La validez social en el concepto de derecho
Autor | Jorge Fernández Souza |
Cargo | Magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, Asesor de la Comisión Nacional de Intermediación (CONAI), Autor de diversas publicaciones en temas jurídicos y sociales |
Páginas | 345-364 |
345
La validez social en el conce pto de derecho 345-364
SUMARIO: Int roducción / I. Validez y realidad normativa en d iversos autores /
II. Normativid ad, aceptación social y validez / Bibliogr afía
La validez social en el concepto de derecho
Jorge Fernández Souza*
* Magistra do del Tribunal de lo Contencioso Admi nistrativo del Distri to Federal, Asesor de la Comisión
Nacional de Inter mediación (CONAI), Autor de diver sas publicaciones en tema s jurídicos y sociales.
El incumplimient o sistemático de la
normativida d jurídica aprobada formal y
positivamente en un p aís, como podría ser
sobre la relación entre la obse rvancia de
esa normativid ad y el Derecho. La cuestión
que se presenta es sí el Der echo, como
realidad y como conc epto, requiere para su
existencia que la legisla ción jurídicamente
positiva y vigente sea ta mbién válida
socialmente, es de cir que sea aplicada y
reconocida por los dis tintos órganos del
Estado, por los difere ntes sectores sociales,
y por la generalida d de la sociedad. Si
se considera que es así, qu e la validez
entendida como aplica ción efectiva de las
leyes en la práctica socia l es condición
imprescindible pa ra el Derecho como
realidad, ent onces habrá que convenir en
que cuando la validez no e stá presente, el
Derecho pierde un element o esencial y se
distorsiona en la prá ctica y en el discurso.
Systematic viol ation of legal
regulations p ositively and formally
approved in a count ry, as might be
the relationship between regulations
observance a nd Law. The issue that
arises is whethe r the Law, as reality
and as a concept , requires for its
existence that t he positive legally
legislation is al so socially valid; that
is to be applied and rec ognized by the
different state bodies, social sectors
and almost all societ y. Assuming that
is so, that the validit y understood as
an effective imple mentation of laws
in social practice , is a prerequisite
for the law as a reality, the n an
agreement has t o be done specifying
that when the validit y is not present,
the law loses an important component
and is distorted i n practice and
discourse.
Sección Doctrina
346 alegatos, núm. 84, México, mayo/agosto de 2013
Sección Doctrina
Introducción
-
guaje, cuando el signo y el objeto representado eran lo mismo, siguió, al cabo de
los siglos, la percepción de que entre las cosas y sus nombres se abría un abismo. Y
-
tos, el sentido de nuestros actos y de nuestras obras también es inseguro”.1
La relación de los seres humanos con las cosas, con los sentimientos, con las
creencias, con todo tipo de fenómenos, ha llevado a la representación lingüística.
Las palabras, las denominaciones, son a la vez representación del mundo real y una
forma de su abstracción, forma que a la vez es una realidad.
2 Es decir, la realidad o la creen-
cia representada y la formulación fonética y después escrita que la representa, que
de manera práctica y socialmente la conceptualiza. Y cuando el objeto o el hecho
les nombra, sin dejar de ser palabras o signos lingüísticos, adquieren un nivel más
elaborado de conceptualización, que a veces queda limitado al núcleo humano que
de otra índole, la representación fonética o escrita del objeto o del fenómeno lleva
implícita, en su abstracción, los elementos o las partes que integran a lo represen-
tado. Es la representación lingüística de lo concreto que, dijo Marx, es síntesis de
múltiples determinaciones.3
Cuando las lenguas evolucionan, con frecuencia un signo lingüístico cambia y
-
za a representar a otra. Y lo que era representado de una manera , empieza a serlo de
otra. Las metáforas, los tropos, las sinécdoques, las metonimias, son formas de esa
evolución que, cuando se produce artísticamente, o socialmente consensuada, nutre
a la literatura y enriquece al lenguaje, transformándolo.
Pero puede ocurrir ta mbién que un objeto o un hecho conceptuali zado y nombra-
do de acuerdo a sus características o a los elementos que lo componen, siga siendo
llamado igual a pesar de que alguno de esos elementos se haya perdido, no por
designio del consenso social, sino por la determinación de un sector de la sociedad
para imponerse y para hacerle pensar ideológicamente a otros sectores que el hecho
sigue siendo el mismo aunque ya no lo sea.
1 Oct avio Paz, El arco y la lira, México, Fondo d e Cultura Económica , 2010, p. 29.
2 Ferdin and de Saussure, Curso de ling üística general, (trad .) Mauro Ar miño, México, Fontamara, 2 010,
pp. 9 9-108.
3 Karl Ma rx, Fondements De La Crit ique De L’ Economie Polit ique (Grundrisse), Chapitre de l’ Ar gent.
Paris, France , Editions Anthrop os, 1975, p. 60.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba