Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 1 de Noviembre de 2011 (Tesis num. XIV.C.A.51 C (9a.) de Tribunal Colegiado en Materias Civil Y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 01-11-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIV.C.A.51 C (9a.)
Fecha de publicación01 Noviembre 2011
Fecha01 Noviembre 2011
Número de registro160691
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro II, Noviembre de 2011, Tomo 1; Pág. 623
MateriaCivil

La finalidad de las publicaciones de los edictos, en tratándose de remates, es la necesaria publicidad que debe dársele a la diligencia condigna, para que extraños a juicio resulten enterados de la misma y lleguen a interesarse en la adquisición del bien, por lo que es evidente que si se reducen los términos fijados para su publicación, se limita la oportunidad de los interesados en la adquisición del bien. En esa virtud, si bien el artículo 401 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán, no establece el tiempo que debe mediar entre la última publicación y la celebración de la diligencia de remate, en razón de que solamente señala que la venta de bienes raíces debe anunciarse por medio de edictos por tres...

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