárraga
AG0
.8 R.No.10013198
JUZGADO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
DISTRITO JUDICIAL
DE
ESCUINAPA,
SIN
ALOA.
EDICTO
Convóquese quienes créanse con derecho
a
oponerse
a
JUICIO
DE
TRAMITACIÓN
ESPECIA
L,
MODIFICACIÓN
Y/ O
CONVALIDACIÓN DE ACTAS DEL REGISTRO
CIVIL, número 01029, promovido por ALVARO
ACOSTA VILLAVELÁZQUEZ, en contra del C.
OFICIAL
01
DEL REGISTRO CIVIL
DE
ESTA
CIUDAD
,
para
efecto
de
que
se
asiente
correctamente en su acta, en el apartado de padres,
el nombre de la madre como el de ARTEMISA
GUADALUPEVILLAVELÁZQUEZHERNÁNDEZ,
y no el que aparece en la acta de nacimiento como
incorrectamente el de ARTEMISA GUADALUPE
VILLAVELÁZQUEZ, presentarse a oponerse en
cualquier estado del juicio, antes de que exista
Viernes
08'
de
Agosto
de
2014
sentencia ejecutoriada, expediente número 641/
2014.
Escuinapa, Sin., Jul. 08 de 2014
SECRETARIO SEGUNDO
Lic
. Juan Carlos Osuna Lizárraga
AG0
. 8 R.No.10013197
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL
RAMO
FAMILIAR
DEL
DISTRITO
JUDICIAL DE CULIACÁN, SIN ALOA.
EDICTO
Conv~quese
a quienes créanse con derecho
a oponerse enjuicio TRAMITACIÓN ESPECIAL
POR
MODIFICACIÓN
DE
ACTA
DE
NACIMIENTO No. 00062, que promueve la C.
FRANCISCA
OCHOA
URÍAS
por
su
propio
derecho, en contra del C. Oficial del Registro Civil
Número
001
de Escuinapa, Sinaloa, para efecto de
corregir y adecuar a la realidad social, el NOMBRE
de la suscrita, el cual se asentó incorrectamente
como FRANCISCA URÍAS, debiendo ser la correcta
FRANCISCA OCHO A URÍAS. Asimismo se corrija
la FECHA DE NACIMIENTO de la suscrita, la cual
se asentó incorrectamente como 30 DE ENERO DE
1932, debiendo ser
la
correcta 29 DE FEBRERO DE
1932. Acudir Expediente 1713/2014, cualquier
momento mientras no exista sentencia ejecutoriada.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin
.,
Jun. 24 de 2014
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Héctor Eduardo Garcfa López
AG0
.8 R.No.10154903
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
FAMILIAR
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
GUASAVE, SINALOA.
EDICTO
Convocase a quienes se crean con derecho
a intervenir en Juicio de Tramitación Especial de
Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido
por JOSÉ CARLOS FONG ACEVES, donde se
asentó incorrectamente
como
JOSÉ
CARLOS
SÁNCHEZACEVES, debiendo ser JOSÉ CARLOS
FONG ACEVES, asimismo en el apartado de los
Padres se asentó incorrectamente el Nombre del
Padre como BRÍGIDO SÁNCHEZ, debiendo ser
BRÍGIDO FONG SÁNCHEZ, mientras no exista
sentencia ejecutoria en Expediente 1288/2014.
Guasave, Sin., Jul. 30 de 2014
C.
SECRETARIO PROYECTISTA
Lic. Leobardo Fontes Java/era
AGO. 8
R.
No. 119269
Viernes 08 de Agosto de 2014
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA,
DISTRITO
JUDICIAL
DE
SAN
IGNACIO,
SIN ALOA.
EDICTO
FRANCISCA
BUSTAMANTE
PALOMARES, demanda al Ciudadano Oficial 02
del Registro Civil de San Juan, San Ignacio, Sinaloa,
por
la
Modificación de su nombre: FRANCISCA
BUSTAMANTE PALOMARES (Correcto), y no
FRANCISCA PALOMARES (Incorrecto), así como,
el
nombre de
su
señor padre: JOSÉ BUSTAMANTE
IRIBE (Correcto) el cual se omitió; así como, su
lugar de nacimiento: SAN JUAN, SAN IGNACIO,
SIN ALOA (correcto) el cual se omitió. Llámese
interesados oponerse a la Modificación del Acta
de Nacimiento, pudiendo hacerlo mientras no exista
Sentencia Ejecutoriada. Expediente No. 114/2014.
ATENTAMENTE
San Ignacio, Sin
.,
Jul. 4 de 2014
SECRETARIADEACUERDOS
Lic. Rosa/inda Fonseca Sánchez
AG0
.8 R.No.10155298
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA,
DISTRITO
JUDICIAL
DE
SAN
IGNACIO,
SINALOA.
EDICTO
JOSÉ
BUSTAMANTE
PALOMARES,
demanda
al
Ciudadano Oficial 02 del Registro Civil
de
San
Juan,
San
Ignacio,
Sinaloa
,
por
la
· Modificación de
su
nombre: JOSÉ BUSTAMANTE
PALOMARES (Correcto), y no
JOSÉ
IRIBE
PALOMARES (Incorrecto); así como, el nombre
de
su
señor padre: JOSÉ BUSTAMANTE IRIBE
(Correcto) y
no
JOSÉ IRIBE (Incorrecto); así como,
su
lugar
de
nacimiento:
CHAPOTAN,
SAN
IGNACIO, SINALOA (Correcto) y
no
CHAPOTAN,
SINALOA,
MÉXICO
(Incorrecto).
Llámese
interesados oponerse a
Ja
Modificación del Acta
de Nacimiento, pudiendo hacerlo mientras no exista
Sentencia Ejecutoriada. Expediente No. 87/2014.
ATENTAMENTE
San Ignacio, Sin., Jul. 4 de 2014
SECRETARIADEACUERDOS
Lic. Rosa/inda Fonseca Sánchez
AGO. 8
R.
No. 10155299
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
GUASAVE,
SINALOA.
EDICTO
«EL ESTADO
DE
SIN ALOA» 83
Cítese a quienes se crean con derecho en el
.
Juicio
JURISDICCIÓN
VOLUNTARIA
(INFORMACIÓN AD-PERPÉTUAM), promovido
por MARTIIAELENARENTERÍACAMACHO, en
el expediente número 673/2014, con el objeto de
acreditar la posesión de un lote de terreno ubicado
en el Poblado de Estación Bamoa, Guasave, con
superficie de 140 .00 metros cuadrados de terreno
y lma construcción sobre el mismo de 39.00 metros
cuadrados; el cual se localiza bajo las siguientes
medidas y colindancias: AL NORTE: mide 20.00
metros y colinda con Elvira Beltrán de Mercado;
AL SUR mide 20.00 metros y colinda con Jaime
Lara Moreno; AL ORIENTE mide 7.00 metros y
Colinda
con
Guillermo
Román
Favela
y
AL
PONIENTE mide 7.00 metros y colinda con Calle
l.
Zaragoza.
Interesados
a
oponerse,
fotografía
del
inmueble que se encuentran en este Juzgado, con
domicilio en Calle Adolfo López Mateos #890, de
esta Ciudad.
ATENTAMENTE
Guasave, Sin.,
Jul.10
de 2014
SECRETARIO PRIMERO
Lic. Cecilio Concepción Leal Castro
AGO. 8-18-29
R.
No. 10153644
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE
LO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese
a
quienes
se
crean
con
derecho
al
Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes
de AGUSTÍN VIDAÑA GARCÍA, deducirlos y
justificarlos ante este Juzgado, en el Expediente
número
829
/
2014
,
para
que
en
el
término
improrrogable de (30) treinta días a partir de hecha
la última publicación en este Edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Myo.
13
de 2014
LAC. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic.
Alma
Bricia Astorga Ramirez
AGO. 8-18-29
R.
No. 581542
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
SINALOA
,
SINALOA.
EDICTO
Convóquense quienes créanse derechosos
juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO
promovido
por
la ciudadana MARÍA DE LOS
ÁNGELES ROJO CASTRO a bienes de JAIME
84 «EL ESTADO DE SINALOA»
ROJO LEYVAy/o JAIME ROJO y/o JAIME ROJO
L.
y/o JAIME AGUSTÍN ROJO LEYVAy/o JAIME
AGUSTO ROJO y/o AUGUSTO JAIME ROJO
LEYVAy/o JAYMEAUGUSTO ROJO, presentarse
a este Juzgado a deducir y justificar sus derechos
hereditarios dentro de término de (30) treinta días
a partir siguiente día última publicación este edicto.
Expediente número 267/2014.
Sinaloa de Leyva, Sinaloa, Sin., México, Jul. 07
de2014
EL
SECRETARIO
PRIMERO
Lic. Martín Ignacio Alcalde Jiménez
AGO.
8-18
R.
No. 10153670
JUZGADO MIXTO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
NAVOLATO,
SIN
ALOA.
EDICTO
Exp.
No.49212014.
Convóquense
quienes
créanse
con
derechos
a
JUICIO
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de MARÍA
BLANCA ELENA
SILVA
CINCO y/o MARÍA
BLANCA ELENA
SILVAS
y/o BLANCA ELENA
SILVASINCOy/o BLANCA ELENA
SILVA
quien
se ostentaba con dichos nombres; presentarse a
deducirlos y justificarlos ante este Juzgado término
improrrogable treinta días a partir
de
hecha la última
publicación del edicto.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin., Jul. 9
de
2014
EL
SECRETARIO
SEGUNDO
Lic. Jesús Villarreal Jiménez
AG0.8-18
R..No
.10153529
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIAR
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a
bienes
de:
JORGE
ARTURO
TIZ
RO
DELO,
presentarse
a
deducirlos y justificarlos dentro del término de
treinta días a partir de la última publicación del
edicto,
Exp.
No. 1710.14.
Culiacán, Sin., Jul. 3 de 2014
SECRETARIA
PRIMERA
Roclo del Carmen Rubio Gión
AG0.8-18 R..No.10153657
JUZGAOO
SEGUNDO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
RAMO
FAMILIARDELDISlRITOJUDICIAL
DE CULIACÁN,
SINALOA.
Viernes
08
de Agosto de 2014
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO
a
bienes
del
señor
RICARDO ONTIVEROS EDEZA, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de treinta días a partir de la última
publicación del edicto de Expediente número 1457 /
2014
.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jun. 27 del 2014
ELSECRETARIOTERCERO
Lic. Héctor Fernando Gámez Eng.
AGO
.
8-18
R.
No.
10153528
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO
a
bienes
del
señor
GERARDO DOMÍNGUEZ ROMERO, para que se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
término de treinta días a partir de la última
publicación del edicto, Expediente número 1363/
2014.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jun. 1Ode2014
ELSECRETARIOPR.Ilv1ERO
Lic. Ignacio Álvarez
La/
arga
AGO
.
8-18
R.
No.
10153478
JUZGAOO
SEGUNDO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
RAMO
FAMILIARDELDISTRITO
JUDICIAL
DE CULIACÁN,
SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes de los señores
JUAN JOSÉ UZUETAMURGAS y
MA.
CARMEN
RODRÍGUEZ MORALES, para que se presenten a
deducir y justificarlos dentro del término
de
treinta
días a partir de la última publicación del edicto de
expediente número 1244/2014.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jul.
08
de 2014
LA
SECRETARIA
SEGUNDA
Lic. María Guadalupe Valdez León
AGO.
8-18
R.
No.10153728
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIARDELDISTRITO JUDICIAL
DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
·
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO
a bienes
de:
MARÍA
LUISA
QUINTANAAGUIRRE, presentarse a deducirlos
y justificarlos dentro del término de treinta días a
partir
de
la última publicación del edicto, Exp. No.
70912014.
Culiacán, Sin.,
Myo
. 26
de
2014
SECRETARIA
TERCERA
Claudia Bórquez Zazueta
AG0.8-18 RNo.10153711
JUZGADO
SEGUNDO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
RAMO
FAMILIAR
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
CULIACÁN,
SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes
de
los señores
FRANCISCO PORTUGAL
!BARRA
y
CONCEPCIÓN MONTES
URIARTE,
para que
se
presenten a deducir y justificarlos dentro del
t&mino de treinta días a partir de la última
publicación
del
edicto
de
expediente número
1678
/
2
014
.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin.,
Jul.
14
de
2014
EL
SECRETARIO
TERCERO
Lic. Héctor Fernando Gámez Eng.
AG0.8-18
RNo
.
10153745
JUZGADO
PRIMERO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIAR
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
MAZATLÁN,
SINALOA.
EDICTO
Convóquese
a quienes se
crean
con
derecho
al Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de ARTURO
GARZÓN RIVAS y DOROTEA REYES DE
GARZÓN, deducirlos y justificarlos ante este
Juzgado,
en
el
Expediente número
1212
/2014, para
que
en
el
término improrrogable
de
(30) treinta días
a partir
de
hecha
la
última publicación
en
este
edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Jul.
09
de
2014
LAC.
SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Myrna Chávez Pérez
AGO
.
8-18
R
No.
590682
JUZGADO
PRIMERO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIARDELDISTRITO
JUDICIAL
DE
MAZATLÁN,
SINALOA.
EDICTO
«EL
ESTADO DE SINALOA»
85
Convóquese
a quienes se
crean
con
derecho
al
Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de EDUARDO
SIORDIA y/o EDUARDO SIORDIA DÍAZ y
REFUGIO
GUTIÉRREZ
CIUDA
DE
SIORDIA
y/o
REFUGIO
GUTIÉRREZ
DE
SIORDIA, presentarse
a justificarlos ante este Juzgado,
en
el
expediente
número 1899/2013, para que en el término
improrrogable
de
(30) treinta días a partir
de
hecha
la última publicación
en
este edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Feb.
09
de
2014
LAC.
SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic.
Alma
Bricia Astorga Ramfrez
AGO.
8-18
R.
No
.
590822
JUZGADO
TERCERO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
RAMO
CIVIL
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
AHOME,
SINALOA
,
CON
RESIDENCIA
EN
ESTA
CIUDAD
DE
LOS
MOCHIS,AHOME,
SINALOA.
EDICTO
EN
PRIMERAALMONEDA
Que
en
el
Expediente número
1052
/2
007-1,
formado
al
juicio
SUMARIO
CIVIL
HIPOTECARIO,
promovido por HIPOTECARIA NACIONAL,
S.A.
DE
C.V
.,
SOCIEDAD FINANCIERA
DE
OBJETO
MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO
FINANCIERO
BBVABANCOMER,
anteriormente
«HIPOTECARIA NACIONAL, S.
A.
DE C.V.
SOCIEDAD
FINANCIERA
DE
OBJETO
LIMITADO, quien a su vez
es
mandataria de
SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.
N.C
.,
INSTITUCIÓN
DE
BANCA
DE
DESARROLLO
,
en
su
carácter
de
Fiduciario Sustituto de BANCO
DE
MEXICO,
en
el
Fideicomiso denominado FONDO
DE OPERACIÓN Y
FINANCIAMIENTO
BANCARIO
DE
LA
VIVIENDA (FOVI),
en
contra
de
JULIO CÉSAR URIAS GONZÁLEZ y
CLARA
VELIA MEZA GARCÍA,
el
C. Juez Tercero
de
Primera Instancia del Ramo Civil
de
este Distrito
Judicial ordenó sacar a remate en PRIMERA
ALMONEDA el bien inmueble sujeto a cédula
hipotecaria consistente en:
FINCA URBANA, compuesta de lote
número 6 de la manzana
15
, ubicado en el
Fraccionamiento
Los
Ángeles
de
esta Ciudad, con
una superficie de
107
.27 metros cuadrados, con
las siguientes medidas y colindancias: NORTE,
mide 16.50 metros y colinda con lote
7.
AL
SUR,
mide
16
.50 metros y colinda con lote 5. AL
ORIENTE, mide 6.50 metros y colinda con Avenida
Santa Ana.
AL
PONIENTE, mide 6.50 metros y
colinda con propiedad privada. Inscrita ante
el
86 «EL ESTADO DE SINALOA»
Registro Público de la Propiedad y del Comercio
de esta Ciudad bajo la inscripción número 167 libro
S 11, sección primera, a nombre de JULIO
CÉSAR
URÍAS GONZÁLEZ y CLARA VELIA
MEZA
GARCÍA:
Siendo
postura
legal
la
cantidad
de
$206,000.00 (DOSCIENTOS SEIS MIL PESOS
00
/
100 M.N .), importe total de las dos terceras partes
del avalúo pericial practicado en la presente juicio,
sef\alando las
13
:30 HORAS DEL DÍA DIECIOCHO
DE AGOSTO DELAÑO EN CURSO, para que tenga
verificativo en el local de este Juzgado sito en calle
Ángel Flores número 61-A Sur de esta Ciudad el
remate en mención.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin
.,
Jul. 07 de 2014
LAC. SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Teresita de Jesús González
AGO. 8 R. No. 496500
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA, CON RESIDENCIA EN ESTA
CIUDAD DE LOS MOCHIS, AHOME, SINALOA.
EDICTO EN SEGUNDAALMONEDA
Que en el Expediente número 235 /2012-1,
formado al
juicio
Sumario
Civil
Hipotecario
,
promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A.
DE C.
V.
, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO
FINANCIERO BBVABANCOMER, anteriormente
«HIPOTECARIA
NACIONAL,
S.A.
DE
C.
V.
·
SOCIEDAD
FINANCIERA
DE
OBJETO
LIMITADO
,
quien
a
su
vez
es
mandataria
de
SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S. N. C.,
INSTITUCIÓN
DEBAN
CA
DE
DESARROLLO, en
su carácter de Fiduciario Sustituto de BANCO DE
MÉXICO, en el Fideicomiso denominado FONDO
DE
OPERACIÓN
Y
FINANCIAMIENTO
BANCARIO DE LA VIVIENDA (FOVI), en contra
deBRENDALETICIA CORONAZÚÑIGA,
el
C.
Juez
Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil de este
Distrito Judicial ordenó sacar a remate en Segunda
Almoneda
el
bien
inmueble
sujeto
a
cédula
hipotecaria consistente en :
LOTE 09, MANZANA 07, ubicado en el
Fraccionamiento Los Ángeles de esta Ciudad,
con
una superficie de 96.00 metros cuadrados, con las
siguientes medidas y colindancias: NORTE, mide
6.00 metros y colinda
con
lote 22;
AL
SUR, mide
6.00
metros
y
colinda
con
Calle
Venice.
AL
ORIENTE, mide 16.00 metros y colinda con lote 1
O;
Viernes 08 de Agosto de 2014
y
AL
PONIENTE, mide 16.00 metros y colinda 08.
Inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio de esta Ciudad, bajo
la
inscripción
número 80, libro 4 79, Sección Primera, a nombre de
BRENDALETICIA CORONA ZÚÑIGA.
Siendo
postu
ra
legal
la
cantidad
de
$146,399.99 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y
NUEVE
PESOS 99/
100
M.N
.), importe total de las dos terceras partes
del avalúo pericial practicado en la presente
jui
cio,
menos el diez por ciento de rebaja de dicha tasación;
señalando las
13
:00 HORAS DEL DÍA QUINCE DE
AGOSTO
DEL
AÑO
EN
CURSO
, para que tenga
verificativo en el local de este Juzgado, sito en Calle
Ángel Flores número 6
1-
A Sur de esta Ciudad el
remate en mención.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin
.,
Jul. 1 O de 2014
EL
C.
SECRETARIO PRIMERO
Lic. Francisco Javier Valenzuela Álvarez
AGO. 8 R. No. 497006
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL
RAMO
CIVIL
DE
ESTE
DI
ST
R
IT
O
JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO DE REMATE
En el Expediente número 197 /2008, relativo
al
juicio
SUMARIO
CIVIL
RESCISIÓN
DE
CONTRATO, promovido ante este Juzgado
por
JESÚS FRANCISCO SÁNCHEZ ROJAS, en contra
de ASTRID PATRICIA SÁNCHEZ JIMÉNEZ DE
RAMÍREZ
y
JUAN
MANUEL
RAMÍREZ
OROZCO, se ordenó mediante proveído de fecha
1
ºprimero
de
julio
de 2014 dos mil catorce, sacar a
remate en
SEGUNDA
ALMONEDA, el siguiente
bien inmueble:
Casa habitación ubicada
en
lote 6, manzana
4
Calle
Juan
Belmonte
,
número
11 1,
del
Fraccionamiento El Toreo, de esta Ciudad, con las
siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 8.00
metros, con Calle Juan Belmonte; AL
SUR
: 8.00
metros, con lote 26; AL
ORIENTE
:
24
.00 metros,
con lote 7 y AL PONIENTE: 24.00 metros, con lote
5, con una superficie de 192.00 metros cuadrados,
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de esta Ciudad, bajo el número 104, tomo
3 78, Sección
l.
El Inmueble antes citado, consta de 2 dos
plantas.- Planta Baja: cochera techada para dos
autos, área para jardín, recibidor, sala-comedor,
cocina, cubo de luz, medio baño y patio de servicio;
Viernes 08 de Agosto de 2014
Planta Alta: distribuidor, recámara principal
con
bafio y vestidor, dos recámaras, bafio completo y
área
de lavado.
Será postura legal
para
el remate del bien
inmueble
la
cantidad
de$
l '361,999.99
(UN
MILLÓN
TRESCIENTOS
SESENTA
Y
UN
MIL
NOVECIENTOS NOVENTA
YNUEVE
PESOS 99/
100
MONEDA
NACIONAL), importe de las dos
terceras
partes
de
avaluó
pericial
debidamente
actualizado, emitido en autos
por
el
perito tercero
en
discordia, Ingeniero FRANCISCO MURRIETA
GONZÁLEZ, hecha la deducción del 10% diez
por
ciento, de la
cantidad
de
$1
'513,333.33 (UN MILLÓN
QUINIENTOS
TRECE
MIL
TRESCIENTOS
TREINTA
Y
TRES
PESOS
33/100
MONEDA
NACIONAL), que fue seflalada como postura
para
el remate
en
PRIMERAALMONEDA.
Se solicitan postores que
para
tomar parte
en
la subasta los licitadores deberán presentar
por
escrito su postura y consignar previamente a este
Juzgado
una
cantidad igual
por
lo menos el 10%
diez
por
ciento
en
efectivo de la postura legal
para
el remate.
La
almoneda tendrá verificativo
en
el local
que
ocupa
el
H.
Juzgado
Primero
de
Primera
Instancia del Ramo Civil, ubicado en Calle Río
Baluarte, número 1007, segundo piso, entre las
Calles Río Elata
y Río Coditos, del Fraccionamiento
Tellerfa de esta Ciudad, a las
12
:
00
DOCE
HORAS
DELDÍA14CATORCEDEAGOSTODE2014DOS
MIL CATORCE.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,A
go. 6 de
2014
LAC
. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic. Maria Del Rosario Garzón Duarte
AGO. 8
R.
No. 594739
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DELO
FAMILIARDELDISTRITO JUDICIAL
DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
C. SERGIOALVARADOVARGAS
Domicilio Ignorado.
Con
fundamento
articulo
119
Código
Procesal
Civil,
en
juicio
TRAMITACIÓN
ESPECIAL
(DIVORCIO)
, Expediente 345/2014,
promovido
por
OLGA
GRACIELA
MARÍN
ARÁMBURO,
se le
emplaza
para
que dentro
del
término de 9 días, contados a partir del décimo
día
de
hecha
la
última
publicación,
produzca
su
contestación
a
dicha
demanda,
quedan
a
su
«EL ESTADO DE
SIN
ALOA»
87
disposición
en
la Secretaría
de
este Juzgado copias
de traslado correspondientes.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Jul.
04
de
2014
LA
C.
SECRETARlAPRIMERADEACUERDOS
Lic.
Alma
Bricia Astorga Ramirez
AGO. 6-8
R.
No
. 589855
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DE
LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
C. HILDALETICIA SANDOVALARÁMBURO
Domicilio Ignorado.
Con
fundamento
artículo
119
Código
Procesal
Civil,
en
juicio
TRAMIT
ACIÓN
ESPECIAL
(DIVORCIO),
Expediente 162/2014,
promovido
por
JORGE
LUIS TIRADO DÍAZ, se le
emplaza
para
que
dentro del término
de
9 días,
contados a partir del décimo
día
de hecha la última
publicación,
produzca
su
contestación
a
dicha
demanda
, quedan a
su
disposición
en
la Secretaría
de
este
Juzgado
copias
de
tr
aslado
correspondientes.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Jul.
04
de 2014
LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Myrna Chávez Pérez
AGO. 6-8
R.
No. 590160
JUZGADO TERCERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOCIVILDELDISTRITOJUD
ICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
JOSÉ ALBERTO LIZÁRRAGACHÁ VEZ
Domicilio Ignorado.
En
Expediente 1015/2013, que
obra
en este
Juzgado, BANCO INVEX, S.A., INSTITUCIÓN
DE
BANCA
MÚLTIPLE,
INVEX
GRUPO
FINANCIERO FIDUCIARIO, entabla demanda
en
su
contra
en
Vía
Sumaria
Civil Hipote
caria
,
se
conceden
siete días hábiles después
del
décimo
día de última publicación para contestar, apercibido
que
de
no
hacerlo se tendrá
por
confeso
de
los
hechos narrados. Se le previene
para
que
en
su
primer escrito seflale domicilio
para
oír
y recibir
notificaciones
en
esta
Ciudad.
Copias
de traslado
en esta Secretaría.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Jun.
11de2014
LA SECRETARIA PRIMERA
Lic.
Guadalupe
Trinidad
Burgos
pq,
88
«EL ESTADO DE SINALOA»
AG0.6-8
RNo
.10152583
JUZGADO TERCERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
RAYMUNDO
LIZÁRRAGA
BONILLA
y
MARCELA MORENO DOMÍNGUEZ
Domicilio Ignorado.
En Expediente 837/2011, que
obra
en
este
Juzgado, INSTITUTO
DEL
FONDO
NACIONAL
DE
LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES,
entabla
demanda
en su contra
en
Vía
Ordinaria
Civil rescisión de contrato, se
conceden
09
nueve
días hábiles
después
del
décimo
día
de
última
publicación
para
contestar, apercibido que de no
hacerlo
se
tendrá
por
confeso
de
los
hechos
narrados. Se le previene
para
que
en
su
primer
escrito
señale
domicilio
para
oír
y
recibir
notificaciones
en
esta Ciudad. Copias de traslado
en
esta
Secretarla.
ATENTAMENTE
Maz.atlán, Sin.,
Myo
.
14
de 2014
LASECRETARIAPRIMERA
Lic. Guadalupe Trinidad Burgos López
AGO. 6-8
R.
No
. 590355
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
EXPEDIENTE
No
. 42012013
JUICIO: SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO
ACTOR: BBVABANCOMERS.A. INSTITUCIÓN
DE
BANCA MÚLTIPLE,
GRUPO
FINANCIERO
BBVABANCOMER
DEMANDADO: BENJAMÍN PERAZA GUERRA,
RAMÓN PERAZARAMÍREZ y SILVIA GUERRA
ARÁMBURO
DOMICILIO: IGNORADO.
Apareciendo
que
el
demandado
BANJAMÍN
PERAZA
GUERRA
, tiene domicilio
ignorado, emplácesele
por
medio
de edictos que
deberán
publicarse
por
dos
veces
consecutivas
en
los periódicos El Estado de Sinaloa
que
se
edita
en la
ciudad
de Culiacán, Sinaloa, El
Noroeste
en
esta
Ciudad
y
en
la Secretarla del Ayuntamiento
de
esta
Ciudad
respectivamente,
para
que
produzca
contestación dentro
del
término
de
07
siete días
que
contarán a partir
del
décimo
día
de
hecha
la
última
publicación
del
edicto
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
cortespondiente
quedando
a
su
disposición
en
la
Secretaría
de
este
Juzgado
las
copias
para
el
traslado correspondiente.-Artículos 119, 119 bis y
629
del Código de Procedimientos Civiles vigente.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Feb.
14
de
2014
ELSECRETARIOSEGUNDODEACUERDOS
Lic. Heladio Garcfa Acosta
AGO. 6-8
R.
No. 589663
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOCIVILDELDISTRITOJUDICIALDE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
EXPEDIENTE No. 35612012
JUICIO: SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO
ACTOR: HIPOTECARIA NACIONAL SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD
REGULADA
GRUPO
FINANCIERO
BBVA
BANCOMER
DEMANDADO
:
ALEJANDRO
CARRASCO
HERNÁNDEZ y CLAUDIA ESTRADA CAMPOS
DOMICILIO: IGNORADO.
Apareciendo
que
los
demandados
en
el
presente
juicio
ALEJANDRO
CARRASCO
HERNÁNDEZ y CLAUDIA ESTRADA CAMPOS,
tienen domicilio ignorado, empláceseles
por
medio
de edictos
que
deberán
publicarse
por
dos veces
consecutivas
en
los
periódicos
El
Estado
de
Sinaloa
y El
Noroeste
que
se editan en la
Ciudad
de
Culiacán,
Sinaloa
y
en
esta
Ciudad
respectivamente,
para
que
produzcan contestación
dentro del término de
07
siete días
que
contarán a
partir
del décimo día de hecha la última publicación
del
edicto
correspondiente
quedando
a
su
disposición
en
la Secretaría
de
este
Juzgado
las
copias
para
su traslado correspondiente.-Artículos
119, 119 bis y
629
del
Código
de Procedimientos
Civiles vigente.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Abr
. 02 de 2014
ELSECRETARIOSEGUNDODEACUERDOS
Lic. He/adío Garcfa Acosta
AGO. 6-8
R.
No
. 589662
JUZGADO CUARTO
DE
PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
MAZATLÁN, SINALOA.
LINO MARTÍNEZ GARAY
(Domicilio Ignorado).
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
Que
en
las
constancias
del
Expediente
número 45112011, por auto de fecha cuatro de abril
de dos mil catorce, se ordenó emplazarlo a juicio
ORDINARIO
CNIL,
promovido por el INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA LOS TRABAJADORES, en contra de LINO
MARTÍNEZ
GARAY,
por
la
rescisión
de un
contrato
de
otorgamiento
de
crédito
con
de
garantía
hipotecaria,
concediéndole el término de 9 nueve días para que
produzca contestación a la demanda instaurada
en su contra; haciéndole saber que las copias de
la demanda y demás anexos se encuentran a su
disposición, en horas y días hábiles, en el Juzgado
Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en la
Secretaría Primera de Acuerdos, con domicilio
ampliamente conocido de la segunda planta del
edificio conocido como Unidad Administrativa de
Gobierno
del
Estado
de
Sinaloa,
en
Fr_accionamiento Tellería de esta Ciudad; se le
previene
para
que en su primer escrito señale
domicilio
para
oír
y
recibir
notificaciones,
apercibiéndolo
que
de
no
hacerlo
así
las
subsecuentes, aún las personales se le harán por
listas de acuerdos.
En
la
inteligencia
de
que
dicho
emplazamiento por edictos surtirá sus efectos a
partir del décimo día de hecha su última publicación.
La
presente
notificación
se le
hace
de
acuerdo a lo establecido por el artículo 119 del
Código Procesal Civil en vigor.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Myo. 5 de 2014
ELSECRETARIOPRIMERODEACUERDOS
Lic. Rogelio Zatarain Zamudio
AGO. 6-8
R.
No. 590352
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO
CNIL
,DELDISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
JUAN JOSÉ TIRADO BURGUEÑO
(Domicilio Ignorado).
Que
en las
constancias
del
Expediente
número 1060/2012,
por
auto de fecha cuatro de
abril de dos mil catorce, se ordenó emplazarlo a
juicio ORDINARIO CIVIL, promovido
por
EL
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en
contra de JUAN JOSÉ TIRADO BURGUEÑO, por
el pago de pesos, concediéndole el término de 9
nueve días para que produzca contestación a la
«EL ESTADO DE SIN ALOA»
89
demanda instaurada en su contra; haciéndole saber
que las copias de la demanda y demás anexos se
encuentran
a su
disposición,
en
horas
y
días
hábiles, en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia
del
Ramo
Civil
en
la
Secretaría
Segunda
de
Acuerdos, con domicilio ampliamente conocido de
la segunda planta del edificio conocido
como
Unidad Administrativa de Gobierno del Estado de
Sinaloa
, en
Fraccionamiento
Tellería
de
esta
Ciudad; se le previene para que en su primer escrito
señale domicilio para oír y recibir notificaciones,
apercibiéndolo
que
de
no
hacerlo
así
las
subsecuentes, aún las personales se
le
hará por
listas de acuerdos.
En
la
inteligencia
de
que
dicho
emplazamiento por edictos surtirá sus efectos a
partir del décimo día de hecha su última publicación.
La
presente
notificación
se le hace de
acuerdo a lo establecido por el artículo 119 del
Código Procesal Civil en vigor.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Myo.
15
de 2014
EL SECRETARIO SEGUNDO DE ACUERDOS
Lic. Raquel Bastidas Gárate
AGO. 6-8
R.
No. 590357
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
ALFONSO ZARAGOZA SCHILLER
Domicilio Ignorado.
En el Expediente número 605/2012, formado
al juicio SUMARIO CIVIL, promovido ante este
Juzgado
por
los LICS.
FAUSTO
FIDENCIO
PARTIDA
LUNA,
IRMA
DEL
ROCÍO
SHINAGAWAALARCÓN y AYMEE VIRIDIANA
SOLTERO A COSTA, en su carácter de apoderados
legales
de
las
CC.
MARTHA
TERESA
ECHAVARRÍA
SALAZAR,
ALEJANDRA
ECHAVARRÍA SÁNCHEZ, MARÍA AMPARO
ECHAVARRÍALÓPEZ
yAN
ALUCÍACAÑEDO
RIVAS en contra de
ALFONSO
ZARAGOZA
SCHILLER
y
ALMA
CARLOTA
SCHILLER
AS TORGA
DE
ZARAGOZA, ALMA PATRICIA
ZARAGOZA SCHILLER DE BUELNA, se ordena
emplazar aALFONSO ZARAGOZA SCHILLER por
medio de edictos, para que dentro del término de
siete días comparezca ante este Juzgado sito en
Avenida Lázaro Cárdenas 891 Sur, Centro Sinaloa,
de esta Ciudad de Culiacán, Sinaloa, (Palacio de
90 «EL ESTADO DE SINALOA»
Justicia),
a
dar
contestación
a
la
demanda
interpuesta en su contra y oponga las excepciones
que
tuviere
que
hacer
valer
en
su
favor
,
previniéndosele para que en su primer escrito señale
domicilio
en
esta
ciudad,
para
oír
y
recibir
notificaciones
y
que
de
no
hacerlo
las
subsecuentes se le hará en la forma prevista
por
la
Ley. Dicha notificación surtirá efectos a partir del
décimo
día
de
hecha
su
última
publicación
y
entrega.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jun.
16
de 2014
LAC. SECRETARIA DE ACUERDOS
Lic. Alicia Castro Jnzunza
AGO. 6-8 R. No. 1O153294
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
C.
DOLORESADISLADA CISNEROS NAVARRO
Domicilio Ignorado.
Que en el Expediente Número 536/2013,
formado
al
Juicio ORDINARIO CIVIL, promovido
por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES,
en
contra de
DOLORES
ADISLADA
CISNEROS
NAVARRO, la C. Juez Cuarto de Primera Instancia
del Ramo Civil
de
este Distrito Judicial, ordenó
publicar
lo
siguiente:
Con fundamento en lo
previsto
por
los
Artículos
119
y
119
Bis
del
Código
de
Procedimientos Civiles en Vigor, emplácese a la
demandada DOLORES ADISLADA CISNEROS
NAVARRO, para que se presente en este Juicio
dentro del término de
NUEVE
DÍAS a producir
contestación a la demanda interpuesta en su contra
y oponga las excepciones y defensas que tuviere
que hacer valer en su favor, previniéndola para
que en su primer escrito dirigido a este Juzgado,
señale domicilio para
oír
y recibir notificaciones
en esta Ciudad, apercibida que de no hacerlo, las
subsecuentes se le harán en la forma prevista
por
la Ley; lo anterior
por
medio de edictos que habrán
de publicarse en el Periódico Oficial El Estado de
Sinaloa y El Debate
de
Los Mochis, que se editan
en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, y en esta Ciudad
respectivamente, cuya Notificación deberá surtir
sus efectos legales a partir del décimo día de hecha
la última publicación y entrega.
ATENTAMENTE
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
Los Mochis, Sin., Jun. 26
de
2014
SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Daisy Paola Urbina Moreno
AGO. 6-8
R.
No. 10153312
JUZGADO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIAR
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
AH O ME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD.
EDICTO
C.
HÉCTOR CASTILLO VALDEZ
Domicilio Ignorado.
Que en el expediente 129/2013, relativo
al
Juicio ORDINARIO CIVIL
POR
LA PÉRDIDA DE
LA PATRIA
POTESTAD
del
niño
ALONSO
TADEO
CASTILLO
SOTO
,
promovido
por
YOLANDA BERENICE SOTO LUGO,
en
contra de
Usted
el
día 1 O diez de junio de 2014 dos mil catorce,
se dictó sentencia la cual en sus puntos resolutivos
son como siguen :
PRIMERO
:-
La
parte
actora
sefiora
YOLANDA BERENICE SOTO LUGO, acreditó los
hechos constitutivos
de
su
pretensión
; la
parte
pasiva señor
HÉCTOR
CASTILLO
VALDEZ,
no
ocurrió
ajuicio
.
SEGUNDO
:- Con sustentos en las
reflexiones vertidas en el cuerpo de la presente
resolución
se
CONDENA
al
señor
HÉCTOR
CASTILLO
VALDEZ, a la
PÉRDIDA
DE
LA
PATRIA
POTESTAD
que ejerce sobre su hijo el
niño
ALONSO
TADEO
CASTILLO
SOTO:
TERCERO.- En lo sucesivo la señora
YOLANDA
BERENICE
SOTO
LUGO
,
ejercerá
única
y
exclusivamente la patria potestad sobre su hi
jo
de
nombre ALONSO TADEO CASTILLO SOTO, con
todas
las facultades y
obligaciones
que
la ley
establece
.
CUARTO.-
Publfquese
los
puntos
resolutivos de esta resolución den los términos
del numeral 629 del Código Procesal Civil Estadual.
QUINTO.-
No
se hace especial condenación en
costas
por
no
encontrarse dentro de ninguno de
los casos previstos
por
el artículo
141
del Código
de Procedimientos Civiles en Vigor. NOTIFÍQUESE
y CÚMPLASE.-Lo sentenció y firmó la Ciudadana
LICENCIADA ELIZABETHMIRANDA CASTRO,
Jueza Primero
de
Primera Instancia de
lo
Familiar,
del Distrito Judicial
de
Ahorne, con residencia en
esta Ciudad,
por
ante el Ciudadano Licenciado
CASIANO
GUTIÉRREZ
VERDUGO,
Secretario
Primero que actúa y
da
fe.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Jun.
30
de 2014
C. SECRETARIO PRIMERO
Lic. Casiano Gutiérrez Verdugo
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
AG0
.6-8
RNo.496232
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DELRAMOCMLDEESTEDISTRITOJUDICIAL
DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
MANUEL
CÁZAREZ
ZAMUDIO
y
ANA
CATALINA GÓMEZ TIRADO
Domicilio Ignorado.
Que de conformidad con lo previsto
por
el
artículo 119, en relación con el artículo 629 del
Código de Procedimientos Civiles Vigente para el
Estado, se hace de su conocimiento que con fecha
20 veinte de marzo del
afio
2014 dos mil catorce, se
di
ctó
sentencia
definitiva
en
los
autos
del
expediente número 159/2009, relativo al juicio
SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO, promovido ante
este H. Juzgado por HIPOTECARIA NACIONAL,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
SOCIEDAD
FINANCIERA
DE
OBJETO
LIMITADO,
GRUPO
FINANCIERO BBVA a
BANCOMER, en contra de MANUEL CÁZAREZ
ZAMUDIO y ANA CATALINA GÓMEZ TIRADO,
a quien le reclama la acción HIPOTECARIA, y por
este medio se
le
notifica los puntos resolutivos de
la resolución antes mencionada, los cuales a la
letra dicen:
PRIMERO.
Procedió
la
vía
sumaria
hipotecaria intentada por la actora. SEGUNDO. La
parte actora probó su acción. Los demandados no
comparecieron ajuicio dentro del término que para
tal efecto se les concedió, por los que se les declaró
rebeldes; en consecuencia: TERCERO. Se condena
a
MANUEL
CÁZAREZ
ZAMUDIO
y
ANA
CATALINA GÓMEZ TIRADO, a pagar a la parte
actora, HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, GRUPO
FINANCIERO BBVAABANCOMER, la cantidad
de
$1
'519,986.54 (UN MILLÓN QUINIENTOS
DIECINUEVEMILNOVECIENTOSOCHENTAy
SEIS PESOS 54/100 MONEDA NACIONAL), que
se compone de las siguientes:
$1
'378,694.38 (UN
MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 38/
100 MONEDA NACIONAL),
por
concepto de
capital
vencido
anticipadamente;
$9,
723.
97
(NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS PESOS
971100
MONEDA NACIONAL), por concepto de
intere
ses
ordinarios
vencidos;
$124,512
.19
(CIENTO VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS
«EL ESTADO DE SINALOA»
91
DOCE PESOS
121100
MONEDA NACIONAL), por
concepto
de intereses
moratorios
vencidos; y
$7,056.00 (SIETE MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS
00/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de
seguros no pagados; cantidades todas calculadas
con saldo cortado al día 04 cuatro de febrero de
2009 dos mil nueve, a lo que deberá adunarse las
mensualidades que se sigan venciendo así como
los intereses .ordinarios y moratorios vencidos y
por
vencerse hasta la total conclusión del asunto;
lo
que
deberá
cuantificarse
en
ejecución
de
sentencia
.
CUARTO
.
Para
el
cumplimiento
voluntario del presente fallo, se concede a los
demandados, el término de cinco días contados a
partir de aquel en que cause ejecutoria la presente
sentencia
,
apercibidos
que de no,
hacerlo
se
procederá a su ejecución forzosa por parte de este
Juzgado
,
haciendo
trance
y
remate
del
bien
inmueble sujeto a hipoteca, y con su producto
pago a la parte actora. QUINTO.-Se condena a los
accionados al pago de gastos y costas del juicio.
SEXTO. Notifiquese personalmente la presente
sentencia en términos del artículo 118 fracción
VI
,
del Código de Procedimientos Civiles, a las partes
que
tengan
sefialado
domicilio
procesal,
por
conducto del actuario que designe la Coordinación
de Actuarios de los Juzgados de Primera Instancia
de los Ramos Civil y Familiar del Distrito Judicial
de
Mazatlán
, Sinaloa,
ordenándose
remitir
el
instructivo
correspondiente
para
su
cumplimentación. En la inteligencia de que la
notificación
a
los
demandados
MANUEL
CÁZAREZ
ZAMUDIO
y
ANA
CATALINA
GÓMEZ TIRADO, habrá de realizarse mediante
los
edictos que al respecto establece el artículo 629 en
relación
con
el
numeral
119 del
Código
de
Procedimientos
Civiles,
a
través
de
las
publicaciones en los periódicos oficial «El Estado
de Sinaloa» y en «El Debate de Mazatlán», sin
perjuicio
de
entregar
una
copia
de
dicha
notificación en la Secretaría del Ayuntamiento de
esta Municipalidad. Así definitivamente lo resolvió
y
firma,
el
ciudadano
licenciado
MIGUEL
ORLANDO SIMENTALZAVALA, Juez Segundo
de Primera Instancia del Ramo Civil, por ante
Ja
licenciada ISABEL CRISTINA LÓPEZ BARRETO,
Secretaria Primera de Acuerdos, que autoriza y da
fe.
FIRMADO.- Dos firmas ilegibles.- Rúbricas.
Lo, anterior, se hace de su conocimiento
para efecto, de que puedan comparecer al local
que
ocupa
el H. Juzgado Segundo de Primera
92 «EL ESTADO DE SINALOA»
Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial,
hacer valer sus derechos, si así les con'>'iniere,
informándoles que el domicilio de dicho Tribunal,
es el ubicado en calle Rfo Culiacán y Río Baluarte
del
Fraccionamiento
Tellería
de
esta
Ciudad,
específicamente el lugar que
ocupa
la
Unidad
Administrativa del Gobierno del Estado, segunda
planta.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Abr. 24 de 2014
LAC. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS
Lic. Isabel Cristina López Barreto
AGO.
6-8
R.
No. 589665
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, SINALOA.
EDICTO
C. PATRICIA BRIGITTE SOTO MARTÍNEZ y
JESÚS OCTAVIO ROJAS MORALES
Domicilio Ignorado.
Que en el expediente número 737/2012-1 ,
formado
al
juicio SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO,
promovido
por
el
INSTITUTO
DEL
FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA
LOS
TRABAJADORES
,
en
contra
de
PATRICIA
BRIGITTE SOTO MARTÍNEZ y JESÚS OCTAVIO
ROJAS MORALES, con fecha 30 treinta de mayo
del 2014, se dictó sentencia en la cual los puntos
resolutivos dicen: RESUELVE: PRIMERO.- Ha
procedido
la
vía
Sumaria
Civil
Hipotecaria
intentada. SEGUNDO.- La parte actora probó su
acción
. Los
demandados
no
comparecieron
a
juicio.
TERCERO
.- Se declara el vencimiento
anticipado del contrato de otorgamiento de crédito
simple con garantía hipotecaria celebrado
el
nueve
de octubre del dos mil ocho entre el INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA
LOS TRABAJO RES, y
PATRICIA
BRIGITTE
SOTO MARTÍNEZ y JESÚS OCTAVIO ROJAS
MORALES, formalizado en la escritura pública
número 28,015, Libro
II
, volumen
LIY,
del protocolo
a cargo del notario público número 1
15
Licenciado
VICTORM. GUTIÉRREZROMÁN. CUARTO.-
Se
condena a
Jos
demandados PATRICIA BRIGITTE
SOTO
MARTÍNEZ y JESÚS OCTAVIO ROJAS
MORALES, a pagar al INSTITUTO DEL FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA
LOS
TRABAJADORES, las cantidades de : 94.0000 y
72.0000 veces el salario mínimo mensual vigente
en el Distrito Federal, cuya equivalencia habrá de
determinarse al momento de hacerse el pago, como
Viernes 08 de Agosto de 2014
suerte principal, más los intereses ordinarios y
moratorios vencidos y
por
vencerse, hasta la total
solución del adeudo, incluidos los gastos y costas
del juicio, concediéndoseles para ello un término
de cinco días contados a partir del siguiente al en
que cause ejecutoria esta sentencia, apercibidos
que de no hacerlo se ordenara hacer transe y remate
de los bienes sujetos a cedula hipotecaria y con
su producto pago al acreedor, hecha la aclaración
de que los accesorios habrán de computarse en
ejecución de sentencia.
QUINTO
.- Asimismo y
toda
vez
que
se
ignora
el
domicilio
de l
os
demandados
PATRICIA
BRIGITTE
SOTO
MARTÍNEZ
y
JESÚS
OCTAVIO
ROJAS
MORALES, se ordena notificarles esta resolución
en sus puntos resolutivos por medio de edictos
que deberá de publicarse
por
dos veces en lo s
periódicos «El Estado de Sinaloa» y «El Debate»
que se editan en Culiacán, Sinaloa y esta ciuda d
de Los Mochis; Sinaloa, debiéndose entregar una
copia de la notificación en la Secretaría del H.
Ayuntamiento
de
esta
Municipalidad,
con
residencia en esta Ciudad, en los términos del
artículo 119 en relación al 629 del Código de
Procedimientos Civiles vigente para esta Entidad
Federativa. SEXTO.- Notifiquese personalmente
Ja
presente sentencia en
Jos
términos del artículo
1 1 8 Fracción VI del Código de Procedim ientos
Civiles en vigor, a las partes que tengan señalado
domicilio Procesal.
Así
Jo
resolvió y firmó el Ciudadano M.C.
EDUARDO ARMENTA
LUNA
, Juez Tercero de
Primera Instancia del
Ramo
Civil,
por
ante, el
Licenciado FRANCISCO JAVIER VALENZUELA
ÁLVAREZ, Secretario Primero con que se actúa y
da fe.
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin
.,
Jun.
16
de 2014
ELC
. SECRETARIO PRIMERO
Lic. Francisco Javier Valenzuela Álvarez
AGO.
6-8
R No.
1O153310
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
AHOME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD
DE LOS MOCHIS, SINALOA,
UBICADA
EN
UNIDAD ADMINISTRATIVA, SITO POR CALLES
MARCIALORDÓÑEZY ALLENDE.
EDICTO
CHRISTIAN ALEJANDRO OLGUÍN SOTO
Domicilio Ignorado.
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
Que
en
el expediente
número
282/2012,
relativo ajuicio SUMARIO
CNIL
HIPOTECARIO,
promovido
por
el
INSTITUTO
DEL
FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA
LOS
TRABAJADORES, en contra de F Á TIMA MARÍA
LEÓN HERNÁNDEZyCHRISTIAN ALEJANDRO
OLGUÍN
SOTO
, el
Juez
ordenó notificar a
Usted
los puntos resolutivos de la sentencia dictada en
este
juicio
con fecha dieciséis del mes de
junio
del
afio
2014
Dos
Mil Catorce.
Que
en sus puntos
resolutivos dice:
Los Mochis, Sinaloa, a
16
dieciséis de
junio
del
afio
2014
dos
mil
catorce.
RESUELVE
:
PRIMERO
.-
Ha
procedido la vía sumaria civil
hipotecaria intentada. SEGUNDO.- La parte actora
probó
su
acción
.
Los
demandados
no
comparecieron
ajuicio.
TERCERO.- Se declara el
vencimiento
anticipado
de
los
contratos
de
a_pertura
de
crédito
simple
con
interés
y
constitución de garantía hipotecaria celebrados el
16 dieciséis de agosto del
2006
dos mil seis, entre
el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJO RES, y FÁTIMA
MARÍA
LEÓN
HERNÁNDEZ
y
CHRISTIAN
ALEJENDRO HOLGUÍN SOTO, formalizado en la
escritura pública número 23,569, volumen XLVI,
del protocolo a cargo del notario público licenciado
VÍCTORM. GUTIÉRREZ ROMÁN. CUARTO.- Se
condena
a F Á
TIMA
MARÍA
LEÓN
HERNÁNDEZ, a pagar a INSTITUTO DEL FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA
LOS
TRABAJADORES,
la
cantidad
reclamada
de
$197 ,062.52 (CIENTO NOVENTA Y
SIETE
MIL
SESENTA
Y
DOS
PESOS
52/100
MONEDA
NACIONAL),
equivalente a 104.0000 veces el
salario
mínimo
mensual
vigente
en
el
Distrito
Federal,
por
concepto de suerte principal y
que
se
actualizara
en
la
fecha
de
pago
del
adeudo
reclamado; así mismo se condena al codemandado
CHRISTIAN
ALEJANDRO
HOLGUÍN
SOTO, a
pagar a INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL
DE
LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, la
cantidadde$1l7,479.58 (CIENTO DIECISIETE MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y
NUEVE
PESOS
58/100
MONEDA
NACIONAL)
equivalente
a
66.0000 veces el salario mínimo mensual vigente
en
el Distrito Federal,
por
concepto
de
suerte
principal y que se actualizara en la fecha de
pago
del
adeudo
reclamado; condenándose también a
ambos
demandados
al
pago
de
los
intereses
ordinarios y moratorios vencidos y
por
vencerse,
«EL
ESTADO
DE
SIN
ALOA»
93
hasta la total solución
del
adeudo, incluidos los
gastos y costas del
juicio,
concediéndoseles
para
ello un término de cinco dlas contados a partir del
siguiente al
en
que cause ejecutoria esta sentencia,
apercibidos
que
de
no
hacerlo
se
ordenará
hacer
transe y
remate
de
los bienes sujetos a
cédula
hipotecaria y con
su
producto
pago
a 1
acreedor
,
hecha
1 a aclaración de
que
los accesorios habrán
de
computarse
en
ejecución
de
sentencia.
QUINTO
: Se
ordena
notificar esta resolución en
sus
puntos
resolutivos
en
lo
que
hace
al
codemandado CHRISTIAN ALEJANDRO OLGUÍN
SOTO
,
por
medio
del
edictos
que
deberán
de
publicarse
por
dos veces en los
periódicos
«El
Estado de Sinaloa» y «El Debate» que se editan
en la ciudad de Culiacán, Sinaloa y esta ciudad de
Los Mochis, Sinalo
a,
respectivamente, debiéndose
entregar una copia de la notificación en la Secretaria
del H. Ayuntamiento de esta Municipalidad, con
residencia
en
esta
Ciudad,
en los términos del
artículo 1
19
en relación
al
629 del memorado Código
de Procedimientos Civiles. NOTIFÍQUESE.
-Así
lo
resolvió y firmó el
ciudadano
licenciado
JOSÉ
ISRAEL ARIAS OLAIS, Juez Primero de Primera
Instancia del Ramo Civil, por ante el Secretario
Segundo licenciado RAÚL
JUÁREZ
VILLEGAS,
con que actúa y da
fe
.
AT
ENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Jun. 23 de 2014
EL SECRETARIO SEGUNDO
Lic.
Raúl
Juárez Vi/legas
AG0.6-8
R.No.10153307
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
A LOS INTERESADOS
Que en cumplimiento al auto de fecha
14
catorce de
mayo
de
2014
dos mil catorce, dictado
en el expediente número 291/2014, relativo a las
DILIGENCIAS
DE
INFORMACIÓN
AD-
PERPÉTUAM,
promovida ante este Juzgado en la
vía de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, se hace del
conocimiento de los interesados y a quienes se
crean
con
derecho
a
oponerse
que
el
C.
LUIS
AYALA
CRUZ
,
promueva
DILIGENCIAS
DE
INFORMACIÓN AD-PERPÉTUAM, con el objeto
de
acreditar
la
posesión
del
siguiente
bien
inmueble: Predio rústi
co
denominado Villa Unión,
con
superficie
de
15-57-
70
hectáreas,
con
las
siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: tres
94
«EL ESTADO DE SINALOA»
líneas, la primera de los puntos 8-9 rumbos NE de
364.763 metros; la segunda, de los puntos 9-10
rumbos
NE
de 19.911 metros y la tercera, de los
puntos
10-1
rumbos
NE
de 144.444 metros; con
parcela 27 y carretera
El
Walamo-Los Pozos de por
medio; AL SUR: dos líneas, la primera
de
los puntos
6-7 rumbos
NO
76,687 y la segunda de los puntos
7-8 rumbos
NO
301
.098 metros con parcela número
26
de
JOSÉ
LUIS
IBARRA
GAVIÑO;
AL
PONIENTE: dos líneas, la primera de los puntos
11-14 rumbos
S-0
174.334 metros con parcela
19
del
sef'íor
FELIPE GURROLA y
la
segunda de los
puntos 14-6 rumbos
S-0
de 142.208 metros con
parcela número
18
del Ejido El Walamo; AL
ORIENTE: dos líneas,
la
primera de los puntos
1-2
rumbos S - E 335.221 metros y
la
segunda 2-11
rumbos S-E
de
106.854 metros con parcela número
24 de FELIPE GURROLA, con clave catastral
número O 11-000-00292-00
l.
Asimismo, se hace saber al público en
general, que las fotografias y el plano del inmueble
antes citado, se encuentran a su disposición en la
Secretaría Primera de este
H.
Juzgado, para los
efectos legales a que haya lugar.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Jun.
17
de 2014
LAC. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS
Lic. Maria del Rosario Garzón Duarte
JUL.
28AGO.
8-18
R
No.
588908
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO,
SIN
ALOA.
EDICTO
Exp. No.414/2014
Cl
tese
quienes
créanse
con
derechos
oponerse solicitud ELISA URQÚIZA CASTILLO
objeto de acreditar
la
posesión
de
un bien inmueble,
consistente en finca rústica ubicado en Predio,
Navolato, Sinaloa, la cual tiene una superficie de
lote de terreno de 1-60-81 Has. con las siguientes
medidasycolindancias:ALNORTE 189.75y 140.09
metros colinda con Esteban Rodríguez; AL SUR
19
.
10,
113.71y167.24 metros colinda con Miguel
Urquiza; AL ORIENTE 36.00 metros colinda con
Juan Pablo Urquiza y Bartolo Tapia Osuna; AL
PONIENTE 70 .60 metros colinda con Canal de
Riego «Aguilar»; Se hace saber público que el
plano y fotografias del inmueble están expuestos
en los estrados de este Juzgado y en las tablas de
avisos del Honorable Ayuntamiento de Navolato,
Sinaloa.
Viernes 08 de Agosto de 2014
ATENTAMENTE
Navolato, Sin
.,
Mzo. 28 de 2014
EL SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Jesús Villarreal Jiménez
JUL.28AG0.8-18
RNo
.10152470
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO,
SIN ALOA.
EDICTO
Exp.
No.
828
/2014.
Convóquense
quienes
créanse
con
derechos
a
Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO
a
bienes
de
JUANA
QUINTERO MORALES; presentarse a deducirlos
y
justificarlos
ante
este
Juzgado,
término
improrrogable treinta días a partir
de
hecha la última
publicación del edicto.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin
.,
Jun. 20 de 2014
ELSECRETARIOSEGUNDO
Lic. Jesús Villarreal Jiménez
JUL. 28 AGO. 8 R No.
JO
152598
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
NAVOLATO,
SIN ALOA.
EDICTO
Exp.
No.
86612014
.
Convóquense
quienes
créanse
con
derechos
a
Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de BERNARDO
MARCELO JIMÉNEZ LEÓN y/o BERNARDO
JIMÉNEZ
LEÓN
quien
se
ostentaba
indistintamente con dichos nombres; presentarse
a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado,
término improrrogable treinta días a partir de hecha
la
última publicación del edicto.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin
.,
Jun.
18
de 2014
ELSECRETARIOSEGUNDO
Lic. Jesús Villarreal Jiménez
JUL. 28AGO. 8 R No. 10152597
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
NAVOLATO,
SINALOA.
EDICTO
Exp.
No.
76212014
.
Convóquense
quienes
créanse
con
derechos
a
Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO a bienes de ERNESTINA
CASTAÑEDA
MENDOZA
y/o
ERNESTINA
Viernes 08 de Agosto de
2014
CASTANEDA quien se ostentaba indistintamente
con dichos nombres; presentarse a deducirlos y
justificarlos
ante
este
Juzgado,
término
improrrogable treinta días a partir de hecha la última
publicación del edicto.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin., Jun. 3 de 2014
EL SECRETARIO SEGUNDO
Lic. Jesús Vil/arrea/ Jlménez
JUL. 28AGO. 8
R.
No. 10152584
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
NAVOLATO,
SIN ALOA.
EDICTO
Exp. No. 831/2014
Convóquense
quienes
créanse
con
derechos
a
Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO
a
bienes
de
:
JOSÉ
CAMPAÑA
;
presentarse
a
deducirlos
y
justificarlos
ante
este
Juzgado,
término
improrrogable treinta días a partir de hecha la última
publicación del edicto.
ATENTAMENTE
Navolato, Sin., Jun. 20
de2014
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Moisés López Irihe
JUL.28AG0.8
R.No.10152596
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes
de:
JOSÉ MANUEL
BRINGAS
IRIBE, presentarse a deducirlos y
justificarlos dentro del término de treinta dfas a
partir de la última publicación del edicto, Exp. No.
1587/2014.
Culiacán, Sin., Jun.
16
de 2014
SECRETARIA TERCERA
Lic. Claudia Bórquez Zazueta
JUL. 28AGO. 8
R.
No. 10152534
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes del sefior REFUGIO
QUINÓNEZ
LÓPEZ
,
para
que se presenten a
deducir y justificarlos dentro del término de treinta
«EL ESTADO
DE
SINALOA» 95
días a partir de
Ja
última publicación del edicto de
Expediente número 3387/2013.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Ene.
18
de 2013
ELSECRETARIOTERCERO
Lic. Héctor Fernando Gámez Eng.
JUL.
28AG0.8-18
R.No.10152603
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO a bienes del sefior RITO
ORTEGA
GARCÍA,
para
que se
presenten
a
deducir y justificarlos dentro del término de treinta
días a partir de Ja última publicación del edicto de
Expediente número 1579/2014.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jun. 27 de 2014
ELSECRETARIOTERCERO
Lic. Héctor Fernando Gámez Eng.
JUL. 28AGO. 8
R.
No. 10152444
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO
a
bienes
de
la sefiora
RAMONA VALENZUELA CABRERA; para que
se presenten a deducir y justificarlos dentro del
término
de
tre
i
nta
días
a
partir
de la
última
publicación del edicto, expediente número 1726/
2014
.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Jul.
03
de 2014
LA
SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Cynthia Beatriz Gastélum García
JUL. 28AGO. 8
R.
No.10152449
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO FAMILIARDELDISTRITOJUDICIAL
DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convócase a quienes se crean con derecho
al Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a
bienes
de
los
extintos
ALFONSO
ARANA
TIRADO y ADELA !BARRA SOTO y/o ADELA
YBARRA
ZOTO,
presentarse
a
deducirlos
y
justificarlos ante este Juzgado, en el Expediente
número 546/2014, en un término improrrogable de
96
«EL
ESTADO
DE
SINALOA»
(30)
treinta
días
a
partir
de
hecha
la
última
publicación de este edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin., Abr. 7 de 2014
C.
SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Claudia Leticia Angulo Quintero
füL. 28AGO. 8 R. No. 589074
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERAINSTANClA
DEL RAMO FAMILlAR DEL DISTRITO JUDIClAL
DE
MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO
Convócase a quienes se crean con derecho
al Juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO
a
bienes
de
MARÍA
DE
JESÚS
RODRÍGUEZ
RAMÍREZ, presentarse a deducirlos y justificarlos
ante este Juzgado, en el Expediente número 708/
2014, en un término improrrogable de (30) treinta
dfas a partir de
hecha
la última publicación de este
edicto.
ATENTAMENTE
Mazatlán, Sin
.,
Myo
.
19
de 2014
C. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS
Lic. Claudia Leticia Angulo Quintero
füL. 28AGO. 8
R.
No
. 588857
JUZGADO
MIXTO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
ROSARIO,
SINALOA, MÉXICO.
EDICTO
Convóquese
quienes
créanse
derecho
a
SUCESIÓN
INTESTAMENTARIA
a bienes de
MANUEL
ANTONIO
GARCÍA
LÓPEZ.
Presentarse a deducirlo y justificarlo en expediente
No. 378/2014, dentro del término de
30
treinta días
de
hecha
la última publicación del presente
ed
icto.
ATENTAMENTE
El Rosario, Sin
.,
Jun.
18
de 2014
ELSECRETARIOPRIMERODEACUERDOS
Lic. Juan Carlos
Vargas
Garcla
füL
. 28AGO. 8
R.
No. 588872
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERAINSTANClA
DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDIClAL DE
AH
O ME,
CON
RESIDENClAEN ESTA CIUDAD
DE
LOS
MOCHIS,
SINALOA
,
UBICADA
EN
UNIDAD ADMINISTRATIVA, SITO POR CALLES
MARClALORDÓÑEZY ALLENDE.
EDICTO
Convóquese
a
quienes
se
crean
con
derecho a oponerse a la solicitud presentada
ELOY
CASTRO
ACOSTA, relativa a
JURISDICCIÓN
VOLUNTARIA
(INFORMACIÓN
AD-
Viernes
08
de
Agosto
de
2014
PERPÉTUAM),
radicado bajo expediente número
389/2014, sobre el siguiente bien inmueble:
Finca urbana la cual consta de un lote de
terreno y construcción con una superficie de 1O1.58
metros cuadrados, ubicada en calle Norte 2, esquina
con
calle
Poniente
Uno
en
el
puerto
de
Topolobampo, en el municipio
deAhome,
Sinaloa,
con
las
siguientes
medidas
y colindancias:
AL
NORTE: 21.00 metros y colinda con calle Poniente
Uno; AL
SUR
: 20.60 metros y colinda con lote l
O;
AL ORIENTE: 5. 90 metros y colinda con calle Norte
Dos y AL PONIENTE:
4.90
metros y colinda
con
lote 04; con clave catastral TP-01-002-011-1 .
ATENTAMENTE
Los Mochis, Sin., Jun. 05 de
2014
EL SECRETARIO PRIMERO
Lic. Eduardo Santos Valenzuela
JUL. 18-28AGO. 8
R.
No
. 494747
JUZGADO
DE
PRIMERA
INSTANCIA
DE
LO
FAMILIAR
DEL
DISTRITO
JUDICIAL
DE
GUASAVE, SINALOA.
EDICTO
Convóquese
quienes se
crean
con
derecho
al
juicio
SUCESORIO
INTESTAMENTARIO
a
bienes de C. ANTONIA GARCÍA VEGA, deducir y
justificar sus derechos hereditarios en este Juzgado
dentro término de treinta días, contados a partir de
hecha la última publicación del edicto expediente
1800/2013.
ATENTAMENTE
Guasa ve, Sin., Mzo.
13
de 2014
LAC. SECRETARIA SEGUNDA
Lic. Araceli Beltrán Obeso
JUL. 18-28AGO. 8
R.
No.10151742
JUZGADO PRIMERO
DE
PRIMERAINSTANClA
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL
DE
CULlACÁN, SINALOA.
EDICTO
Convóquese a quienes créanse con derecho
INTESTAMENTARIO
a bienes de:
ROSARIO
LEALANGULO y/o MARÍA DEL ROSARIO LEAL
ANGULO y/ o ROSARIO LEAL DE LORENZANA,
presentarse a deducirlos y justificarlos dentro del
término
de
treinta
días
a
partir
de
la
última
publicación del edicto, Exp.
No
. 1555/2013 .
Culiacán, Sin., Myo.
20
de 2014
SECRETARIA SEGUNDA
Abigail Noriega Félix
JUL. 18-28 AGO. 8
R.
No. 1O151734

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