Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 1 de Mayo de 2002 (Tesis num. XXIII.1o.2 A de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, 01-05-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIII.1o.2 A
Fecha de publicación01 Mayo 2002
Fecha01 Mayo 2002
Número de registro186942
MateriaDerecho Público y Administrativo,Administrativa

Si bien de conformidad con el artículo 19, fracción I, de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado y Municipios de Zacatecas, dicho tribunal es competente para conocer de los juicios de nulidad de los actos o resoluciones que las autoridades de la administración pública del Estado de Zacatecas o de sus Municipios dicten, ordenen, ejecuten, traten de ejecutar, en agravio de personas físicas o morales, lo cierto es que de acuerdo con el artículo 1o. de la ley del citado tribunal, éste conocerá y resolverá las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre los particulares y la administración pública estatal o municipal y sus organismos descentralizados, estatales, municipales e intermunicipales. Ahora bien, la resolución que dicta el secretario general de Gobierno del Estado de Zacatecas en el recurso de inconformidad que se interpone en contra de una determinación del director de Fraccionamientos Rurales de esta entidad federativa, derivada de un procedimiento ante él instaurado por la titularidad o tenencia de un predio, no puede considerarse como un acto de carácter administrativo y mucho menos fiscal, pues deriva de un procedimiento...

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