Unidad 10. Alimentos
| Páginas | 184-215 |
| Autor | Sandra Myrna Calvillo Salgado,Ricardo Francisco Gallart De la Torre |
UNIDAD 10
Alimentos
Objetivos particulares:
al terminar la unidad, el estudiante:
• Entenderáelconceptodealimentos.
• Comprenderáelcontenido,característicasyfuentesdelosalimentos.
• Conocerálossujetosdelaobligaciónalimentaria.
• Sabrácuándoprocedelacesacióndelaobligaciónalimentaria.
• Conocerálacuantíayjacióndelapensiónalimenticia.
10.1 Concepto
Los alimentos son definidos en el Nuevo diccionario jurídico mexicano,1 que nos dice
“no sólo comprenden lo necesario para nutrir el cuerpo humano, sino que abarcan
una serie de elementos indispensables para el sano desarrollo y armónica convivencia
respecto del entorno social y económico al que pertenece cada individuo”.
1 Nuevo diccionario jurídico mexicano (1998), México, Instituto de Investigaciones Jurídicas-unam-
Editorial Porrúa, p 163.
10.1 Concepto •
185
De lo anterior se deduce que los alimentos constituyen una serie de bienes para
satisfacer diversas necesidades, que deben guardar relación no sólo con los reque-
rimientos de quien los recibe y las posibilidades de quien los da, sino también con
el entorno social en el que el acreedor alimentario se desenvuelve.
No es menester afirmar que los alimentos se relacionan con la obligación de
proporcionarlos a cargo del deudor alimentario y con la necesidad de recibirlos el
acreedor alimentario. En este sentido, la Primera Sala de la scjn estableció jurispru-
dencia en los términos siguientes:
Alimentos. Requisitos que deben observarse para jar el monto de la pensión por
ese concepto (legislaciones del Distrito Federal y del estado de Chiapas). De lo dis-
puesto en los artículos 308, 309, 311 y 314 del Código Civil para el Distrito Federal y sus
correlativos 304, 305, 307 y 310 del estado de Chiapas se advierte que los legisladores
establecieron las bases para determinar el monto de la pensión alimenticia, las cuales obe-
decen fundamentalmente a los principios de proporcionalidad y equidad que debe revestir
toda resolución judicial, sea ésta provisional o definitiva, lo que significa que para fijar el
monto de esta obligación alimentaria debe atenderse al estado de necesidad del acreedor
y a las posibilidades reales del deudor para cumplirla, pero además debe tomarse en consi-
deración el entorno social en que éstos se desenvuelven, sus costumbres y demás particu-
laridades que representa la familia a la que pertenecen, pues los alimentos no sólo abarcan
el poder cubrir las necesidades vitales o precarias del acreedor, sino el solventarle una vida
decorosa, sin lujos, pero suficiente para desenvolverse en el estatus aludido; de ahí que no
sea dable atender para tales efectos a un criterio estrictamente matemático, bajo pena de
violentar la garantía de debida fundamentación y motivación consagrada en el artículo 16
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, eventualmente, hacer nuga-
torio este derecho de orden público e interés social.2
En otra definición, María de Monserrat Pérez Contreras,3 señala:
La doctrina ha definido a los alimentos como el derecho que tienen los acreedores
alimentarios para obtener de los deudores alimentarios, conforme a la ley, aquello que
es indispensable no sólo para sobrevivir, sino para desarrollarse y vivir con dignidad
y calidad de vida, e incluye lo necesario para estar bien alimentado, vestirse, tener un
techo y recibir educación y asistencia médica.
Cabe añadir a esta definición lo destacado en cursivas: La doctrina ha definido a
los alimentos como el derecho que tienen los acreedores alimentarios para obtener
de los deudores alimentarios, conforme a la ley, aquello que es indispensable no
sólo para sobrevivir, sino también para desarrollarse y vivir con dignidad y calidad
2 Jurisprudencia 189 214 [1a./J. 44/2001], 9a época, 1a Sala, Semanario Judicial de la Federación y su
gaceta, t XIV, agosto de 2001, p 11, consultado en: https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/tesis.aspx.
3 (2010), Derecho de familia y sucesiones, 1a ed, México, Editorial Nostra Ediciones, Instituto de In-
vestigaciones Jurídicas-unam, p 93.
186
• Alimentos
de vida, incluye lo necesario para estar bien alimentado, vestirse, tener un techo,
recibir educación —recibir educación conforme con la ley, arte, oficio y/o profesión,
atendiendo a las circunstancias del acreedor alimentario—, asistencia médica, habili-
tación o rehabilitación, según el caso, y sano esparcimiento.
En cuanto a su concepto, Carlos I. Muñoz Rocha4 afirma: “Es la facultad ju-
rídica de interés público que tiene un acreedor para exigir a un deudor, en virtud
de la relación jurídica familiar, lo necesario para ayudar a su subsistencia, en los
términos y parámetros que fija la ley”.
Como se aprecia, esta definición atiende —más que al contenido de los ali-
mentos— a la obligación alimentaria en sí y a la fuente de ésta y a su carácter de
interés público.
10.2 Fundamento y justificación
Para nosotros, los alimentos no pueden estar desvinculados de la obligación; por tanto,
es el derecho humano que tiene el acreedor alimentario de exigirle al deudor ali-
mentario lo necesario para su subsistencia con dignidad que permita su desarrollo y
autorrealización, conforme a la posibilidad que este último tenga y al nivel de vida
que ambos hayan tenido.
Carlos I. Muñoz Rocha5 establece que “Antes que obligación jurídica..., es un
asunto ético que radica en la solidaridad. Los alimentos no son caridad, sino una
cuestión más humana...”
El fundamento y la justificación de los alimentos radica en que son un deber
ético o moral acogido por el derecho, según se establece en el criterio de los tribu-
nales federales mexicanos que se transcribe a continuación:
Alimentos. La obligación de proporcionarlos es de orden social, moral y jurídico. La
Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que, en principio, la obligación de dar
alimentos tiene su origen en un deber de carácter ético o moral, el cual con posterioridad
fue acogido por el derecho y se eleva a la categoría de una obligación jurídica provista de
sanción. En efecto, la obligación de ministrar alimentos descansa en la obligación de carácter
ético de proporcionar socorro en la medida de encontrarse posibilitado para ello a quienes
formando parte del grupo familiar lo necesitan. En tal virtud, respecto a los alimentos, el
derecho ha reforzado ese deber de ayuda mutua entre los miembros del grupo familiar, impo-
niendo una sanción jurídica (coacción) a la falta de cumplimiento de tal deb er. Por tant o, la regl a
moral se transforma en precepto jurídico: la ayuda recíproca entre los miembros del núcleo
social primario, que es la familia. Así, la obligación de proporcionar alimentos presenta tres
órdenes: social, moral y jurídico. Es social porque la subsistencia de los individuos del grupo
4 (2013), Derecho familiar, 1a ed, Colección Textos Jurídicos Universitarios, México, Oxford University
Press, p 213.
5 Ob cit, p 214.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.