Usufructo

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas295-295

Page 295

(Del lat. usufructus). Derecho a disfrutar bienes ajenos con la obligación de conservarlos, salvo que la Ley autorice otra cosa. Utilidades, frutos o provechos que se sacan de cualquier cosa. Real Academia Española.

Comentario. Art. 157 fracción VII del CFF, donde establece que el derecho de usufructo sí puede ser embargable pero no los frutos de éste.

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