Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Noviembre de 1995 (Tesis num. XVII.2o.15 L de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Septimo Circuito, 01-11-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.2o.15 L
Fecha de publicación01 Noviembre 1995
Fecha01 Noviembre 1995
Número de registro203747
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Aun y cuando la persona física codemandada en la confesional a su cargo, haya aceptado haber contratado a la actora en determinado puesto, si tal confesión expresa se encuentra en contraposición con la confesión también expresa de la actora, en la que aceptó que laboraba única y exclusivamente al servicio de la empresa demandada, la que adminiculada con las pruebas documentales consistentes en recibos de pagos de salarios hechos a la trabajadora, de los que se deduce que la actora percibía salarios pagados por la empresa demandada, es inconcuso que los mismos le dan más realce convictivo a la confesión a cargo de la actora, y si no existe ningún otro elemento probatorio que haga presumir siquiera que la actora también laboraba en lo personal para la persona física codemandada, es incuestionable...

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