Tesis Aislada, , 1 de Febrero de 1998 (Tesis num. XIV.2o.29 K de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito, 01-02-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIV.2o.29 K
Fecha de publicación01 Febrero 1998
Fecha01 Febrero 1998
Número de registro196835
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Atento lo dispuesto por el artículo 161 de la Ley de Amparo, para que la violación procesal consistente en el desechamiento de una prueba ofrecida en un incidente de incompetencia sea susceptible de estudiarse en un amparo directo, es menester que el quejoso impugne oportunamente, mediante el recurso ordinario procedente, no sólo el aludido desechamiento, sino también la resolución interlocutoria respectiva, pues de no ser así, los conceptos de violación esgrimidos en torno a este tema devienen...

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