Voto, Tribunales Colegiados de Circuito

JuezMagistrado Enrique Pérez González
Número de registro697
Fecha01 Febrero 1997
Fecha de publicación01 Febrero 1997
Número de resoluciónII.1o.C.T.120 C
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo V, Febrero de 1997, 765

Voto particular del Magistrado E.P.G.: Estimo infundados los conceptos de violación, porque la parte quejosa desde su acción, después en la apelación y ahora en el amparo, lo que pretende es que J.R.D. sí está legitimado ad causam y pasivamente para ejercitar en su contra la acción. Sin embargo, del certificado de inscripción del catorce de abril de mil novecientos noventa y cuatro se desprende que el inmueble está inscrito a favor de J.R.R., lo que basta para advertir la diferencia en la primera letra del segundo apelativo. Ahora bien, si tal certificación tuviese...

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