Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Febrero de 1996 (Tesis num. VIII.2o.12 L de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-02-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.12 L
Fecha de publicación01 Febrero 1996
Fecha01 Febrero 1996
Número de registro203325
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila determina, en su artículo 22, expresa y limitativamente los puestos que tienen la categoría de confianza en esa entidad federativa; por tanto, todos aquellos que no se encuentran enunciados en ese precepto legal deben ser considerados de base, tal como lo establece el artículo 15 de esa propia legislación, sin que pueda aplicarse supletoriamente la Ley Federal del Trabajo porque la primera no contiene lagunas y sí, en cambio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR