Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Agosto de 2003 (Tesis num. VIII.2o.72 A de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-08-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.72 A
Fecha de publicación01 Agosto 2003
Fecha01 Agosto 2003
Número de registro183598
MateriaDerecho Público y Administrativo,Administrativa

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 33, fracción I, de la Ley Agraria, el comisariado ejidal del núcleo de población es quien tiene la representación del mismo; sin embargo, dicho comisariado carece de facultades para otorgar poderes o mandatos en favor de terceras personas, en virtud de que el artículo 23, fracción IV, del propio cuerpo de leyes, establece que dicha facultad es exclusiva de la asamblea del núcleo de población; en consecuencia, el poder que el comisariado hubiere otorgado en favor de terceros, aun cuando se trate de miembros del mismo ejido para que promuevan un juicio de amparo en su representación, resulta ineficaz para demostrar la...

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