De las unidades administrativas

AutorEdiciones Fiscales ISEF S.A.
Páginas23-50
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IX. Actuar como representante de la Secretaría de Salud en los diversos foros
nacionales e internacionales en materia de economía de la salud, con la participa-
ción de las unidades administrativas que correspondan;
X. Llevar a cabo análisis económicos sobre el impacto de la pobreza en las
condiciones de salud de la población, con el objeto de elaborar propuestas de po-
lítica de salud que eleven la calidad del capital humano y coadyuven al desarrollo
económico y a la reducción de los niveles de pobreza;
XI. Realizar análisis económicos sobre los bienes públicos de la salud, con el
fin de coadyuvar, mediante propuestas específicas, al fortalecimiento de la rectoría
del Estado en materia de salud;
XII. Desarrollar propuestas y análisis económico de políticas y programas de
salud en coordinación con las áreas competentes de la Secretaría y del sector
salud;
XIII. Elaborar estudios para el desarrollo de nuevas modalidades de finan-
ciamiento, aseguramiento, prestación de servicios e incentivos económicos en
el Sistema Nacional de Salud, en coordinación con las unidades administrativas
competentes;
XIV. Diseñar metodologías para la determinación del costo-efectividad de las
intervenciones de salud pública y de los servicios de salud;
XV. Promover la capacitación e investigación, en coordinación con las institu-
ciones académicas públicas y privadas, en áreas relacionadas con la economía
de la salud;
XVI. Conducir la participación de la Secretaría en proyectos vinculados con el
análisis económico de políticas y programas de salud sectoriales e intersectoriales,
en coordinación con otros sectores u organismos nacionales e internacionales;
XVII. Diseñar y consolidar las estrategias y contenidos de los acuerdos de
coordinación con las entidades federativas en materia de financiamiento y rendi-
ción de cuentas, en apoyo al Sistema de Protección Social en Salud y al federalis-
mo cooperativo;
XVIII. Elaborar propuestas para el desarrollo de programas de apoyo a la
eficiencia y la gestión económica en los servicios de salud de las entidades fede-
rativas;
XIX. Elaborar estudios analíticos sobre el grado de congruencia de las políticas
de salud con las políticas macroeconómicas y las políticas sociales, proponiendo
medidas encaminadas a asegurar su convergencia y complementariedad; y
XX. Ejercer las atribuciones establecidas en el artículo 8 del presente Regla-
mento, las demás que le señalen otras disposiciones aplicables, aquellas que le
encomiende el Secretario, así como las que competen a las unidades administrati-
vas que le estén adscritas.
CAPITULO X
DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
ARTICULO 15. Al frente de cada unidad administrativa habrá un director gene-
ral o secretariado técnico, que se auxiliará por directores generales adjuntos, direc-
tores, subdirectores, jefes de departamento, de oficina, sección y mesa, y demás
servidores públicos que requieran las necesidades del servicio.
ARTICULO 16. Corresponde a los directores generales:
I. Programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de las funciones encomen-
dadas a la unidad administrativa a su cargo;
I BIS-1. Aplicar los procedimientos normativos necesarios que propicien la
mejora del control interno de las áreas administrativas a su cargo, para el mejor
aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y financieros que permitan
garantizar una adecuada rendición de cuentas, así como establecer aquellas medi-
das que consideren necesarias para la mejora del control interno;
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RGTO. INTERIOR SECRETARIA DE SALUD/TITULAR DE LA UNIDAD...
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I BIS-2. Aplicar los procedimientos normativos necesarios que generen la me-
jora continua de la gestión dentro del marco normativo que determinen las áreas
normativas centrales y las dependencias globalizadoras, así como establecer
aquellas medidas que consideren necesarias para fortalecer la mejora continua, y
el adecuado desarrollo del encargo y su evaluación;
II. Acordar con su superior inmediato la resolución de los asuntos relevantes
cuya tramitación corresponda a la unidad administrativa a su cargo;
III. Realizar investigaciones y formular dictámenes e informes, así como emitir
opiniones relativas a la competencia de la unidad administrativa a su cargo;
(R) IV. Realizar la selección, contratación y promoción del personal de su
adscripción que no esté sujeto al Servicio Profesional de Carrera, así como
autorizar, en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos y
Organización, las licencias y remociones, con la intervención de la Oficina del
Abogado General en este último caso; (DOF 07/02/18)
(R) V. Proponer al superior jerárquico los acuerdos de coordinación con
gobiernos de las entidades federativas, así como los convenios o bases de
colaboración, coordinación, concertación o inducción que procedan con
otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, orga-
nizaciones o instituciones diversas que propicien el mejor desarrollo de sus
funciones, en coordinación con las unidades administrativas competentes de
la Secretaría de Salud y previa opinión de la Oficina del Abogado General;
VI. Presidir, coordinar y participar en las comisiones y comités que les enco-
miende el Secretario o su superior y, en su caso, designar suplente, así como infor-
mar de las actividades que se realicen en dichos órganos colegiados;
VII. Proporcionar la información, los datos, la cooperación o la asesoría técnica
y administrativa que les sean requeridos internamente o por otras dependencias de
conformidad con las políticas respectivas;
(R) VIII. Formular los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos,
decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones jurídicas en los asuntos
de su competencia, con la participación de la Oficina del Abogado General,
para su trámite correspondiente; (DOF 07/02/18)
IX. Proponer a su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia, los
servicios a descentralizar, las funciones a desconcentrar y las acciones para la mo-
dernización administrativa;
X. Planear, normar y evaluar los programas y aspectos técnicos de los servicios
que se descentralicen y funciones que se desconcentren en su área, en coordina-
ción con las unidades administrativas competentes;
XI. Participar en la formulación e instrumentación de los proyectos y programas
específicos que determine el Secretario, así como coordinar y evaluar el desarrollo
de aquellos que se le asignen;
XII. Coadyuvar en los dictámenes técnicos y pruebas a los bienes que ofrezcan
los participantes en los procedimientos de adquisición, cuando se trate de bienes
solicitados por las áreas a su cargo;
(R) XIII. Suscribir los convenios y demás documentos relativos al ejerci-
cio de sus atribuciones y aquellos que les sean señalados por delegación o
suplencia. Tratándose de la suscripción de convenios se debe contar con la
opinión previa de la Oficina del Abogado General y el acuerdo favorable de su
superior jerárquico; (DOF 07/02/18)
XIII BIS. Firmar y notificar los acuerdos de trámite, las resoluciones o acuerdos
de las autoridades superiores y aquellos que se emitan con fundamento en las
facultades que les correspondan;
(R) XIV. Formular los anteproyectos de presupuesto y de los manuales
de organiza ción, de procedi mientos y de serv icios al público, p ara el trámite
que corresponda, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
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