VIII-CASE-3CE-36. Ley Aduanera

Páginas318-319
CRITERIO AISLADO 318
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
TERCERA SALA ESPECIALIZADA
EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
Y QUINTA AUXILIAR EN MATERIA
DE PENSIONES CIVILES DE ESTE TRIBUNAL
LEY ADUANERA
VIII-CASE-3CE-36
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN INEFICACES. LOS
QUE PRETENDEN CONTRAPONER EL DÉCIMO PRI-
MER RESOLUTIVO DE LAS REGLAS DE CARÁCTER
GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
PARA 2017, CON EL ARTÍCULO 159 DE LA LEY ADUA-
NERA, AL REGULAR DISTINTAS SITUACIONES JURÍ-
DICAS.- El mencionado resolutivo de las reglas generales
de comercio exterior, no contiene ningún procedimiento de
sustitución de agentes aduanales, sino un benecio con-
cedido para la conclusión de los trámites relativos al retiro
voluntario del agente aduanal y a su sustitución por la per-
sona ya designada, raticada y aprobada, previo y oportuno
ejercicio del derecho que la legislación anterior le concedía
al titular de la patente para designar al sustituto; mientras
que el artículo 159, de la Ley Aduanera en su redacción
vigente, establece el único procedimiento directo para el
otorgamiento de la patente aduanal. En tales condiciones,
resulta inecaz el concepto de impugnación que pretende
plantear la confrontación entre un benecio administrativo y
el procedimiento único que admite la ley de la materia.

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