Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. V.2o. J/113 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-02-1995 (Reiteración))

Número de registro209206
Número de resoluciónV.2o. J/113
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Civil

La renuencia injustificada del Tribunal a estudiar parte de los agravios expuestos por los perdidosos en la sentencia de primer grado, es motivo suficiente, cuando se reclama en amparo esa violación, para otorgar el amparo al quejoso, máxime cuando los agravios desdeñados se dirigieron a impugnar lo que el a quo, estimó fundamento esencial de su sentencia recurrida, pues si bien es cierto que es del todo razonable y jurídico abstenerse de analizar cierta clase de agravios secundarios cuya eficacia está subordinada al examen que se haga de los principales que los rigen, tal abstención resulta injustificada cuando se dejan de examinar agravios que pudieran considerarse como principales.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Amparo directo 257/93. M.E.P.O. y otra. 16 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: A.R.C.. Secretario: A.O.G..


Amparo directo 429/93. F.D.R.. 22 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: A.R.C.. Secretario: A.O.G..


Amparo directo 108/94. A.O.L. y otra. 24 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: A.R.C...

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