Utilidad por acción

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Utilidad por acción
Utilidad por acción
Similitudes
3 Contratos: se consideran opciones y warrants emitidos por la entidad.
Las entidades cuyas acciones se cotizan públicamente,
o que están en proceso de emitir acciones en mercados
públicos, deben revelar información sobre la Utilidad
Por Acción (UPA) de acuerdo con las disposiciones
de la FAS 128, la IAS 33 y del Boletín B-14
(denominados Utilidad por acción). Estas normas
requieren la presentación de la UPA básica y diluida
en el estado de resultados, y utilizan el método de
acciones de tesorería para la determinación de los
efectos dilutivos de las opciones sobre acciones y
warrants en el cálculo de la UPA diluida. Todas utilizan
métodos similares para la determinación de la UPA y
tienen pocas diferencias en su aplicación.
Diferencias importantes
U.S. GAAP IFRS NIF
Contratos3 que pueden
ser liquidados en
acciones o en efectivo
Se presume que estos
contratos se liquidarán en
acciones, salvo que exista
evidencia de lo contrario.
Siempre considera
que estos contratos se
liquidarán en acciones.
Se considera que estos
contratos se liquidarán en
acciones.
Cálculo de la UPA diluida
del periodo acumulado a
la fecha, para opciones y
warrants, que utilicen el
método de acciones de
tesorería y para emisión
contingente de acciones
El número de acciones
adicionales se determina
utilizando el promedio
ponderado del periodo
acumulado del número de
las acciones adicionales,
en cada cálculo trimestral.
El número de acciones
adicionales se calcula
como si el periodo
acumulado fuera “el
periodo” (es decir, sin
promediar el periodo
actual con cada uno de los
anteriores).
En los casos de periodos
intermedios, para
el cálculo de la UPA
ordinaria y diluida, existe
la opción de considerar
los datos de los últimos
12 meses.
Tratamiento de la deuda
convertible contingente
Las acciones emitibles
se deben incluir en
el cálculo diluido de
la UPA, utilizando el
método if-converted
(“si se convierte”)
en caso de que una o
más contingencias se
relacionen con el precio
de las acciones.
Las acciones emitibles,
se consideran “acciones
contingentes” y se deben
incluir en el cálculo de la
UPA diluida, utilizando el
método if-converted (“si
se convierte”), solamente
si las condiciones se
hubieren cumplido al final
del periodo a reportar.
Las acciones emitibles,
se consideran “acciones
contingentes” y se deben
incluir en el cálculo de la
UPA diluida, solamente
si las condiciones se
hubieran cumplido en el
periodo contable.

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